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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de enero de 2011 433654 De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 014-2001-AG, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de exclusión presentada por el señor Auxibio Livio Beltrán Rivera respecto predio Urumayo con una superfi cie de 67 21 ha. (Sesenta y siete hectáreas con dos mil cien metros cuadrados) ubicado en el distrito de José Crespo y Castillo, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco. Artículo 2º.- Aprobar el redimensionamiento efectuado a la Zona “1B” del Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco de una superfi cie de 70 321.01 ha. (Setenta mil trescientos veintiún hectáreas con cien metros cuadrados) a 70 251.36 ha. (Setenta mil doscientos cincuenta y un hectáreas con tres mil seiscientos metros cuadrados), de acuerdo al plano y Memoria Descriptiva de la Zona “1B” que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Redimensionar el Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco de una superfi cie de 622 439 ha (Seiscientos veintidós mil hectáreas con cuatro mil trecientos noventa metros cuadrados) a 622 369.36 ha. (Seiscientos veintidós mil trecientos sesenta y nueve hectáreas con tres mil seiscientos metros cuadrados) distribuidas tal como se muestra en el siguiente cuadro: Zonas Superfi cie (ha) 1ª 122 102 1B 70 251.36 1C 69 805 2ª 156 525 2B 35 616 2C-1 6 040 2C-2a 22 128 2C-2b1 2 086 2C-2b2 33 521 2C-2c 1 781 2C-3a 4 633 2C-3b 5 431 2C-3c 39 366 2C-4 53 084 TOTAL 622 369.36 Artículo 4º.- Encargar a la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre para que proceda a inscribir ante Oficina de Registros Públicos correspondiente, la información referente al redimensionamiento dispuesto en el artículo 2º y 3º de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, a la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Tingo Maria y a la Ofi cina Zonal del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI de Huánuco y publicarla en el portal del Ministerio de Agricultura www.minag.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL QUEVEDO FLORES Ministro de Agricultura 586079-4 Dan por concluida designación de Jefe de la Agencia Zonal Tarma Yauli Junín RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 130-2010-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 30 de diciembre del 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 031-2010-AG-AGRO RURAL-DE, se designó al Ing. Francisco Ramiro Amaro Salazar en el cargo de Jefe de la Agencia Zonal Tarma Yaulí Junín; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación efectuada; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA al 31 de Diciembre del 2010 la designación del ING. FRANCISCO RAMIRO AMARO SALAZAR, en el cargo de Jefe de la Agencia Zonal Tarma Yaulí Junín, dándosele las gracias por lo servicios prestados. Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese RODOLFO LUIS BELTRÁN BRAVO Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL 585917-1 Rectifican numerales 3 y 8 del anexo 01 de la Res. Nº 084-2010-AG-DGFFS RESOLUCIÓN DE DIRECCION GENERAL Nº 106-2010-AG-DGFFS Lima, 29 de diciembre de 2010 VISTO: El Informe Nº 4025-2010-AG-DGFFS-DGEFFS, presentado por la Dirección de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre, sobre rectifi cación de error material en los números de los permisos de aprovechamiento forestal de las Comunidades Nativas Zapote y San Marcos, respectivamente, mencionadas en el anexo 01 de la Resolución de Dirección General Nº 084-2010-AG-DGFFS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Dirección General Nº 084-2010-AG-DGFFS, de fecha 22.10.2010, se aprobó el Cupo Nacional de Exportación de madera de la especie caoba (Swietenia macrophylla) para el año 2010, compuesto por 720 árboles provenientes de los planes operativos anuales detallados en el anexo 01 de la referida Resolución; Que, en el mencionado anexo se consignó como número de permiso de aprovechamiento forestal para la Comunidad Nativa Zapote el 25-PUC/P-MAD-A-007-08 siendo el número correcto el 25-PUC/P-MAD-A-013-10 y para la Comunidad Nativa San Marcos el 25-PUC/P- MAD-A-001 siendo el número correcto el 25-PUC/P- MAD-A-001-07;