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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de enero de 2011 433659 por Empresa Peruana de Aguas S.A., inscrita en el Asiento A00001 de la Partida N° 12250439 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral N° IX Sede Lima, Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica comprende la Línea de Transmisión en 50 kV S.E. Malpaso – S.E. Huascacocha Planta de Bombeo, ubicada en los distritos de Santa Bárbara de Carhuacayan, Marcapomacocha, Morococha y Paccha, provincia de Yauli, departamento de Junín, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) fi guran en el Expediente; Que, mediante Resolución Directoral N° 009-2010- VIVIENDA/VMCS-DNS, de fecha 29 de enero de 2010, de la Dirección Nacional de Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobó el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto “Derivación Huascacocha – Rímac”, donde se encuentra incluido la Línea de Transmisión en 50 kV S.E. Malpaso - S.E. Huascacocha Planta de Bombeo; Que, la petición está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 173-2010-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar a favor de la Empresa Peruana de Aguas S.A. la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 50 kV S.E. Malpaso – S.E. Huascacocha Planta de Bombeo, ubicada en los distritos de Santa Bárbara de Carhuacayan, Marcapomacocha, Morococha y Paccha, provincia de Yauli, departamento de Junín, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3° de la presente Resolución. Artículo 2°.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son los siguientes: Salida / Llegada de la línea transmisión Tensión (kV) N° de Ternas Longitud (km) Ancho de Faja de ser- vidumbre que corresponde (m) S.E. Malpaso - S.E. Huascacocha Planta de Bombeo 50 01 46,6 16 Artículo 3°.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 357-2010 a suscribirse con Empresa Peruana de Aguas S.A., el que consta de 19 cláusulas y 04 anexos. Artículo 4°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión N° 357-2010 referido en el artículo 3° de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 586240-7 Otorgan concesión definitiva a favor de Termochilca S.A.C. para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SUPREMA N° 004-2011-EM Lima, 5 de enero de 2011 VISTO: El Expediente N° 14232810, sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentada por Termochilca S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12114169 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral N° IX Sede Lima, Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica comprende la Línea de Transmisión de 500 kV S.E. Santo Domingo de los Olleros – S.E. Chilca*, ubicada en el distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) fi guran en el Expediente; Que, mediante Resolución Directoral N° 222- 2009-MEM/AAE y su correspondiente Informe Nº 94- 2009-MEM-AAE/RP de fecha 24 de junio de 2009, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas, aprobó el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto de la Central Térmica Santo Domingo de los Olleros, donde se encuentra incluida la Línea de Transmisión en 500 kV S.E. Santo Domingo de los Olleros - S.E. Chilca*. Que, la petición está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 221-2010-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar a favor de Termochilca S.A.C. la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 500 kV S.E. Santo Domingo de los Olleros – S.E. Chilca*, ubicada en el distrito de Chilca, provincia