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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2011 (07/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de enero de 2011 433721 SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modifi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. -------------------------------------------------------------------------------------- Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo -------------------------------------------------------------------------------------- Del 16/12/2010 al 31/12/2010 285 825 580 3 450 -------------------------------------------------------------------------------------- Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO TOLEDO ARBURÚA Viceministro de Economía 586768-1 EDUCACION Delegan diversas facultades y atribuciones al Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2011 y designan responsables de las Unidades Ejecutoras RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0001-2011-ED Lima, 3 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen las normas fundamentales que rigen las distintas fases del proceso presupuestario, los criterios técnicos y los mecanismos operativos que permitan optimizar la gestión administrativa y fi nanciera del Estado; Que, por Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, y la Directiva Nº 005-2010- EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria y sus modifi catorias, se establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2011; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0371-2010- ED se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Egresos del Pliego 010: Ministerio de Educación para el Año Fiscal 2011, así como la Estructura Funcional Programática de Apertura, por Unidad Ejecutora, Función, Programa Funcional, Subprograma Funcional, Actividad y/o Proyecto; Que, el artículo 15º de la norma precitada dispone que la Secretaría General es el órgano responsable de las Relaciones Institucionales, de los Sistemas de Información y de las Comunicaciones, de los Sistemas Administrativos de Abastecimiento, Contabilidad, Tesorería y Recursos Humanos, así como de asesorar e informar en materia de legislación, sobre la correcta aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias del Sector y de la administración interna del Pliego Presupuestal del Ministerio de Educación; Que, en concordancia con lo señalado en los artículos 38º, 39º, 40º y 41º y demás artículos pertinentes de la Ley Nº 28411, resulta pertinente delegar en el Secretario General del Ministerio de Educación, las facultades que en materia presupuestal le corresponde al Titular del Pliego; Que, asimismo es necesario designar a los responsables de las Unidades Ejecutoras, que se harán cargo de la administración y ejecución presupuestaria a nivel de Funciones, Programas Funcionales, Subprogramas Funcionales, Actividades y/o Proyectos, Componentes y el logro de las Metas Presupuestarias previstas para el Ejercicio Presupuestario 2011; Que, el artículo 10° del Reglamento de la Ley Nro. 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nro. 007-2008- VIVIENDA, prescribe que las entidades públicas pueden realizar actos de saneamiento, enajenación y otros actos de disposición así como actos de administración y gestión de los bienes de propiedad estatal; Que, el numeral 6.1 del artículo 6° del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado por Decreto Supremo Nro. 102-2007-EF señala que el Órgano Resolutivo es el Titular del Sector o la máxima autoridad ejecutiva en cada Sector y le corresponde, entre otros asuntos, autorizar la elaboración de expedientes técnicos o estudios defi nitivos y la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública declarados viables; Que, a su vez, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nro. 1017 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nro. 184-2008- EF y sus modifi catorias, reconocen distintas atribuciones y competencias a los Titulares de Pliego, las mismas que pueden ser materia de delegación; Que, el artículo 27º de la Ley Nro. 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que el Secretario General asiste y asesora al Ministro en los sistemas de administración de la entidad, pudiendo asumir por delegación expresa del Ministro las materias que corresponden a este y que no sean privativas de su función de Ministro de Estado; De conformidad con la Ley Nº 29626, la Ley Nº 28716, la Ley Nº 28411, la Ley Nº 27444, el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006- 2006-ED y sus modifi catorias, la Resolución Ministerial Nº 0124-2005-ED, la Resolución Ministerial Nº 0371-2010- ED y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegación de facultades en materia presupuestaria Delegar, a partir del 3 de enero del 2011, al Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2011, las siguientes facultades y atribuciones del Titular del Pliego 010: Ministerio de Educación: a) De gestión y resolución respecto de las Funciones, Programas Funcionales, Subprogramas Funcionales, Actividades y Proyectos a su cargo y el logro de las metas previstas para dicho ejercicio. b) De gestión y resolución que correspondan al Titular del Pliego en materia presupuestaria, las mismas que se detallan a continuación: - Modifi caciones Presupuestarias entre Actividades y Proyectos, en el marco de las normas aplicables. - Modifi caciones Presupuestarias mediante créditos y anulaciones entre Unidades Ejecutoras. - Formalización de Modifi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático. - Autorización de la creación de nuevas Actividades y Proyectos, y su priorización, así como la designación de sus responsables. - Aprobación del Informe de Evaluación Semestral y Anual del Pliego. - Aprobación de las transferencias a los Sub CAFAEs del Pliego 010: Ministerio de Educación. - Otras decisiones con incidencia presupuestal y que por delegación le facultan las normas presupuestales vigentes, con excepción de las Modifi caciones en el Nivel Institucional. c) Suscribir en nombre y representación del Ministerio de Educación, los Convenios a que hace referencia el artículo 15º de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2011, y el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 2º.- Delegación de facultades en materia de contrataciones del Estado, de personal y administrativa Delegar al Secretario General, a partir del 03 de enero de 2011, las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Ministro de Educación, en calidad de la más alta autoridad y Titular del Pliego 010 - Ministerio de Educación, de conformidad con la parte considerativa de la presente Resolución: