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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2011 (15/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 80

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de enero de 2011 434304 VISTA la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentada por Alberto Alfonso Borea Odría, personero legal titular de la Alianza Electoral “PERU POSIBLE”, para participar en las Elecciones Generales del año 2011. CONSIDERANDO Este Jurado Electoral Especial es competente para recibir, calificar, publicar, e inscribir las listas de candidatos que presenten las organizaciones políticas que participen en las Elecciones Generales 2011 convocadas por Decreto Supremo Nº 105-2010- PCM. Por Resolución Nº 007-2011-ROP/JNE del 23 de enero de 2011, se dispuso inscribir en el registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones a la Alianza Electoral “PERU POSIBLE”. En el caso de autos, conforme a lo establecido en los artículos 110 de la Constitución Política del Perú, 104, 106, 107 y 109 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, en concordancia con los artículos 6, 7, 8, 9, 17.3 y 20 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos con motivo de las Elecciones Generales del año 2011, aprobado mediante Resolución Nº 5004-2010-JNE, se ha verifi cado que la solicitud de inscripción presentada cumple con los requisitos formales de admisibilidad. Luego de admitida la fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República con los requerimientos indicados es publicada en el Diario Oficial El Peruano, además de su publicación en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), así como en el panel del JEE. Ello, con la finalidad de que cualquier ciudadano inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) pueda formular tacha contra cualquiera de los candidatos a Presidente y Vicepresidentes que integren la fórmula, dentro de los dos días naturales siguientes a su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Por tanto, el Pleno del Jurado Electoral Especial de LIMA CENTRO en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- ADMITIR y PUBLICAR la fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentada por Alberto Alfonso Borea Odría, personero legal titular de la Alianza Electoral “PERU POSIBLE”, con el objeto de participar en las Elecciones Generales del año 2011, siendo los integrantes de la fórmula: Fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias NOMBRES Y APELLIDOS DNI PRESIDENTE Sr.(a) ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE 08774976 VICEPRESIDENTES Sr.(a) CARLOS RICARDO BRUCE MONTES DE OCA 10554756 Sr.(a)JAVIER EDMUNDO REATEGUI ROSSELLO 07998352 Artículo Segundo.- REMITIR la presente resolución a la Ofi cina Descentralizada de Procesos Electorales, ofi ciándose para tal efecto. Artículo Tercero.- OFICIESE al Diario Ofi cial El Peruano a fi n de que publique por una sola vez, la presente resolución bajo responsabilidad funcional de conformidad lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 29091. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MOLINA ORDÓÑEZ MENDOZA YARASCA SOLÍS VELA Veliz Escobar 590447-1 Admiten y disponen publicar la fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República de la organización política “Partido Aprista Peruano” para su participación en las Elecciones Generales 2011 JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 00002-2011-JEELC EXPEDIENTE Nº 00019-2011-036 Lima, catorce de enero de dos mil once VISTA la solicitud de subsanación para la inscripción de la fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República, ante el Jurado Electoral de Lima Centro, presentada por Jaime Gustavo Espinoza Montoya, personero legal titular nacional de la organización política “Partido Aprista Peruano”, para las Elecciones Generales 2011. CONSIDERANDO Este Jurado Electoral Especial es competente para recibir, califi car, publicar, e inscribir las listas de candidatos que presenten las organizaciones políticas que participen en las Elecciones Generales 2011 convocadas por Decreto Supremo Nº 105-2010-PCM. Mediante Resolución Nº 00001-2011-JEELC notifi cada y publicada el 11 de enero de 2011, este Jurado Electoral Especial declaró la inadmisibilidad de la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República presentada el 9 de enero de 2011 por Jaime Gustavo Espinoza Montoya, personero legal titular nacional de la organización política “Partido Aprista Peruano”. Sobre el particular, este Colegiado advierte que se ha cumplido con subsanar las observaciones precisadas en la acotada resolución, por lo que procede admitir la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos. Conforme a lo establecido en el artículo 109 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, concordante con los artículos 20 y 21 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos con motivo de las Elecciones Generales del año 2011, aprobado mediante Resolución Nº 5004-2011-JNE, luego de admitida la fórmula o lista de candidatos, los Jurados Electorales Especiales publicarán, en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez, la resolución de admisión de las fórmulas presidenciales al día siguiente de su emisión. Ello, con la fi nalidad de que cualquier ciudadano inscrito y con sus derechos vigentes ante el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil pueda formular tacha contra cualquiera de los candidatos dentro de los dos días naturales siguientes a su publicación. Por tanto, el Pleno del Jurado Electoral Especial de LIMA CENTRO en uso de sus atribuciones,