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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2011 (22/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de enero de 2011 434707 viáticos serán cubiertos por el OSIPTEL, con cargo a su presupuesto institucional; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Manuel Muñoz Quiroz, Subgerente Técnico (e) de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, del 14 al 19 de febrero de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje US$ 1 754,99 Viáticos US$ 1 000,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 593791-6 Autorizan incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2011 para el financiamiento de proyectos a cargo del FORSUR RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 33-2011-PCM Lima, 21 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 396-2010-PCM de fecha 29 de Diciembre de 2010, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2011, de conformidad con la Ley Nº 29626 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011”; Que, mediante la Ley N° 29078 se crea el Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 y modifi catorias, denominado FORSUR, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomía económica, fi nanciera y técnica, constituyéndose para dicho efecto en Unidad Ejecutora, con el objeto de lograr la rehabilitación y reconstrucción de las zonas declaradas en estado de emergencia a través del Decreto Suprema N° 068-2007- PCM y sus ampliaciones; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 028-2010-FORSUR/PE, se aprobó hasta por el monto de NOVECIENTOS NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 92/100 NUEVOS SOLES (S/. 909 448.92) para el fi nanciamiento en la elaboración de los Expedientes Técnicos de nueve (09) Proyectos denominados “Rehabilitación de redes secundarias de agua potable de la ciudad de Pisco zona norte, afectadas por el terremoto del 15 de agosto del 2007”, “Rehabilitación de redes secundarias de agua potable en el distrito de Villa Túpac Amaru Inca, afectadas por el terremoto del 15 de agosto del 2007”, “Rehabilitación de redes secundarias de alcantarillado en el distrito de Villa Túpac Amaru Inca, afectadas por el terremoto del 15 de agosto del 2007”, “Rehabilitación de Redes Secundarias de Alcantarillado en la ciudad de Pisco, afectadas por el terremoto del 15 de Agosto del 2007”, “Rehabilitación del sistema de alcantarillado y conexiones domiciliarias en la Base FAP – Renán Elías Olivera – San Andrés – Pisco, afectadas por el terremoto del 15 de agosto del 2007”, “Rehabilitación de redes secundarias alcantarillado en el distrito de San Andrés zona sur y este, afectadas por el terremoto del 15 de agosto del 2007”, “Rehabilitación de redes secundarias de agua potable de la ciudad de Pisco zona oeste, afectadas por el terremoto del 15 de agosto del 2007”, “Rehabilitación de redes secundarias de agua potable en el distrito de San Andrés, afectadas por el terremoto del 15 de agosto del 2007” y “Rehabilitación de redes secundarias de agua potable en la ciudad de Pisco, zona sur, afectadas por el terremoto del 15 de agosto del 2007”, los mismos que están a cargo de la Unidad Ejecutora: Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Pisco S.A., - EMAPISCO S.A.; Que, con Informe N° 075-2010-FORSUR/UMP, la Unidad de Monitoreo de Proyectos del FORSUR emite opinión técnica favorable para el cambio de la Unidad Ejecutora de los nueve (09) proyectos, y se designe al FORSUR, en remplazo de EMAPISCO S.A., para que se encargue de la ejecución de obras y supervisión de los Proyectos; asimismo, solicita se apruebe el fi nanciamiento a favor del FORSUR, hasta por el monto de CUARENTA MILLONES OCHOCIENTOS DIECISEIS MIL CUARENTA Y TRES Y 22/100 NUEVOS SOLES ( S/. 40 816 043.22), para ser destinados a la ejecución de obras y supervisión de los nueve (09) Proyectos; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 089-2009 establece el procedimiento para la transferencia e incorporación de los recursos del “Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007”, precisando que los recursos del citado Fondo son incorporados en los pliegos presupuestarios que realicen las actividades y proyectos y programas priorizados por FORSUR, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, para cuyo efecto FORSUR comunica, mediante resolución de su más alta autoridad al Ministerio de Economía y Finanzas, para que a través de la Dirección Nacional de Tesoro Público, efectúe directamente la asignación fi nanciera correspondiente, con cargo a los citados recursos, a favor de la entidad ejecutora respectiva y por el monto que determine FORSUR; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 097-2010-FORSUR/PE, se aprobó que la ejecución de los nueve (09) proyectos señalados en el tercer considerando, estarán a cargo del FORSUR, asimismo se aprueba el fi nanciamiento de los mencionados proyectos, hasta por el monto de CUARENTA MILLONES OCHOCIENTOS DIECISEIS MIL CUARENTA Y TRES Y 22/100 NUEVOS SOLES S/. 40 816 043.22 ; Que, mediante Informe N° 001-2011-EF/77.17, el Ministerio de Economía y Finanzas, comunica a FORSUR, que se ha realizado la asignación fi nanciera por el monto de CUARENTA MILLONES OCHOCIENTOS DIECISEIS MIL CUARENTA Y TRES Y 22/100 NUEVOS SOLES S/. 40 816 043.22; Que, de acuerdo al numeral 42.1 del Artículo 42 de la Ley N° 28411 “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto”, señala que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen de fuentes de fi nanciamiento distintas a las de Recursos Ordinarios; Que, de acuerdo al numeral 19.3 del artículo 19º del Capítulo IV, de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, indica que