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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de enero de 2011 434718 Declaran patrimonio cultural de la Nación a monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en el departamento de Ancash RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 068-2011-VMPCIC-MC Lima, 18 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 355-2010-NOC-SDIC-DA- DREPH/INC de fecha 22 de diciembre de 2010, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología recomienda la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación de cuarenta y dos (42) monumentos arqueológicos prehispánicos registrados en el marco del proyecto de investigación arqueológica “Prospección arqueológica y excavaciones en la cuenca del río Puccha (provincia de Huari – Ancash)”, a cargo del Lic. Bebel Rijchary Ibarra Ascencios, con R.N.A. Nº BI-0446; Que, mediante Acuerdo N° 0312-2010/MC de fecha 29 de diciembre de 2010 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Alta Dirección del Ministerio de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nación a cuarenta y dos (42) monumentos arqueológicos prehispánicos registrados en el marco del proyecto de investigación arqueológica “Prospección arqueológica y excavaciones en la cuenca del río Puccha (provincia de Huari – Ancash)”, a cargo del Lic. Bebel Rijchary Ibarra Ascencios, con R.N.A. Nº BI-0446; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, declara de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público. Asimismo, a través del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decretó la fusión en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorción, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo proceso concluyó el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nación, material e inmaterial; Que, el literal a) del Artículo 14° de la Ley N° 29565 señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional”; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 016-2010- MC, del 06 de octubre de 2010, se autoriza al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales a expedir resoluciones correspondientes a los procedimientos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos que correspondía aprobar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, en tanto se aprueben los documentos de gestión del Ministerio de Cultura; Que, la Resolución Ministerial Nº 057-2010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, precisa que la autorización otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 016-2010-MC de fecha 06 de octubre de 2010, comprende la tramitación y resolución de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondía a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ámbito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y la Directora de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley N° 29565 – Ley de Creación del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusión de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema N° 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento Ancash Provincia Huari Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte Marcajirca Masin 265430 8962250 Pan de Azúcar Huachis 268440 8960820 Ñawpamarca de Huachis Huachis 269740 8959970 Torre de Jato Viejo Huachis 272410 8959170 Wiñaj Huachis 271080 8956920 Tambillos Huachis 272180 8953780 San Cristóbal de Tambos San Pedro de Chana 278370 8957710 Soledad de Tambo Huachis 269110 8957710 Ushnu Huachis 266440 8959460 Cuchitambo Cajay 260550 8982120 Jaguamarca Cajay 264830 8967490 Guiesgipitac Cajay 265190 8962590 Cerro Piruro Cajay 267680 8973030 Charac Cajay 270310 8971160 Illauro Masin 268750 8970450 Ñawpamarca de Huari Huari 259130 8971530 Pinkush II Masin 268750 8970450 Pinkush III Huari 258470 8974420 Pinkush IV Huari 258460 8975690 Pinkush de Huamparán Huari 260287 8977198 Yamllipitec Huari 262120 8969830 Cashapallan Huari 261600 8967940 Chullin Huari 259870 8966010 Mashuanco Huari 262240 8963390 Yacya Huari 262020 8961930 Chullin II Huari 260230 8965880 Reparin Cajay 262680 8971140 Pirushto de Cajay I Cajay 263260 8971080 Ushnujirca Cajay 261330 8977650 Huamparán Huari 260920 8976830 Ogupampa Huari 261330 8977650 Chunkallajirca II Huari 261560 8975450 Chunkallajirca I Huari 261860 8975190 Llamacorral Huari 258080 8969700 Ishla Ranra Huari 257700 8969520 Buenos Aires Huari 261450 8964800 Ushcugaga Cajay 264840 8969350 Pirushtu de Cajay II Cajay 264300 8969310 Ushnu Cajay 262490 8977630 Taulli Huachis 275111 8950570 Ahuac Punta Huachis 276395 8950974 Huagancos Huachis 269927 8956444 Artículo 2°.- Encargar a la Dirección Regional de Cultura de Ancash la elaboración de los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el Artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3°.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 4°.- Remitir copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidades