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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2011 (27/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de enero de 2011 435034 preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Artículo 74º de la Constitución Política otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, para crear, modifi car, suprimir o exonerar arbitrios, tasas de licencias y derechos dentro de los límites establecidos por la Ley. Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se regula las materias en la que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, la Administración Tributaria, conforme a la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, cuando este facultada para actuar discrecionalmente, optará por la decisión administrativa que considere más conveniente para el interés público, dentro del marco que establece la Ley. Que, con fecha 05 de diciembre de 2010 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Municipal N° 014-2010-CDB mediante la cual se ha establecido mantener para el ejercicio 2011 la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 016-2008-CDB, que estableció el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2009, vigente también para el año 2010 según Ordenanza Municipal Nª 018-2009- CDB. Que, el Concejo Distrital de Bellavista, ha visto pertinente y necesario otorgar un beneficio de descuento por el pronto pago de los arbitrios municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del año 2011 a los contribuyentes puntuales que se encuentren al día en sus pagos hasta el año 2010 y que cumplan con cancelar el total de sus arbitrios 2011. Estando a lo expuesto con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confiere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; el Concejo ha aprobado por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL POR EL QUE SE APRUEBA DESCUENTOS POR EL PRONTO PAGO DE ARBITRIOS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2011 Artículo 1º.- Apruébese descuentos por el pronto pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, para los contribuyentes cuyos predios correspondan al uso de casa habitación en general, así como los predios de uso comercio y servicios hasta 100 m2. siempre que cancelen hasta el 28 de febrero del presente año el monto total y al contado de los arbitrios correspondientes al ejercicio fiscal 2011, bajo las condiciones siguientes: Descuento del 20% de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo 2011, para los contribuyentes que se encuentren al día en el pago del Impuesto Predial y Arbitrios municipales hasta el año 2010. Descuento del 10% de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo 2011, para los contribuyentes que se encuentren al día en el pago de sus Arbitrios hasta el año 2010. Para los demás contribuyentes el descuento por el pronto pago será del 10% siempre que se encuentren al día tanto en el Impuesto Predial y arbitrios municipales hasta el año 2010. Artículo 2º.- Deléguese en el Despacho de Alcaldía la facultad de prorrogar a través de Decreto de Alcaldía la vigencia de la presente Ordenanza Municipal, previa evaluación de la Dirección de Administración Tributaria y Rentas. POR TANTO: Mando se publique y cumpla IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 595114-2 MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA Aprueban Campaña Mecanizada de Declaraciones Juradas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2011 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2011-MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 19 de enero 2011 EL ALCALDE DEL GOBIERNO LOCAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO VISTO: El Informe Nº 008-2011-GAT/MDCLR de la Gerencia de Administración Tributaria remitiendo el Perfi l de Actividad “Campaña Mecanizada” de Declaraciones Juradas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el período 2011 y Calendario Tributario para el ejercicio 2011. CONSIDERANDO: Que, el artículo 8° del Decreto Legislativo Nº 776 “Ley de Tributación Municipal” y Decreto Supremo Nº 156-2004-EF establece que el Impuesto Predial es de periodicidad anual y grava el valor de los predios urbanos y rústicos. Para efectos del Impuesto se considera predios a los terrenos, incluyendo los terrenos ganados al mar, a los ríos y a otros espejos de agua, así como las edifi caciones e instalaciones fi jas y permanentes que constituyan partes integrantes de dichos predios, que no pudieran ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la edifi cación. La recaudación, administración y fi scalización del impuesto, corresponde a la Municipalidad Distrital donde se encuentra ubicado el predio, y que, de conformidad con el artículo 66° del Decreto Legislativo N° 776 “Ley de Tributación Municipal”, se establece que, las tasas municipales son los tributos creados por los Concejos Municipales, cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por la Municipalidad de un servicio público o administrativo, reservado a las Municipalidades de acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades. Que, de conformidad con el inciso c) del Art. 14º, del precitado dispositivo legal, señala que, cuando así lo determine la administración tributaria para la generalidad de contribuyentes y dentro del plazo que determine para tal fi n. La actualización de los valores de predios por las Municipalidades, sustituye la obligación contemplada por el inciso a) del presente artículo, y se entenderá como válida en caso que el contribuyente no lo objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del impuesto. Que, la Ordenanza N° 004-2010-MDCLR, establece para el año 2011, la vigencia de los montos de las Tasas de los Arbitrios Municipales del año, en el Distrito de Carmen de la Legua Reynoso, reajustando con el Índice de Precios al Consumidor –IPC, acumulado del ejercicio 2010.