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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2011 (27/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de enero de 2011 435023 responsable de la Ofi cina Regional de Administración y Finanzas de cada entidad o quien haga sus veces, en el caso de los procedimientos administrativos que no tengan la condición de gratuitos, sustentara ante el órgano responsable de la elaboración del TUPA, los costos de cada procedimiento administrativo y los derechos de tramitación que se establezcan en el mismo. Que, mediante Ordenanza Regional N° 023-2008- GR-LL/CR, de fecha 14 de julio de 2008, se aprueba la Modifi cación de la Estructura Orgánica del Gobierno Regional de La Libertad y consiguiente Organigrama Estructural, así como su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), dentro de los cuales se encuentra consignaba a la Gerencia Regional de Agricultura, como órgano de línea del mismo y con dependencia jerárquica de la Gerencia General Regional. Que, la Gerencia Regional de Agricultura como órgano de línea del Gobierno Regional de La Libertad, es responsable de planifi car, dirigir y controlar las acciones en materia de agraria, en su ámbito jurisdicción. Depende técnica y normativamente del Ministerio de Agricultura y administrativa y presupuestalmente del Gobierno Regional de La Libertad. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 500- 2008-GR-LL-PRE, de fecha 28 de enero de 2008, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Gerencia Regional de Agricultura, compuesto de veintisiete (27) procedimientos administrativos, el mismo que viene siendo aplicado por la Gerencia Regional de Agricultura hasta la fecha. Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nros. 0281, 0499 y 0811-2009-AG, se aprueba la relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales de Agricultura. Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es un documento de gestión institucional creado para brindar a los administrados o ciudadanos en general la información sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante las entidades. Que, es necesario aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional de La Libertad con el objeto de brindar al administrado (ciudadano) la información detallada respecto a los servicios que brinda y son materia de su competencia, traducidos en procedimientos administrativos sujetos a requisitos pre-establecidos, con un derecho de pago o gratuito, su califi cación, entre otros, de tal manera que les permita efectuar los trámites administrativos de una manera ágil, efi ciente, oportuna para la buena marcha institucional. En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modifi catorias, y estando a lo acordado. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional de La Libertad, el cual está constituido por ochenta y dos (82) procedimientos administrativos, de los cuales sesenta (60) se encuentran sujetos a un derecho de pago y veintidós (22) son gratuitos. Asimismo, respecto a su califi cación: cinco (05) tienen aprobación automática, treinta y uno (31) con silencio administrativo positivo y cuarenta y seis (46) con silencio administrativo negativo, acompañados cada uno de los mismo de la respectiva sustentación legal y técnica de la estructura de costos y la correspondiente exposición de motivos; todo lo cual ha sido consolidado en dos tomos (Tomo I con 195 folios y Tomo II con 186 folios) con un total general de trescientos ochentaiuno (381) folios, que forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional en anexo adjunto. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la aplicación del Texto Único Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 500-2008-GR-LL- PRE, de fecha 28 de enero de 2008, una vez aprobado y notifi cado el presente documento de gestión institucional. Artículo Tercero.- DISPONER a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial para que una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional de La Libertad, así como los correspondientes a sus órganos de línea y desconcentrados según sea el caso, los incorpore paulatinamente al TUPA de la Sede Regional, para su unifi cación como un todo, en cumplimiento del Artículo 16º del Decreto Nº 079- 2007-PCM. Artículo Cuarto.- DISPONER a la Gerencia Regional de Agricultura velar por el adecuado y estricto cumplimiento de lo establecido en el presente Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), bajo responsabilidad. Artículo Quinto.- DISPONER la vigencia de la presente Ordenanza Regional al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil diez. RUBY ARELLANO MAURTUA Consejera Delegada Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a 29 NOV. 2010 JOSÉ H. MURGUIA ZANNIER Presidente Regional 594585-3 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Fijan sueldo de Alcaldesa Metropolitana de Lima y dietas de Regidores ACUERDO DE CONCEJO Nº 009 Lima, 21 de enero de 2011 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 21 de enero del 2011, el Memorando Nº 17-2011-MML- GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, poniendo a consideración del Concejo la remuneración de la señora Alcaldesa Metropolitana y Dietas de los señores Regidores. CONSIDERANDO: Que, el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos y a los sistemas administrativos del Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, el numeral 28) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar la remuneración del Alcalde y las dietas de los Regidores. En ese mismo sentido, el numeral 10) del artículo 157º de la Ley Orgánica de Municipalidades