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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2011 (27/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de enero de 2011 435031 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Establecen montos por emisión, determinación y distribución de cuponera tributaria para el Ejercicio 2011 en el Cercado del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002 Callao, 18 de enero de 2011. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 18 de enero de 2011, aprobó la siguiente Ordenanza Municipal; CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 9 señala que corresponde al Concejo Municipal crear, modifi car, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Que, la Ordenanza Municipal Nº 000004-2010, estableció los montos por emisión, determinación y distribución de Cuponera Tributaria para el ejercicio 2010 en el Cercado del Callao; Que, conforme a la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, las Municipalidades que brindan el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pagos correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dicho servicio no más del 0.4% de la UIT vigente al 1 de Enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas; Que, el Informe Nº 005-2011-MPC-GGATR, la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y el Memorando Nº 039-2011-MPC-GGAJC, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, son de opinión favorable a mantener durante el ejercicio 2011 los mismos montos del ejercicio anterior por los conceptos de emisión, determinación y distribución de Cuponera Tributaria en el Cercado del Callao; Estando a lo expuesto por unanimidad, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE MONTOS POR EMISION, DETERMINACION Y DISTRIBUCION DE CUPONERA TRIBUTARIA PARA EL EJERCICIO 2011 EN EL CERCADO DEL CALLAO Artículo 1º.- OBJETIVO Establecer los montos que deben cancelar los contribuyentes de la Municipalidad Provincial del Callao por los servicios de emisión, determinación y distribución de Cuponera Tributaria para el ejercicio fi scal 2011. Artículo 2º.- ALCANCES Establézcase para el ejercicio 2011, la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 000004-2010, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 23 de Enero de 2010, en la cual se establecieron los montos por emisión, determinación y distribución de Cuponera Tributaria para el ejercicio 2010 en el Cercado del Callao. En tal virtud, queda establecido en S/. 9.60 (Nueve y 60/100 Nuevos Soles), el monto que deberán cancelar los contribuyentes titulares de un (01) predio por concepto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y distribución de cuponera tributaria para el ejercicio 2011. Asimismo, los contribuyentes titulares de más de un (01) predio, deberán cancelar la suma de S/. 3.20 (Tres y 20/100 Nuevos Soles) por cada predio adicional. Artículo 3º.- DEL CUMPLIMIENTO Encárgase a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza Municipal. Artículo 4º.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Facúltase al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente norma legal. Artículo 5º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 594448-1 Fijan monto de remuneración mensual del alcalde provincial y de dieta de regidores del Concejo Provincial ACUERDO DE CONCEJO Nº 002 Callao, 18 de enero de 2011 El Concejo Provincial del Callao, visto en Sesión Ordinaria celebrada el 18 de enero de 2011, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 9, inciso 28 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar la remuneración del Alcalde; Que, la Ley N° 28212, señala la jerarquía y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado y el artículo 4 inciso “e”, establece que los alcaldes provinciales y distritales reciben una remuneración mensual, que es fi jada por el concejo municipal correspondiente, en proporción a la población electoral de su circunscripción hasta un máximo de cuatro un cuarto de la Unidad Remunerativa del Sector Público - URSP por todo concepto y con respecto a las dietas a percibir por los regidores, en el artículo 5 inciso 1, señala que las mismas serán las que fi jen los respectivos concejos municipales, sin superar el treinta por ciento (30%) de la remuneración mensual del alcalde, porcentaje que fue ratifi cado por el Decreto de Urgencia N° 038-2006 que modifi ca el artículo 5 de la Ley N° 28212;