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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2011 (27/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de enero de 2011 435028 efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riesgos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95 % de la Densidad Proctor Modifi cado de laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetro máximo de 1 1/2”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riesgos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de fc = 140 Kg/ cm2, de 0.15 m de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación con la calzada terminada será de 0.20 m y el acabado será con Mezcla cemento-arena fi na, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor. Los radios de los abanicos en las esquinas serán de 6.00 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m, de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. En ambos extremos de las calzadas, protegiendo y confi nando sus bordes se construirán sardineles de concreto de calidad de fc = 210 Kg/cm2 y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas en Bermas para personas con Discapacidad.- En los lugares señalados en el plano de Lotización, se construirán rampas en las bermas, que conectarán los niveles superiores de las aceras y de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE-U.190 “ADECUACIÓN URBANÍSTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” aprobada por Resolución Ministerial N° 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de febrero de 2001. Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los Proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL, conforme a lo indicado en la Factibilidad de Servicio otorgada mediante la Carta N° 1839-2010-EGP-N de fecha 17 de agosto del 2010. Electricidad.- Los interesados ejecutarán las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la empresa concesionaria EDELNOR debiendo poner en su conocimiento la fecha de inicio y término de las mismas, conforme a lo indicado en la factibilidad de servicios otorgada mediante documento SE N°918060-2010 de fecha 11 de agosto del 2010. Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, el interesado deberá coordinar con la gerencia de Proyectos de Planta Externa de Telefónica del Perú S.A. de dicha compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- DISPONER, la inscripción del aporte para recreación pública de 2,164.01 m2. Que estaáconstituido por el Parque N° 1, Ubicado entre las calles 4 y Manzanos E, ante la Ofi cina Registral de Lima y Callao a favor de la Municipalidad Distrital de Carabayllo. Artículo Cuarto.- DISPONER, la inscripción del aporte para SERPAR de 662.40 m2 está constituido por los Lotes 19, 20, 21 y 22 de la manzana G, ante la Ofi cina Registral de Lima y Callao a favor del Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA. Artículo Quinto.- DISPONER, la inscripción de aporte para Renovación urbana (FOMUR) de 309.15 m2 está Constituido por el Lote 6 de la Manzana E, ante la Ofi cina Registral de Lima y Callao a favor del Emilima S.A. Artículo Sexto.- DISPONER, la inscripción de aporte para Servicios Públicos Complementarios (Ministerio de Educación) de 619.00 m2 está Constituido por el Lote 5 de la Manzana E, ante la Ofi cina Registral de Lima y Callao a favor de la Municipalidad Distrital de Carabayllo. Artículo Sétimo.- DISPONER, la inscripción de aporte para Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) de 574.40 m2 está Constituido por el Lote 18 de la Manzana G, ante la Ofi cina Registral de Lima y Callao a favor del Ministerio de Educación. Artículo Octavo.- ACEPTAR, los défi cit de aportes reglamentarios del Uso Residencial de Densidad Media “RDM”, de aporte para Recreación Pública de 154.41 m2, para Renovación urbana de 22.05 m2, servicios públicos complementarios Ministerio de Educación de 43.40 m2. y servicios públicos complementarios de la Municipalidad Distrital de 88.00 m2. Artículo Noveno.- DISPONER, que los défi cit de aportes reglamentarios del Uso Residencial de Densidad Media “RDM”, de aporte para Renovación Urbana de 22.05 m2, y servicios públicos complementarios Ministerio de Educación de 43.40 m2. Sean redimidos en dinero, ante EMILIMA S.A y Ministerio de Educación, respectivamente, previo al otorgamiento de la Resolución de Recepción de Obras. Quedando el lote 01 de la Manzana G en garantía de pago del défi cit aportes faltantes. Artículo Décimo.- PRECISAR, los pagos correspondientes a los défi cit de aportes reglamentarios de aportes para Recreación Pública y servicios públicos complementarios (Municipalidad Distrital), fueron cancelados según registro de ingreso N° 0020281810, por el monto de S/. 2,933.79 nuevos soles, de fecha 18.11.2010. Ingreso N° 020281811, por el monto de S/ 1,672.00 nuevos soles, de fecha 18.11.2010. Respectivamente, a favor de esta corporación edil. Artículo Décimo Primero.- AUTORIZAR, la inscripción preventiva de la individualización de los lotes que conforman la presente regularización de habilitación urbana ejecutada desarrollada sobre el terreno de 33,120.24 m2 de conformidad al Plano signado con el N° 0117-2010/GDUR-MDC, aprobado en el artículo primero de la presente Resolución. Artículo Décimo Segundo.- OTÓRGUESE, a los administrada, la Autorización para celebrar contratos de venta garantizada respecto de todos los lotes vendibles que integran la el Programa de Vivienda EL ROSEDAL V de Carabayllo, de acuerdo al plano de lotización signado con el N° 117-2010/GDUR-MDC. Desarrollada en la Parcela N° 104, Código Catastral 10523, Proyecto Punchauca - Lima Norte Valle Chillón. Artículo Décimo Tercero.- DISPONER, la regularización de las edifi caciones existentes sobre los lotes de la presente habilitación Artículo Décimo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, el mismo que estará a cargo del recurrente. Articulo Décimo Quinto.- ENCARGAR, a las unidades orgánicas de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, dar cumplimiento a lo establecido en la presente Resolución poniendo en conocimiento de la Gerencia de Rentas de esta institución edil, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de la Superintendencia de Bienes Nacionales, del Ministerio de Educación y del Servicio de Parques SERPAR, para los fi nes de Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR ANDRES BALTAZAR RAMOS Gerente de Desarrollo Urbano - Rural 594539-1