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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2011 (28/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de enero de 2011 435088 Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Técnico N° 002- 2011-PRODUCE/DGEPP-Dch y el Informe Legal N° 007- 2011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la Merluza, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2003-PRODUCE, modifi cado por Decreto Supremo Nº 012-2010-PRODUCE, y la Resolución Ministerial Nº 367-2010-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 53° del Reglamento de Ordenamiento de Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Listado de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación (PMCE) del recurso merluza, el mismo que en Anexo 1 forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2°.- Aprobar el Listado del Límite Máximo de Captura por Embarcación (LMCE) del recurso merluza, el mismo que en Anexo 2 forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 3°.- Los Anexos del Listado de los PMCE y LMCE, aprobados en los artículos 1° y 2°, serán publicados en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. YSAAC GUILLERMO CHANG DIAZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 595267-7 SALUD Conforman Comisión encargada de revisar y plantear modificaciones a la “Directiva para el funcionamiento de Servicios de Salud Bajo Tarifario Diferenciado en Hospitales e Institutos Especializados de la Red Asistencial del Ministerio de Salud” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 059-2011/MINSA Lima, 25 de enero del 2011 Visto los Expediente N° 09-086412-025 y N° 09- 086412-023, que contienen el Memorándum N° 028-2011- DVM/MINSA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 586- 2006/MINSA del 22 de junio de 2006 se aprobó la Directiva N° 092-MINSA/DGSP-V.01 “Directiva para el funcionamiento de Servicios de Salud Bajo Tarifario Diferenciado en Hospitales e Institutos Especializados de la Red Asistencial del Ministerio de Salud”, en la que se establecen las pautas para la autorización y funcionamiento de dichos servicios, la cual fue modifi cada a través de la Resolución Ministerial N° 151- 2007/MINSA del 16 de febrero de 2007; Que, mediante Nota Informativa N° 1040-2010-DGSP/ MINSA, que contiene el Informe N° 116-2010-DGSP- DSS-SES/MINSA, la Dirección General de Salud de las Personas recomendó la conformación de una comisión Ad Hoc que permita revisar y reformular la Directiva para el funcionamiento de Servicios de Salud Bajo Tarifario Diferenciado en Hospitales e Institutos Especializados de la Red Asistencial del Ministerio de Salud, recomendación que fue compartida por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 574-2010-OGAJ/MINSA; Que, de los informes emitidos por los órganos mencionados se considera pertinente la conformación de una comisión que se encargue de evaluar la Directiva N° 092-MINSA/DGSP-V.01, y de plantear las modifi caciones necesarias a fi n que se adecúe a la normatividad vigente; Que, el numeral 1 del artículo 36° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo señala que las comisiones sectoriales son de naturaleza temporal, creadas con fi nes específi cos para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos. Se crean formalmente por resolución ministerial del titular a cuyo ámbito de competencia corresponden; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el literal l) del artículo 8 de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar la Comisión encargada de revisar y plantear modifi caciones a la Directiva N° 092- MINSA/DGSP-V.01 “Directiva para el funcionamiento de Servicios de Salud Bajo Tarifario Diferenciado en Hospitales e Institutos Especializados de la Red Asistencial del Ministerio de Salud”, la que estará integrada por: - Un representante del Despacho Viceministerial, quien la presidirá. - El Director Ejecutivo de la Dirección de Servicios de Salud de la Dirección General de Salud de las Personas o su representante. - El Director Ejecutivo de la Dirección de Gestión Sanitaria de la Dirección General de Salud de las Personas o su representante. - El Director General de la Ofi cina General de Administración o su representante. - El Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto o su representante. - Dos representantes de los Hospitales del Ministerio de Salud que cuentan con Servicio de Salud Bajo Tarifario Diferenciado. - Dos representantes de los Institutos Nacionales del Ministerio de Salud que cuentan con Servicio de Salud Bajo Tarifario Diferenciado. Artículo 2º.- Cada una de las dependencias mencionadas deberán designar a sus representantes, de ser el caso, en un plazo que no excederá de cinco (5) días hábiles de notifi cada la presente resolución. Artículo 3º.- La Comisión deberá evaluar y proponer las modifi caciones a la Directiva N° 092-MINSA/DGSP- V.01, en un plazo que no excederá de cuarenta y cinco (45) días hábiles de instalada la Comisión. Regístrese, comuníquese y publíquese OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 595328-1 Renuevan encargo de funciones de Director General del Hospital Nacional “Arzobispo Loayza” para el ejercicio presupuestal 2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 060-2011/MINSA Lima, 25 de enero del 2011 Visto el Expediente N° 11-003855-001, que contiene el Memorándum N° 030-2011-DVM/MINSA del Despacho Viceministerial; y,