Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2011 (28/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de enero de 2011

a un funcionario titular y a otro alterno que represente al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en la elaboracion del Informe al que hace referencia el considerando precedente; Que, en consideracion a lo expuesto y mediante el Oficio de Vistos, el Director General de la Direccion General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, alcanza su propuesta a efectos que se designe a quienes representaran al Sector en el equipo de trabajo encargado de elaborar el Informe del Estado peruano al Comite para la Eliminacion de la Discriminacion contra la Mujer; Con las visaciones del Director General de la Direccion General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo y del Jefe (e) de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el literal d) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por D.S. Nº 004-2010-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a la abogada MORDAZA ERAZO MORDAZA y la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representantes titular y suplente del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, respectivamente, ante el equipo de trabajo encargado de elaborar el Informe del Estado peruano al Comite para la Eliminacion de la Discriminacion contra la Mujer. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 596175-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM, en localidades de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 0019-2011-MTC/03 MORDAZA, 5 de enero de 2011 VISTO, el Expediente Nº 2009-036457 presentado por el senor WUILDER MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de Cangallo, departamento de Ayacucho; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de

Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detallan; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 086-2004MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificado mediante Resoluciones Viceministeriales Nº 069-2009-MTC/03, Nº 457-2009MTC/03, Nº 355-2010-MTC/03 y Nº 648-2010-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de FM para diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Cangallo, la misma que incluye al distrito y provincia de Cangallo, departamento de Ayacucho; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, indicado en el parrafo precedente, establece 250 w. como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena. Asimismo, segun Resolucion Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modifico las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango: mayor a 100 w. hasta 250 w. de e.r.p., en la direccion de MORDAZA ganancia de antena, se clasifican como Estaciones de Servicio Primario Clase D2, consideradas de Baja Potencia; Que, en virtud a lo indicado, el senor WUILDER MORDAZA MORDAZA no se encuentra obligado a la MORDAZA del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes, asi como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, segun se establece en el articulo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 0382003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 0382006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, con Informe Nº 5545-2010-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por el senor WUILDER MORDAZA MORDAZA para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de Cangallo, departamento de Ayacucho; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC y modificado por Resoluciones Ministeriales Nº 644-2007-MTC/01 y Nº 846-2009-MTC/01, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Cangallo, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 086-2004-MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificado mediante Resoluciones Viceministeriales Nº 069-2009-MTC/03, Nº 457-2009-MTC/03, Nº 355-2010MTC/03 y Nº 648-2010-MTC/03, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

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