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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2011 (28/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de enero de 2011 435086 para el cambio de titular del permiso de pesca de embarcación de bandera nacional de mayor escala del ámbito, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; por lo que resulta procedente la aprobación del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 1110-2010- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión legal favorable; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demás normas modifi catorias; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar a favor de la empresa CORPORACIÓN PESQUERA FRAMI S.A.C., el cambio de titular del Permiso de Pesca de la embarcación pesquera “JAGUI-I” de matrícula CE-19880-CM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolución Directoral Nº 028-2000-PRE-P, modifi cada mediante la Resolución Directoral Nº 772- 2009-PRODUCE/DGEPP. Artículo 2°.- Condicionar la vigencia del cambio de titular de la embarcación pesquera “JAGUI-I” de matrícula CE-19880-CM, al resultado del proceso judicial correspondiente, conforme lo señalado en el tercer párrafo del Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Artículo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera “JAGUI- I” de matrícula CE-19880-CM otorgado a EMPRESA PESQUERA JAGUI S.R.L. consignado en la Resolución Directoral Nº 284-2003-PRODUCE/DNEPP. Artículo 4°.- Incorporar a la empresa CORPORACIÓN PESQUERA FRAMI S.A.C. como el nuevo titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “JAGUI-I” de matrícula CE-19880-CM, así como la presente Resolución en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE excluyendo a la EMPRESA PESQUERA JAGUI S.R.L. consignada en dicho anexo. Artículo 5°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es : www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. YSAAC GUILLERMO CHANG DÍAZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 595267-5 Disponen publicar la relación de embarcaciones cerqueras con permiso de pesca vigente para la extracción del recurso anchoveta y que cuentan con Límite Máximo de Captura por Embarcación (LMCE) asignado para la Zona Norte - Centro RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 006-2011-PRODUCE/DGEPP Lima, 4 de enero del 2011 Vistos la Resolución Ministerial 364-2010-PRODUCE, el Ofi cio Nº DE-100-001-2011-PRODUCE/IMP del Instituto del Mar del Perú – IMARPE y el Informe Nº 005- 2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 364-2010- PRODUCE del 30 de diciembre de 2010, se autorizó al Instituto del Mar del Perú - IMARPE, la ejecución de la Operación Eureka LXVI, a partir de las 00:00 horas del día 05 de enero hasta las 24:00 horas del día 06 de enero de 2011, en el área marítima comprendida entre el 5° S (Paita) y 15° S (San Juan), con la participación de treinta y seis (36) embarcaciones de cerco, con permiso de pesca vigente para la extracción del recurso anchoveta y que cuenten con Límite Máximo de Captura por Embarcación (LMCE) asignado para la zona norte-centro, las que serán convocadas mediante publicación en la página web del IMARPE; Que, asimismo en el artículo 2º de la norma legal a que se hace referencia en el considerando precedente se dispuso que la selección de las embarcaciones de cerco, equipadas con redes anchoveteras (13 mm de tamaño de malla) y con permiso de pesca vigente, estará a cargo del IMARPE, debiendo para tal efecto, observarse los requisitos mínimos que deberán contar dichas embarcaciones, tales como: (i) autonomía 150 mn, (ii) ecosonda análoga de 50/200 khz, (iii) radio HF 150w, (iv) GPS operativo, (v) radar operativo, (vi) radio baliza operativa, (vii) VMS operativo, (viii) motor operativo y (ix) redes operativas; Que, mediante el Ofi cio Nº DE-100-001-2011- PRODUCE/IMP de fecha 03 de enero del 2011, el Instituto del Mar del Perú – IMARPE, remitió la relación de embarcaciones pesqueras que participarán en la Operación Eureka LXVI, la misma que contiene la nominación de treinta y seis (36) embarcaciones participantes; Que, sobre lo informado por IMARPE, se ha podido determinar que las treinta y seis (36) embarcaciones pesqueras que participaran en la Operación Eureka LXV, cuentan con permisos de pesca vigentes y se encuentran consignadas en el Listado de Asignación de los Límites Máximos de Captura por Embarcación-LMCE, correspondiente a la segunda temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) del 2010, en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16° 00’ Latitud Sur; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 005-2011- PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinión legal favorable correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y sus modifi catorias; y el Decreto Legislativo Nº 1084 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021- 2008-PRODUCE, y sus modifi catorias; y, En uso de las facultades conferidas en el artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010- 2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicar como Anexo I de la presente Resolución, la relación de embarcaciones cerqueras con permiso de pesca vigente para la extracción del recurso anchoveta y que cuentan con LMCE (Límite Máximo de Captura por Embarcación) asignado para la Zona Norte- Centro que han sido seleccionadas a participar en la Operación Eureka LXVI autorizada por el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 364-2010-PRODUCE. Artículo 2º.- El Instituto del Mar del Perú - IMARPE es el responsable de modifi car la relación de embarcaciones pesqueras participantes en la Operación Eureka LXVI, para cuyo efecto, deberá hacer de conocimiento dichos cambios a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción.