Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2011 (28/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de enero de 2011

para el cambio de titular del permiso de pesca de embarcacion de bandera nacional de mayor escala del ambito, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; por lo que resulta procedente la aprobacion del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 1110-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion legal favorable; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA FRAMI S.A.C., el cambio de titular del Permiso de Pesca de la embarcacion pesquera "JAGUI-I" de matricula CE-19880-CM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 028-2000-PRE-P, modificada mediante la Resolucion Directoral Nº 7722009-PRODUCE/DGEPP. Articulo 2°.- Condicionar la vigencia del cambio de titular de la embarcacion pesquera "JAGUI-I" de matricula CE-19880-CM, al resultado del MORDAZA judicial correspondiente, conforme lo senalado en el tercer parrafo del Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "JAGUII" de matricula CE-19880-CM otorgado a EMPRESA PESQUERA JAGUI S.R.L. consignado en la Resolucion Directoral Nº 284-2003-PRODUCE/DNEPP. Articulo 4°.- Incorporar a la empresa CORPORACION PESQUERA FRAMI S.A.C. como el MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "JAGUI-I" de matricula CE-19880-CM, asi como la presente Resolucion en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE excluyendo a la EMPRESA PESQUERA JAGUI S.R.L. consignada en dicho anexo. Articulo 5°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 595267-5

Vistos la Resolucion Ministerial 364-2010-PRODUCE, el Oficio Nº DE-100-001-2011-PRODUCE/IMP del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE y el Informe Nº 0052011-PRODUCE/DGEPP-Dchi de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 364-2010PRODUCE del 30 de diciembre de 2010, se autorizo al Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, la ejecucion de la Operacion Eureka LXVI, a partir de las 00:00 horas del dia 05 de enero hasta las 24:00 horas del dia 06 de enero de 2011, en el area maritima comprendida entre el 5° S (Paita) y 15° S (San Juan), con la participacion de treinta y seis (36) embarcaciones de cerco, con permiso de pesca vigente para la extraccion del recurso anchoveta y que cuenten con Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion (LMCE) asignado para la MORDAZA norte-centro, las que seran convocadas mediante publicacion en la pagina web del IMARPE; Que, asimismo en el articulo 2º de la MORDAZA legal a que se hace referencia en el considerando precedente se dispuso que la seleccion de las embarcaciones de cerco, equipadas con redes anchoveteras (13 mm de tamano de malla) y con permiso de pesca vigente, estara a cargo del IMARPE, debiendo para tal efecto, observarse los requisitos minimos que deberan contar dichas embarcaciones, tales como: (i) autonomia 150 mn, (ii) ecosonda analoga de 50/200 khz, (iii) radio HF 150w, (iv) GPS operativo, (v) radar operativo, (vi) radio baliza operativa, (vii) VMS operativo, (viii) motor operativo y (ix) redes operativas; Que, mediante el Oficio Nº DE-100-001-2011PRODUCE/IMP de fecha 03 de enero del 2011, el Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, remitio la relacion de embarcaciones pesqueras que participaran en la Operacion Eureka LXVI, la misma que contiene la nominacion de treinta y seis (36) embarcaciones participantes; Que, sobre lo informado por IMARPE, se ha podido determinar que las treinta y seis (36) embarcaciones pesqueras que participaran en la Operacion Eureka LXV, cuentan con permisos de pesca vigentes y se encuentran consignadas en el Listado de Asignacion de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion-LMCE, correspondiente a la MORDAZA temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) del 2010, en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16° 00' Latitud Sur; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 005-2011PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion legal favorable correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y sus modificatorias; y el Decreto Legislativo Nº 1084 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212008-PRODUCE, y sus modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas en el articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Publicar como Anexo I de la presente Resolucion, la relacion de embarcaciones cerqueras con permiso de pesca vigente para la extraccion del recurso anchoveta y que cuentan con LMCE (Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion) asignado para la MORDAZA NorteCentro que han sido seleccionadas a participar en la Operacion Eureka LXVI autorizada por el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 364-2010-PRODUCE. Articulo 2º.- El Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE es el responsable de modificar la relacion de embarcaciones pesqueras participantes en la Operacion Eureka LXVI, para cuyo efecto, debera hacer de conocimiento dichos cambios a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion.

Disponen publicar la relacion de embarcaciones cerqueras con permiso de pesca vigente para la extraccion del recurso anchoveta y que cuentan con Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion (LMCE) asignado para la MORDAZA Norte - Centro
RESOLUCION DIRECTORAL N° 006-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 4 de enero del 2011

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