Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2011 (28/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de enero de 2011

se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que, mediante Resolucion Directoral N° 145-2010PRODUCE/DGEPP del 11 de marzo del 2010, se otorgo a INVERSIONES FRIGORIFICAS PRC S.A.C. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar las actividades de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de las plantas de congelado y harina de pescado residual de caracter accesorio y complementaria a su actividad principal, con capacidades de 55 t/dia y 7.5 t/h de procesamiento de residuos y descartes de productos hidrobiologicos, respectivamente, a ubicarse a la altura del Km. 445 de la Carretera Panamericana Norte, distrito y provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; Que, mediante los escritos del visto, la empresa INVERSIONES FRIGORIFICAS PRC S.A.C. solicita se le otorgue, licencia para la operacion de su planta de congelado de productos hidrobiologicos, en su establecimiento industrial pesquero citado en el considerando precedente; Que, la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, mediante MORDAZA de Verificacion EIA N° 018-2010-PRODUCE/DIGAAP de fecha 07 de diciembre del 2010, senala que la empresa INVERSIONES FRIGORIFICAS PRC S.A.C., ha cumplido con implementar las medidas de mitigacion presentadas en su Estudio de Impacto Ambiental para su planta de congelado de productos hidrobiologicos; Que, el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP mediante Protocolo Tecnico para Licencia de Operacion N° PTL-011-10-CG-SANIPES de fecha 26 de octubre del 2010, precisa que la citada planta de congelado se adecua a los requerimientos de diseno, construccion y equipamiento, segun lo establecido en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada por Decreto Supremo N° 040-2001-PE; Que, de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la empresa INVERSIONES FRIGORIFICAS PRC S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento N° 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE, modificado por Resolucion Ministerial N° 270-2010-PRODUCE, por lo que resulta procedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero a traves de los Informes Tecnico N° 775-2010-PRODUCE/DGEPP-Dch y Legal N° 15062010-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo establecido en los articulos 43º inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, los articulos 49°, 52°, 53° numeral 53.1 y 54° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el procedimiento N° 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, modificado por Resolucion Ministerial N° 270-2010-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2006- PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a la empresa INVERSIONES FRIGORIFICAS PRC S.A.C. licencia para la operacion de una planta de congelado de productos hidrobiologicos, con destino al consumo humano directo, en su establecimiento industrial pesquero ubicado a la altura del Km. 445 de la Carretera Panamericana Norte, distrito y provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, con la siguiente capacidad instalada: Congelado : 55 t/dia y su almacenamiento de 806 t

Articulo 2°.La empresa INVERSIONES FRIGORIFICAS PRC S.A.C., debera operar su planta de congelado de productos hidrobiologicos, con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de seguridad del control del MORDAZA que garantice la sanidad y la optima calidad del producto final, conforme dispone el Decreto Supremo N° 0402001-PE, asi como debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria segun la MORDAZA de Verificacion EIA N° 018-2010-PRODUCE/DIGAAP de fecha 07 de diciembre del 2010. Articulo 3°.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo 2° de la presente Resolucion, seran causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 4°.- Incorporar en el Anexo II de la Resolucion Ministerial N° 041-2002-PRODUCE, la planta de congelado de la empresa INVERSIONES FRIGORIFICAS PRC S.A.C., con una capacidad instalada de 55 t/dia, conforme a la licencia otorgada por el articulo 1° de la presente resolucion. Articulo 5°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 595267-1

Otorgan licencia a Pesquera MORDAZA S.R.L. para la operacion de planta de congelado de productos hidrobiologicos ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N°. 002-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 03 de Enero del 2011 Visto los escritos con registro Nº 00094418-2010 y adjunto de fechas 06 y 14 de diciembre de 2010, presentados por la empresa PESQUERA MORDAZA S.R.L. CONSIDERANDO: Que los articulos 43° inciso d), y 46° del Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca ­ establecen que para la autorizacion de instalacion de establecimientos industriales y para la operacion de plantas de procesamiento de productos pesqueros se requiere de la autorizacion y licencia correspondientes, las que constituyen derechos que el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que por Resolucion Directoral Nº 985-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 21 de diciembre del 2009, se otorgo a la empresa PESQUERA MORDAZA S.R.L. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para realizar las actividades de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de las plantas de congelado y harina de pescado residual de caracter accesorio y complementaria a su actividad principal, a ubicarse en la MORDAZA Siete S/N, Lote 1, distrito de caleta de Carquin, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, con capacidades proyectadas de 30 t/dia ­ su

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