TEXTO PAGINA: 47
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 1 de febrero de 2011 435431 - Velar para que el programa Multianual de Inversión Municipal se enmarque en las competencias del nivel de Gobierno Municipal. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Derogar toda norma que se oponga o contravengan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segundo.- Establecer que la presente Ordenanza, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Tercera.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso (www.municarmendelalegua.gob.pe) Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DANIEL A. LECCA RUBIO Alcalde 597467-1 Declaran la Emergencia Económica y la Reestructuración Administrativa y Organizacional de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO N° 014-2011-MDCLR Carmen de la Legua-Reynoso, 29 de enero del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo, celebrado en la fecha, los Informes N°002-2011/GM-MDCLR de la Gerencia Municipal, y Nº 056-A-2011-GAL-MDCLR-TPB de la Gerencia de Asesoría Legal, de fechas 26 de Enero de 2011, respectivamente, respecto al Estado Situacional Administrativa, de Administración e Instrumento de Gestión, Declaración de Emergencia, Corte de Gestión y Remisión a la Contraloría; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia conforme a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobado por la Ley N° 27972. Que, en atención a lo expuesto en el Informe de la Gerencia Municipal, se recomienda que el Concejo Distrital declare la Emergencia Económica, la Reestructuración Administrativa y Organizacional de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua y Reynoso. Que, la sustentación al pedido formulado por la Gerencia Municipal, está amparado en los informes de la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, la Procuraduría Municipal, así como las demás Unidades Orgánicas de la Municipalidad, determinándose que la gestión saliente ha dejado como saldo los siguientes niveles de diagnóstico; Primero, el fi nanciero, por cuanto existe una deuda cobrable de S/. 20 512,298.68, Nuevos Soles, como son deuda a SUNAT por S/. 2 216,285.64, a la AFP por S/. 7 856,294.88, Remuneraciones por pagar S/. 141 320.65, Deudas por devengados S/. 2 804, 176.62, Benefi cios Sociales y Obligaciones Previsionales S/. 2 380,702.26, y deuda en instancia judicial de S/. 7 919,195.65, las mismas que no incluyen intereses, multas, costas y gastos, entre otras. Asimismo, en el nivel de organización; la existencia de instrumentos de gestión desfasados a la vigente normativa pública administrativa, como el caso del MOF, ROF, CAP y PAP, así como la de otros instrumentos que de planeamiento y de gestión que no existen, de la misma forma el TUPA que no está actualizado, ratifi cado, ni se ha cumplido con presentar los formatos, costos a la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Concejo de Ministros. De la misma forma como tercer nivel; la existencia de una crisis logística al existir todo el sistema de cómputo deteriorado, en precarias condiciones, así como mobiliario, unidades vehiculares de seguridad ciudadana, equipos y demás recursos logísticos, creando serios problemas de gestión. Cuarto nivel, en el extremo de los sistemas informáticos de la Municipalidad, la existencia de sistemas con serios problemas de operatividad y la gran demanda de servicios de la población. Quinto nivel, las anomalías detectadas en el proceso de transferencia. Como el desabastecimiento inminente del servicio de limpieza pública. Concluyéndose que es urgente e imperativo que se declare el estado de emergencia económica, y la reestructuración administrativa y organizacional de la Municipalidad. Que, corresponde considerar lo establecido en el Informe legal señalado de la Gerencia de Asesoría Legal, la cual ha evaluado el informe situacional de la Gerencia Municipal y sus conclusiones, recomendaciones y sobre la base de lo establecido en el artículo 9° numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 35° de la Ley N° 27972 y en atención al espíritu normativo contenido en el artículo 128° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por el Decreto Legislativo N° 1017 aprobado por el Decreto Supremo N° 184-2008/EF, debiendo entenderse supletoriamente como situación de emergencia la expuesta en el considerando último anterior, corresponde al Concejo Distrital de la Municipalidad Distrital Carmen de la Legua Reynoso, adptar acciones inmediatas para realizar las acciones logísticas, presupuestarias, fi nancieras y administrativas urgentes para resolver la crisis expuesta, para cuyo mérito se hace viable la declaración de estado de emergencia económica y reestructuración administrativa organizacional, debiendo asimismo conforme lo establece el Art. 127° y siguientes del Decreto Supremo N° 184-2008/EF, aprobar la exoneración de los procesos de selección que correspondan. Que, evaluado los actuados por los miembros del Concejo Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, previo los debates correspondientes y conforme a lo dispuesto en el Reglamento Interno del Concejo aprobado por Edicto No. 001-2003-MDCLR, ratifi cado por Acuerdo de Concejo No. 019-2007/MDCLR y conforme la normativa citada, por Unanimidad y con dispensa de lectura de acta, el Concejo Distrital de la Municipalidad Distrital de CARMEN DE LA LEGUA Y REYNOSO; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo que establece la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con el voto UNANIME, de los señores Regidores y con la dispensa de lectura y aprobación del Acta: SE ACORDÓ: Artículo Primero.- DECLARAR LA EMERGENCIA ECONOMICA Y LA REESTRUCTURACION ADMINISTRATIVA Y ORGANIZACIONAL de la Municipalidad Distrital de CARMEN DE LA LEGUA Y REYNOSO, por el periodo de 90 días, por las consideraciones antes expuestas. Artículo Segundo.- APROBAR LA EXONERACION DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN, de las adquisiciones de bienes, contrataciones de servicios necesarias para la inmediata y urgente implementación y actualización de los instrumentos de gestión planeación, implementación de los sistemas informáticos, implementación de los recursos logísticos y demás necesarios para superar la crisis descrita. Artículo Tercero.- DISPONER, que la Alcaldía y la Gerencia Municipal conforme las facultades delegadas por la primera, realizar los procedimientos presupuestarios, fi nancieros necesarios para el fi n expuesto. Artículo Cuarto.- DISPONER, a la Gerencia de Administración y Finanzas y la Sub – Gerencia correspondiente ingresar el presente acuerdo al SEACE, así como ofi ciar a la Contraloría General de la República y al Órgano de Control Institucional de la Municipalidad. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, y las Gerencias correspondientes de esta Corporación Edil, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo, debiendo la Gerencia de Secretaria General publicar el presente Acuerdo en el diario ofi cial “El Peruano” y los Portales Electrónicos que por ley correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. DANIEL A. LECCA RUBIO Alcalde 597467-2