Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2011 (01/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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VISTO;

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, martes 1 de febrero de 2011

El MORDAZA disciplinario Nº 054-2009, seguido al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez Provisional del MORDAZA Juzgado Mixto de San MORDAZA de Miraflores de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, por resolucion Nº 177-2009-PCNM, de 05 de agosto de 2009, el Consejo Nacional de la Magistratura abrio MORDAZA disciplinario al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su actuacion como Juez Provisional del MORDAZA Juzgado Mixto de San MORDAZA de Miraflores de la Corte Superior de Justicia de Lima; Segundo: Que, se le imputo al doctor MORDAZA MORDAZA, A) haber ocultado a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA el hecho de haber sido destituido de la administracion publica, puesto que la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho le impuso la sancion de destitucion del cargo de Ejecutor Coactivo; y, B) haber permanecido en el cargo y continuar ejerciendo sus funciones como magistrado de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, no obstante ser consciente que ya no cumplia con los requisitos previstos en el articulo 177º incisos 4 y 8 de la Ley Organica del Poder Judicial, aceptando incluso desempenar funciones como magistrado provisional de primera instancia, tanto en el MORDAZA Juzgado Mixto de San MORDAZA de Lurigancho como el MORDAZA Juzgado Mixto de San MORDAZA de Miraflores, faltando asi a su deber de veracidad, probidad, buena fe, incurriendo con ello en responsabilidad disciplinaria conforme a los alcances del articulo 201º inciso 6 de la Ley Organica del Poder Judicial; Tercero: Que, se tiene como antecedente el MORDAZA Disciplinario Nº 014-2008-CNM, seguido ante este Consejo a pedido del Presidente de la Corte Suprema de Justicia, el cual concluyo con la resolucion Nº 1692008-PCNM, de 19 de noviembre de 2008, por la que se dispuso la separacion del magistrado procesado MORDAZA MORDAZA del cargo de Juez Titular del Tercer Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho en razon: A) haber ejercido el cargo de magistrado, pese a que no reunia los requisitos establecidos para el mismo, toda vez que habia sido destituido del cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho; y, B) no haber puesto en conocimiento de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA su destitucion del cargo publico de Ejecutor Coactivo, habiendo ocultado dicha circunstancia manteniendose en el cargo de Juez Provisional Mixto de San MORDAZA de Miraflores; Cuarto: Que, el magistrado procesado no ha formulado descargo alguno, pese a estar debidamente notificado, tal como se aprecia de los cargos de notificacion obrantes a fojas 331, 345 y 353; Quinto: Que, del analisis de los recaudos que obran en el expediente, se advierte que mediante la resolucion Nº 177-2009-PCNM el Consejo Nacional de la Magistratura resolvio desestimar el pedido de destitucion del doctor MORDAZA MORDAZA por haber ocultado a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA el hecho de haber sido destituido del cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho y, abrir MORDAZA disciplinario por su actuacion como Juez Provisional del MORDAZA Juzgado Mixto de San MORDAZA de Miraflores de la Corte Superior de Justicia de Lima; sin embargo, se debe tener presente que la imputacion de haber permanecido en el cargo y continuar ejerciendo funciones como magistrado pese a que no reunia los requisitos por haber sido destituido del cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, fue materia de pronunciamiento en la Resolucion Nº 169-2008-PCNM, de 19 de noviembre de 2008, habiendo quedado firme la misma y, en base al MORDAZA de Non Bis In Idem, por el cual no se puede procesar y juzgar dos veces a las personas por los mismos hechos, resulta imperativo archivar el presente proceso; Por las consideraciones expuestas, estando a lo acordado por unanimidad por los senores Consejeros presentes en la sesion plenaria de 24 de junio de 2010 y, de acuerdo a lo establecido en el articulo 37º incisos b) y e) de la Ley 26397;

Articulo Unico.- Dar por concluido y archivar el MORDAZA disciplinario seguido contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez Provisional del MORDAZA Juzgado Mixto de San MORDAZA de Miraflores de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en aplicacion del MORDAZA non bis in idem., debiendo estarse a lo dispuesto por este Consejo en la Resolucion Nº 1692008-PCNM de 19 de noviembre de 2008. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARDELLA MORDAZA MAEZONO YAMASHITA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PIQUE DEL MORDAZA 595203-1

Nombran Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 035-2011-CNM MORDAZA, 28 de enero del 2011 VISTO: El Acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en sesion de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 183° de la Constitucion Politica del Peru dispone que el Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura por un periodo renovable de cuatro anos; en concordancia con lo establecido por el articulo 10° de la Ley N° 29587- Ley que modifica los articulos 10° y 15° de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y lo prescrito por el articulo 21° inciso f) de la Ley N° 26397Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, en atencion a dicha atribucion, el Consejo Nacional de la Magistratura elaboro la Directiva de Concurso para el MORDAZA de Seleccion y Nombramiento del Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ­ RENIEC, la misma que fue aprobada por Resolucion N° 402-2010-CNM del 19 de noviembre de 2010; Que, habiendo concluido las etapas del concurso publico, el Pleno del Consejo, en sesion de la fecha, procedio a la votacion nominal, conforme a lo previsto por el articulo 48° de la citada Directiva; acordando el nombramiento del senor MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA, como Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil por el periodo de cuatro anos, disponiendo la expedicion de la resolucion de nombramiento y se proceda a la proclamacion, entrega de titulo y juramentacion, en acto publico del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, en cumplimiento de dicho acuerdo y en uso de las facultades conferidas por los articulos 183° de la Constitucion Politica del Peru, y articulos 21° incisos b) y f) y 37° incisos b) y d) de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura ­ Ley N° 26397; SE RESUELVE: Primero.- Nombrar al senor MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA, Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil por el periodo de cuatro anos.

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