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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (01/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 1 de febrero de 2011 435390 CONSIDERANDO: Que, por el Artículo 7º de la Ley Nº 28933, modifi cada por la Ley Nº 29213 se crea la Comisión Especial que estará adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas y tendrá por objeto la representación del Estado en las Controversias Internacionales de Inversión, tanto en su etapa previa de trato directo, cuanto en la propia etapa arbitral o de conciliación; Que, asimismo por el artículo 11º de la citada Ley se dispone que cada una de las Entidades Públicas señaladas en el artículo 7º designará a su representante titular y a un alterno mediante resolución del Titular de la Entidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 195-2010- EF/10; se designó al señor Johnny Zas Friz Burga, como representante alterno del Ministerio de Economía y Finanzas, ante la Comisión Especial a la que se refi ere el artículo 7º de la Ley Nº 28933; Que, el citado representante ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando y por tanto es necesario aceptar la renuncia presentada, así como designar al nuevo representante institucional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y las Leyes Nº 27594, Nº 28933 y Nº 29213; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar con efectividad al 31 de diciembre de 2010, la renuncia formulada por el señor Johnny Zas Friz Burga como representante alterno del Ministerio de Economía y Finanzas ante la Comisión Especial a la que se refi ere el artículo 7º de la Ley Nº 28933, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Otto Eduardo Egúsquiza Roca como representante alterno del Ministerio de Economía y Finanzas ante la Comisión Especial a la que se refi ere el artículo 7º de la Ley Nº 28933. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a las entidades y organismos que integran la Comisión Especial y a los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 597576-1 JUSTICIA Aceptan renuncia y designan Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0014-2011-JUS Lima, 31 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0218-2010- JUS se designó al señor abogado Manuel Victoriano Arana Solís en el cargo de Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo para el cual fue designado, la misma que corresponde aceptar; Que, resulta necesario designar al funcionario que desempeñará el cargo de Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1068, que crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor abogado Manuel Victoriano Arana Solís al cargo de Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor abogado Carlos Martín Ramírez Rodríguez en el cargo de Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 597515-1 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Aprueban lineamientos y mecanismos para las transferencias directas a otorgarse en el marco del Programa Piloto de Asistencia Solidaria “Gratitud” en el Año Fiscal 2011 DECRETO SUPREMO Nº 001-2011-MIMDES EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con la información proveniente de la Encuesta Nacional de Hogares - ENAHO 2009, emitida en el mes de mayo de 2010, el 12,5% de la población de adultos a partir de los setenta y cinco (75) años de edad se encuentra en condición de extrema pobreza, y como consecuencia de ello está expuesta a riesgos de salud física y mental, defi ciente alimentación y nutrición, precariedad económica y abandono; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 059-2010, se creó el Programa Piloto de Asistencia Solidaria con el adulto mayor: “Gratitud”, dirigido a otorgar subvenciones económicas a los adultos mayores a partir de los setenta y cinco (75) años de edad en condición de extrema pobreza, de los hogares benefi ciarios del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS en los departamentos de Huancavelica, Apurímac y Ayacucho; y de Lima Metropolitana, de acuerdo a los criterios del Sistema de Focalización de Hogares - SISFOH, y que no reciban pensión, no sean afi liados al Seguro Social de Salud (ESSALUD) ni reciban benefi cios de otros programas del Estado, con excepción del Seguro Integral de Salud (SIS); Que, la Sexta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011, autoriza al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES a que, en el marco del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “Gratitud” y para el presente año fi scal, efectúe transferencias directas monetarias, a favor de los adultos mayores en condición de extrema pobreza a partir de los setenta y cinco (75) años de edad, de acuerdo a la información registrada en el Sistema de Focalización de Hogares - SISFOH; Que, asimismo, la citada disposición señala que mediante Decreto Supremo refrendado por los Ministros de la Mujer y Desarrollo Social y de Economía y Finanzas se establecerán los lineamientos y mecanismos para la transferencia directa a otorgarse, incluyendo el monto, gastos operativos, oportunidad de pago, determinación del ámbito de intervención y demás normas que resulten necesarias para su otorgamiento; Que, en ese sentido resulta necesario dictar las normas que regulen el otorgamiento de las transferencias directas monetarias a ser efectuadas durante el año fi scal 2011, en el marco del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “Gratitud”; De conformidad con el numeral 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley