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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 1 de febrero de 2011 435406 Artículo 5º.- La titular está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución, las cuales sólo podrán ser modifi cadas previa autorización de este Ministerio. En caso de aumento de potencia, éste podrá autorizarse hasta el máximo establecido en el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas. En caso de disminución de potencia y/o modifi cación de ubicación de estudios, no obstante no requerirse de aprobación previa, la titular se encuentra obligada a comunicarlo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. Artículo 6º.- Conforme a lo establecido en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, la titular adoptará las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estación de radiodifusión que se autoriza no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Artículo 7º.- Serán derechos y obligaciones de la titular de la autorización otorgada, los consignados en los artículos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, así como los señalados en la presente Resolución. Artículo 8º.- La autorización a que se contrae el artículo 1º de la presente Resolución podrá renovarse por igual período. La renovación podrá solicitarse hasta el día del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado artículo 1º. Sin embargo, dicha solicitud también se entenderá presentada si a la fecha del término de la vigencia de la autorización la titular se encuentra operando y al día en sus pagos o cuente con solicitud o con fraccionamiento vigente. La renovación se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 9º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 10º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modifi catorias y complementarias que se expidan. Artículo 11º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 596329-1 ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ Designan Directora General de la Oficina de Asesoría Legal de la Biblioteca Nacional del Perú RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 014-2011-BNP Lima, 31 de enero de 2011 El Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, VISTO, la Carta de Renuncia de fecha 28 de enero del 2011, emitido por el Abogado Francisco José Rivera Chipana, Director General de la Ofi cina de Asesoría Legal, y; CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Perú es un Organismo Público Ejecutor, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, por el cual se aprobó la califi cación de Organismos Públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, la Biblioteca Nacional del Perú es un Organismo Público Ejecutor que se encuentra adscrito al Ministerio de Cultura, en concordancia con el artículo 11º de la Ley Nº 29565 “Ley de Creación del Ministerio de Cultura” y con lo dispuesto por el inciso a) del artículo único de la Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC “Decreto Supremo que aprueba fusiones de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura”; Que, mediante la Resolución Directoral Nacional Nº 205-2010-BNP, de fecha 13 de diciembre de 2010, se designó al Abogado Francisco José Rivera Chipana, en el cargo de Director General de la Ofi cina de Asesoría Legal de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia y se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargos de confi anza; en concordancia con lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, dispone que la designación de funcionarios de cargo de confi anza se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público – Decreto Legislativo Nº 276 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM, Ley Nº 29565 “Ley de Creación del Ministerio de Cultura”, el Decreto Supremo Nº 001-2010-MC “Decreto Supremo que aprueba fusiones de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura”, y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR ACEPTADA la renuncia, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, la designación del Abogado Francisco José Rivera Chipana, en el cargo de Director General de la Oficina de Asesoría Legal de la Biblioteca Nacional del Perú, agradeciéndole por el servicio brindado. Artículo Segundo.- DESIGNAR, a partir del 01 de febrero del 2011, a la Abogada Selina Nieves Perales Huayascache, como Directora General de la Oficina de Asesoría Legal de la Biblioteca Nacional del Perú. Nivel Remunerativo F-4, cargo considerado de confianza. Artículo Tercero.- Publicar la presente en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web Institucional (http:// www.bnp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAMÓN ELÍAS MUJICA PINILLA Director Nacional Biblioteca Nacional del Perú 597541-1