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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (02/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de febrero de 2011 435503 por Decreto Legislativo Nº 1017, y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modifi catorias, establecen las reglas y parámetros legales que deberán considerar las entidades aludidas en el artículo 3º de la citada Ley, a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 5º del referido Decreto Legislativo, se prescribe que el titular de la entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la Ley de Contrataciones del Estado; Que, el último párrafo del artículo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprobó la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modifi catorias, prescribe que el titular de la entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la Ley le otorga, excepto en la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de ofi cio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establecen en el presente Reglamento; Que, con la fi nalidad de garantizar una adecuada gestión en la ejecución de las adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras que van a permitir que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo pueda cumplir con las funciones y competencias señaladas en la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y con la programación de las metas institucionales para el ejercicio fi scal 2011, por lo que resulta pertinente delegar determinadas funciones asignadas al titular del Pliego; Con las visaciones del Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Ofi cina General de Administración, y de la Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo; el artículo 72º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004- 2010-TR; la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Delegación de facultades al Secretario General Delegar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el ejercicio fi scal 2011, las siguientes facultades y atribuciones respecto a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo - Ofi cina de Administración: a) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités especiales de los procesos de selección, dentro de los parámetros establecidos en la normatividad de contrataciones del estado; b) Designar al comité especial cuando el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo actúe en compras corporativas facultativas como entidad encargada, dentro de los parámetros establecidos en la normatividad de contrataciones del estado. El Secretario General está obligado a dar cuenta mensualmente al Despacho Ministerial, respecto de sus actuaciones derivadas de esta delegación de facultades. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 598143-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan Transferencias Financieras del Ministerio a favor de diversos Gobiernos Regionales, para cofinanciar la ejecución del Programa de Caminos Departamentales - PCD RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 071-2011-MTC/01 Lima, 28 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 613-2010-MTC/01 de fecha 28 de diciembre de 2010, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2011 del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual comprende entre otras unidades ejecutoras a Provías Descentralizado; Que, Provías Descentralizado mediante Memorando Nº 076-2011-MTC/21 e Informe Nº 003-2011-MTC/21.UGDI solicita gestionar el dispositivo legal que permita realizar transferencias fi nancieras a los Gobiernos Regionales, con cargo a los Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, provenientes del Acuerdo de Préstamo Nº 7322-PE y el Contrato de Préstamo Nº 1657/OC-PE, suscritos con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, respectivamente, para cofi nanciar el Programa de Caminos Departamentales - PCD, cuyo objetivo principal es apoyar la descentralización vial, mediante el desarrollo de las capacidades técnicas e institucionales de los Gobiernos Regionales; Que, el Contrato de Préstamo y el Acuerdo de Préstamo antes mencionados, señalan que la ejecución del referido Programa se lleva a cabo de conformidad con los términos y condiciones establecidos en los contratos y en el Manual de Operaciones del Programa, acordado entre el organismo ejecutor y los Bancos; Que, el inciso (ii) del numeral 4.1.3.1 del Manual de Operaciones del Programa de Caminos Departamentales – PCD, versión ajustada a enero de 2007, que cuenta con la no objeción del BID y BIRF, y aprobado por Resolución Directoral Nº 304-2007-MTC/21, establece que Provías Descentralizado aplicará la modalidad de ejecución presupuestal “Transferencias Financieras entre pliegos presupuestarios”, las que serán autorizadas por el Titular del Pliego; Que, el literal b) del artículo 16 de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que dentro de las transferencias fi nancieras permitidas entre entidades durante el año fi scal 2011, se encuentra las que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones ofi ciales de crédito, celebrados en el marco de la normatividad vigente; Que, de acuerdo a los Convenios Financieros 2011 para el Programa de Caminos Departamentales, celebrados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de Provías Descentralizado, con los Gobiernos Regionales de Amazonas, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna y Tumbes, el monto total a transferir asciende a Ciento Cinco Millones Trescientos Cuarenta y Tres Mil Ochocientos Cincuenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles (S/. 105 343 855,00); Que, en tal sentido es necesario autorizar transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales mencionados, hasta por el monto señalado, para ser destinados sólo a los fi nes indicados en los