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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (02/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de febrero de 2011 435496 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Documento Técnico: “Evaluación y Califi cación de la Invalidez por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El mencionado Documento Técnico será de aplicación en los establecimientos de salud del Sector Salud y demás actores que participan en el proceso de evaluación y califi cación de la naturaleza y grado de invalidez por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, de los trabajadores con derecho a cobertura por el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. Artículo 3º.- La Dirección General de Salud de las Personas, en coordinación con el Instituto Nacional de Rehabilitación “Adriana Rebaza Flores”, es responsable de la difusión del citado Documento Técnico. Artículo 4º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud publique la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 597524-2 Aprueban Norma Técnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 070-2011/MINSA Lima, 28 de enero del 2011 Visto el Expediente N° 011-000773-001, que contiene el Memorándum N° 020-2011-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas, e Informe Nº 008-2011-OGAJ/MINSA, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 24° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, señala que la Dirección General de Salud de las Personas es el órgano técnico-normativo en los procesos relacionados a la atención integral de la salud de la persona, categorización y acreditación de los servicios de salud y la gestión sanitaria; Que, el literal a) del artículo 41° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, dispone que la Dirección General de Salud de las Personas es el órgano técnico-normativo encargado entre otras funciones la de proponer las políticas de salud, prioridades sanitarias y estrategias de atención de salud de las personas y el modelo de atención integral de salud, con alcance sectorial e institucional; Que, por Resolución Ministerial N° 457-2009/MINSA, del 09 de julio de 2009, se aprobó la Norma Técnica de Salud N° 080-MINSA/DGSP-V:01: Esquema Nacional de Vacunación, con el objetivo de establecer un esquema ordenado de vacunación a nivel nacional, facilitar las intervenciones de inmunizaciones y contribuir a mejorar el nivel de salud de la población mediante el control de enfermedades inmunoprevenibles; Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Salud de las Personas, ha remitido para su aprobación la versión actualizada de la citada Norma Técnica de Salud que establece el “Esquema Nacional de Vacunación”; que incluye la vacuna contra el Virus de Papiloma Humano, y precisa nuevas consideraciones para la vacunación contra el Neumococo en el país; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; De conformidad con lo establecido en el literal l) del artículo 8° de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la NTS N° 080-MINSA/DGSP- V.02: “Norma Técnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunación”, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Designar como voceros en la difusión de la presente Norma Técnica de Salud a los siguientes profesionales de salud: - Dr. Carlos Eduardo Verne Martin, Presidente del Comité Consultivo de la Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones. - Dr. Herminio Renan Hernández Díaz, Presidente del Comité Revisor de ESAVIs. - Dra. Carmen Cecilia Ayón Dejo, Miembro de la Sociedad Científi ca de Síndrome Down. - Dra. Virginia Garaycochea Cannon, Representante del Colegio Médico del Perú. - Dra. Lucy del Carpio Ancaya, Coordinadora Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Sexual y Reproductiva. - Dr. Adolfo Federico Rechkemmer Prieto, Representante de la Sociedad Peruana de Ginecología y Obstetricia. - Dr. Miguel Alberto Gutierrez Ramos, Representante de la Comisión de Alto Nivel de Salud Sexual y Reproductiva del Colegio Médico del Perú. - Dr. Carlos Santos Ortiz, Representante del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas. - Dra. Carmen Victoria González Falla, Representante de la Sociedad de Ginecología y Obstetricia. - Mag. Julio Mendigure Fernández, Decano del Colegio de Enfermeros del Perú. - Lic. Edelinda Agueda Tolentino Soriano, miembro del Comité Consultivo de la Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones, como representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – Programa Nacional Wawa Wasi. - Lic. María Ana Mendoza Araujo, Coordinadora Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones. Artículo 3°.- La Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones, es responsable de la implementación de la presente Norma Técnica de Salud. Artículo 4°.- Las Direcciones Generales, Ofi cinas Generales y Organismos Públicos del Ministerio de Salud, así como los integrantes del Comité Técnico Permanente de la Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones son responsables de la planifi cación, organización, ejecución, evaluación, seguimiento y monitoreo de las actividades de inmunizaciones, según corresponda a sus funciones y competencias en el ámbito nacional y regional, para asegurar el cumplimiento del mencionado Esquema Nacional de Vacunación. Artículo 5°.- Las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales de Salud y las que hagan sus veces en el nivel regional, a través de las Direcciones Ejecutivas de Salud de las Personas, serán responsables del cumplimiento de la presente Norma Técnica de Salud y deberán garantizar el fi nanciamiento de los gastos operativos que demanden las actividades de inmunizaciones en el ámbito de sus jurisdicciones. Artículo 6°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 457-2009/MINSA, que aprobó la Norma Técnica de Salud N° 080-MINSA/DGSP-V.01. Artículo 7º.- La Ofi cina General de Comunicaciones dispondrá la publicación de la presente Norma Técnica de Salud en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la