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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de febrero de 2011 435494 CONSIDERANDO: Que, el “Alcance de Trabajo para el Estudio para el Fortalecimiento de Capacidades de la Evaluación de Planes de Cierre de Minas, acordado entre el Gobierno de la República del Perú, representado por el Ministerio de Energía y Minas y la Agencia de Cooperación Internacional del Japón”, fue suscrito el 21 de diciembre de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Alcance de Trabajo para el Estudio para el Fortalecimiento de Capacidades de la Evaluación de Planes de Cierre de Minas, acordado entre el Gobierno de la República del Perú, representado por el Ministerio de Energía y Minas y la Agencia de Cooperación Internacional del Japón”, suscrito el 21 de diciembre de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de febrero del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 598212-5 Ratifican Acuerdo suscrito con la Confederación Suiza relativo al Programa “Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa (APOMIPE)” Fase Nº 1 DECRETO SUPREMO Nº 016-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo entre la Confederación Suiza, Representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, Representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) Relativo al Programa “Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa (APOMIPE)” Fase Nº 1 con vigencia del 1 de marzo de 2005 al 29 de febrero de 2008, fue suscrito el 7 de abril de 2005, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre la Confederación Suiza, Representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, Representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) Relativo al Programa “Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa (APOMIPE)” Fase Nº 1 con vigencia del 1 de marzo de 2005 al 29 de febrero de 2008, suscrito el 7 de abril de 2005, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de febrero del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 598212-6 Ratifican Enmienda al Acuerdo suscrito con la Confederación Suiza relativo al Programa “Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa (APOMIPE)” DECRETO SUPREMO N° 017-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Enmienda al Acuerdo entre la Confederación Suiza, Representada por la Embajada de Suiza- Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, Representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores – Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) Relativo al Programa “Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa (APOMIPE)”, fue suscrita el 9 de octubre de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la Enmienda al Acuerdo entre la Confederación Suiza, Representada por la Embajada de Suiza-Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, Representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores – Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) Relativo al Programa “Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa (APOMIPE)”, suscrita el 9 de octubre de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de febrero del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 598212-7