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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de febrero de 2011 435497 dirección: http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/ normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 597524-3 Constituyen Comisión Sectorial de Gestión del Riesgo de Desastres en Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 071-2011/MINSA Lima, 28 de enero del 2011 Visto el Expediente Nº 10-099222-001, que contiene el Informe Nº 001-2011-KGC-OTPDN-OGDN/MINSA de la Ofi cina General de Defensa Nacional; CONSIDERANDO: Que, dentro del Marco de Acción de Hyogo para 2005-2015: Aumento de la resiliencia de las naciones y las comunidades ante los desastres, realizado en la Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre la Reducción de los Desastres, llevada a cabo en Kobe Hyogo – Japón en el año 2005, se planteó como una acción prioritaria, velar por que la reducción de los riesgos de desastre constituya una prioridad nacional y local dotada de una sólida base institucional de aplicación, estableciéndose como una actividad esencial de la misma, apoyar la creación y el fortalecimiento de mecanismos nacionales integrados para la reducción de los riesgos de desastres; Que, el Informe de Síntesis Cambio Climático 2007 del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), describe al sector salud (salud humana) como uno de los sistemas que probablemente resulten especialmente afectados por el cambio climático, en áreas de escasa capacidad adaptativa; Que, el Acuerdo Nacional, ha incorporado dentro del Cuarto Objetivo: Estado efi ciente, transparente y descentralizado, la 32º Política de Estado: Gestión del Riesgo de Desastres, con la fi nalidad de proteger la vida, la salud y la integridad de las personas, así como el patrimonio público y privado, promoviendo y velando por la ubicación de la población y sus equipamientos en las zonas de mayor seguridad, reduciendo las vulnerabilidades con equidad e inclusión, bajo un enfoque de procesos que comprenda: la estimación y reducción del riesgo, la respuesta ante emergencias y desastres y la reconstrucción; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 266-2010- INDECI, se aprueban los nuevos procesos del Sistema Nacional de Defensa Civil – SINADECI denominados: Estimación de Riesgos, Reducción de Riesgos, Respuesta y Reconstrucción, así como sus respectivos subprocesos; Que, el Perú al encontrarse ubicado en la región central y occidental de América del Sur, presenta una geografía y clima variable y agreste, expuesto a grandes fenómenos naturales como el fenómeno “El Niño”, huaycos, lluvias torrenciales, heladas, sequías, terremotos y maremotos así como emergencias sanitarias, los mismos que son en muchos casos recurrentes y requieren un monitoreo permanente; Que, el literal b) del artículo 24º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, establece que la Ofi cina General de Defensa Nacional es el órgano encargado de proponer y difundir las normas, directivas, metodologías e instrumentos para la defensa nacional y gestión del riesgo en el Sector Salud; Que, resulta necesario impulsar como parte de las acciones prioritarias del Ministerio de Salud, la inclusión de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres en el sector salud, a fi n de garantizar adecuados resultados sanitarios posteriores a un evento adverso; Que, para implementar dicha Política Nacional, es necesario que el Ministerio de Salud conforme una Comisión Sectorial que articule los esfuerzos de las diferentes dependencias de salud y proponga la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres en Salud; Estando a lo propuesto por la Ofi cina General de Defensa Nacional; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; De conformidad con lo previsto en el literal I) del Artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir la Comisión Sectorial de Gestión del Riesgo de Desastres en Salud, la cual estará conformada por los siguientes miembros: - La Viceministra de Salud, quien la presidirá; - El Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional o su representante, quien realizará las funciones de secretario técnico; - El Responsable de la Ofi cina de Descentralización o su representante; - El Director General de la Dirección General de Salud de las Personas o su representante; - El Director General de la Dirección General de Promoción de la Salud o su representante; - El Director General de la Dirección General de Epidemiología o su representante; - El Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas o su representante; - El Director General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento o su representante; - El Director General de la Dirección General de Salud Ambiental o su representante; - El Director General de la Ofi cina General de Administración o su representante; - El Director General de la Ofi cina General de Comunicaciones o su representante; - El Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto o su representante; - El Director General de la Ofi cina General de Estadística e Informática o su representante; - El Jefe del Seguro Integral de Salud o su representante; - El Jefe del Instituto Nacional de Salud o su representante; La Comisión Sectorial podrá invitar como miembros a representantes de las Organizaciones Nacionales que estén desarrollando acciones de Gestión del Riesgo de Desastres en Salud y otros técnicos que considere necesario para la realización de sus funciones. Artículo 2º.- La Comisión Sectorial de Gestión del Riesgo de Desastres en Salud, tendrá las siguientes funciones: - Elaborar la propuesta de Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres en Salud. - Coordinar con los diferentes niveles de gobierno la adopción de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres en Salud; así como su implementación y desarrollo a través de los siguientes procesos: a) Estimación de Riesgo en salud b) Reducción de Riesgo de Desastres en salud c) Respuesta y Rehabilitación en salud. d) Reconstrucción.