Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2011 (16/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, la MORDAZA Disposicion Final y Transitoria del referido Reglamento Operativo del Componente de Mercancias Restringidas, senala que la VUCE entrara en funcionamiento, al dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial "El Peruano", de la lista de los procedimientos administrativos que deben tramitarse a traves de la misma, la cual sera aprobada mediante Resolucion Ministerial del MINCETUR, precisandose que por la misma via se iran incorporando progresivamente a dicha lista los nuevos procedimientos administrativos cuando corresponda; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 1372010-MINCETUR/DM, se aprobo la relacion inicial de procedimientos administrativos que se tramitaran a traves de la Ventanilla Unica de Comercio Exterior; Que, por Resoluciones Ministeriales Nos. 233 y 261-2010-MINCETUR/DM, se aprobo la ampliacion de la relacion de procedimientos administrativos que se tramitaran a traves de la Ventanilla Unica de Comercio Exterior; Que, de acuerdo a las Actas de Conformidad Nº 2010-009-DGM, 2010-011-DGM, 2010-012-DGM, 2010013-DGM, 2010-014-DGM, 2010-015-DGM, 2010-016DGM, 2010-017-DGM, 2010-018-DGM, 2010-019-DGM, 2010-020-DGM, 2010-021-DGM, se ha certificado los procedimientos administrativos de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud que se tramitaran a traves de la Ventanilla Unica de Comercio Exterior; Que, corresponde incorporar a la lista publicada mediante Resolucion Ministerial Nº 137-2010-MINCETUR/ DM modificada por las Resoluciones Ministeriales Nos. 233-2010-MINCETUR/DM y 261-2010-MINCETUR/DM,

los procedimientos administrativos nuevos cuya correcta operacion en la VUCE ha sido certificada mediante las Actas de conformidad senaladas en el considerando anterior; De conformidad con la Ley N° 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27790 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR y el Decreto Supremo N° 010-2010-MINCETUR, que establece disposiciones referidas a la Ventanilla Unica de Comercio Exterior y aprueba el Reglamento Operativo de su componente de mercancias restringidas; De acuerdo con los documentos del Visto; y, Con la visacion del Viceministro de Comercio Exterior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la ampliacion de la relacion de procedimientos administrativos que se tramitan a traves de la Ventanilla Unica de Comercio Exterior, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 137-2010-MINCETUR/DM, mediante la inclusion de veintiun (21) procedimientos administrativos que se detallan en el anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 3 paginas o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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