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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (16/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de febrero de 2011 436246 nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el literal i) del Artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2002-SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la encargatura conferida mediante el Artículo 3° de la Resolución Jefatural N° 003-2011/SIS, al médico cirujano Pedro Fidel Grillo Rojas. Artículo 2°.- Designar al médico cirujano Pedro Grillo Rojas, en el cargo de Gerente de Operaciones - CAP N° 084, del Seguro Integral de Salud. Artículo 3°.- Al término de su designación, el citado profesional retornará a su plaza de origen. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO HUARACHI QUINTANILLA Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud 603654-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Autorizan viaje de trabajadora de la Sunat para participar en la ronda de negociaciones para la suscripción de Convenio entre Perú y Portugal RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 038-2011/SUNAT Lima, 15 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que mediante Ofi cio N.° 026-2011-EF/15.01 de fecha 4 de febrero 2011, el Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT para participar en la Primera Ronda de Negociaciones para la suscripción del Convenio para Evitar la Doble Imposición Tributaria y Prevenir la Evasión Fiscal entre Perú y Portugal, a realizarse en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, del 21 al 24 de febrero de 2011; Que el objetivo principal de la negociación del citado Convenio es el fortalecimiento de las relaciones bilaterales en los ámbitos económicos, fi nancieros, comerciales y de inversiones entre ambos países; asimismo permitirá enfrentar el problema de la doble imposición internacional en relación al Impuesto a la Renta; posibilitará la colaboración entre las Administraciones Tributarias con el fi n de enfrentar la evasión y la elusión fi scal; y procurará consolidar bilateralmente un marco normativo predecible y seguro, generando un ambiente más favorable para los inversionistas; Que a través del Decreto Ley N.° 25883 se autorizó al Ministro de Economía y Finanzas a negociar y suscribir con terceros países, en representación del Gobierno Peruano, convenios bilaterales para evitar la doble imposición y prevenir la evasión tributaria; Que al amparo de la citada norma legal, mediante Resolución Ministerial N.° 426-2009-EF-10 de fecha 21 de setiembre de 2009, se designaron entre otros representantes del Ministro de Economía y Finanzas, a efectos de intervenir en las negociaciones, así como en los asuntos relacionados con la suscripción y aplicación de los Convenios para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal, a dos (2) funcionarios de la SUNAT designados por el Superintendente Nacional de Administración Tributaria; Que al respecto, mediante Ofi cio N.° 374-2009- SUNAT/200000, la SUNAT designó como sus representantes a las señoras Nancy Aguirre Arredondo y Rosario Egúsquiza Paredes, profesionales de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario y de la Intendencia Nacional Jurídica, respectivamente, para los fi nes a que se contrae el párrafo precedente; Que en tal sentido, se ha estimado conveniente la participación de la señora Nancy Aguirre Arredondo, Profesional III de la Gerencia de Programación y Gestión de Fiscalización de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario, en la citada ronda de negociaciones; Que el literal a) del numeral 10.1 del Artículo 10° de la Ley N.° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que en consecuencia, siendo de interés para el país, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de la citada trabajadora del 19 al 25 de febrero de 2011; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos. 27619 y 29626, y el Decreto Supremo N° 047-2002- PCM; y en uso de las facultades conferidas por el literal u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señora Nancy Aguirre Arredondo, Profesional III de la Gerencia de Programación y Gestión de Fiscalización de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario, del 19 al 25 de febrero de 2011, a la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de 2011 de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señora Nancy Aguirre Arredondo Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 758,66 Viáticos US$ 1 560,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada trabajadora deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la trabajadora cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 603644-1