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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (20/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de febrero de 2011 437394 pueda formular tacha contra cualquiera de los candidatos a representantes ante el Parlamento Andino, dentro de los tres días naturales siguientes a su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Por tanto, el Pleno del Jurado Electoral Especial de LIMA CENTRO, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de inscripción del candidato HECTOR FIDEL ROJAS RODRIGUEZ ordenándose su exclusión de la lista de candidatos para Representantes al Parlamento Andino presentada por el Partido Político FUERZA 2011, con motivo de participar en las Elecciones Generales del año 2011. Artículo Segundo.- ADMITIR y DISPONER la publicación de la lista de candidatos a representantes ante el Parlamento Andino presentada por el partido político FUERZA 2011, con motivo de participar en las Elecciones Generales del año 2011, siendo los integrantes de la lista: LISTA DE CANDIDATOS A REPRESENTANTES ANTE EL PARLAMENTO ANDINO Nº de candidato DNI APELLIDOS Y NOMBRES 1 08262531 REY REY, RAFAEL 2 09148804 SAENZ CARRASCO, FRANKO ENRIQUE GUILLERMO 3 09382798 SILVA DAVILA, JORGE LUIS 4 06850835 GUEVARA BADILLO, MARIA CARMEN 5 10798955 MÜLLER AQUINO, ERIKA VANESSA 6 20015102 CUESTAS MENESES, CESAR AUGUSTO 7 06997297 RUIZ HUIDOBRO CUBAS, MANUEL EDUARDO 8 07276782 CORZO PARDO, RAMIRO ALFONSO 9 09877785 GONZALEZ CHOCANO, JOSE SANTOS 10 05259259 FARTOLINO PIMENTA, JAIME 11 09165205 VELA DURAND, JOSE LUIS 12 06653512 JUSCAMAITA ARANGÜENA DE CALMELL DEL SOLAR, ANA MARIA 13 08786983 FERREYROS KUPPERS MARIA CECILIA 14 EXCLUIDO 15 07827567 LILIANA ANA MARIA CHECA YABAR DE COSTA Artículo Tercero.- REMITIR la presente Resolución a la Ofi cina Descentralizada de Procesos Electorales. Artículo Cuarto.- OFICIESE al Diario Ofi cial “El Peruano” a fi n de que publique por una sola vez la presente resolución, bajo responsabilidad funcional, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 29091. Artículo Quinto.- AUTORICESE al Técnico Asistente Informático – TAI de este JEE a fi n de que proceda en coordinación con la Dirección Nacional de Registro Estadístico del Jurado Nacional de Elecciones a realizar las modifi caciones e ingresar las observaciones a que hubiera lugar en las Declaraciones Juradas de Vida de los candidatos a través del Sistema de Personeros, Candidatos y Observadores Electorales –PECAOE, según lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO ANTONIO MOLINA ORDOÑEZ Presidente CLAUDIA VIRGINIA MENDOZA YARASCA Primer miembro CARLOS BERNABE SOLIS VELA Segundo miembro JUAN MARTIN VELIZ ESCOBAR Secretario 605121-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Declaran de interés regional la formulación de políticas para la prevención y erradicación de la violencia familiar y sexual de las mujeres, niñas y adolescentes en la Región Ancash ORDENANZA REGIONAL Nº 04 - 2010- REGION ANCASH/CR. El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Consejo Regional es el máximo Órgano del Gobierno Regional de Ancash, es autónomo en el ejercicio de sus funciones, ejerce su función normativa a través de la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos Regionales, a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, concordante con la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias Leyes Nºs 27902, 28968 y 29053; Que, el Gobierno Regional de Ancash, al amparo de las políticas del Acuerdo Nacional y el inciso c) del artículo 60° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, formular políticas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevención de la violencia política, familiar y sexual; Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2007- PCM, se establece las políticas nacionales en materia de igualdad de hombres y mujeres, entre las cuales de señala el impulsar en la sociedad, en sus acciones y comunicaciones, la adopción de valores, prácticas y actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminación de las mujeres y la erradicación de la violencia familiar y sexual; Que, en concordancia con las recomendaciones, convenciones y declaraciones de carácter internacional, aprobadas y suscritas por le Estado Peruano entre las que tenemos: La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), la Recomendación General N° 19 del 11° Grupo de Sesiones de la ONU, Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (Resolución de Asamblea General 48/104 del 20-12-1993 de la ONU, Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belem do Para” (1984); Que, mediante Ordenanza Regional N° 04-2007- REGION ANCASH/CR. se Conforman el Comité Regional sobre Igualdad de Oportunidades y Equidad de Género en la región Ancash; con Ordenanza Regional N° 010-2007- REGION ANCASH/CR., se Crea el Consejo Regional de la Mujer, como órgano representativo de la sociedad civil, adscrito a la Gerencia de Desarrollo Social; mediante Ordenanza Regional N° 012-2007-REGION ANCASH/ CR., se Declara una de las prioridades del Desarrollo Social Regional del Gobierno regional de Ancash, la promoción de los derechos al Nombre y a la Identidad; con Ordenanza Regional N° 017-2007-REGION ANCASH/CR., se Declara de Prioridad la Erradicación del Analfabetismo en la Región Ancash, durante los años 2007 – 2010, con el propósito de reducir sustancialmente la tasa de analfabetismo existente en la región; con Ordenanza