TEXTO PAGINA: 18
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de febrero de 2011 437402 para el encargo de las funciones de Jefe de la Unidad de Ejecución Coactiva; Que, a fi n de garantizar la continuidad y normal funcionamiento de la unidad orgánica antes indicada, es necesario encargar las funciones de Jefe de la Unidad de Ejecución Coactiva, al funcionario correspondiente; Que, el Artículo 82° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, señala que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva, compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor (...);” y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 6) y 17) del Artículo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades,; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR, a don LUIS MANUEL CONDORI BARRIENTOS, las funciones de EJECUTOR COACTIVO Y JEFE DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN COACTIVA, por el período comprendido del 16 de febrero al 16 de mayo del 2011, con retención de su cargo de Auxiliar Coactivo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La Ofi cina de Administración Tributaria efectuará las acciones administrativas correspondientes a fi n de que ofi cie al Banco de la Nación, y demás entidades bancarias y fi nancieras, a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP), Policía Nacional del Perú, Ministerio Publico, Poder Judicial, y demás Entidades que correspondan de acuerdo a ley. Artículo Tercero.- Encargar a la Ofi cina de Administración y Finanzas, y la Unidad de Recursos Humanos, y la Ofi cina de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 604814-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Fijan montos de remuneración de alcaldesa y de dieta de regidores de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2011-MPC Cañete, 24 de enero de 2011 Visto; En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de enero de 2011, el pedido de fi jar el sueldo de la Alcaldesa y dieta de los señores regidores de la Municipalidad Provincial de Cañete; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo al inciso 28 del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el Art. 12º del mencionado cuerpo de leyes, el Concejo Municipal tiene como atribución, fi jar el sueldo de Alcalde y la dieta de los regidores, dentro del primer trimestre del primer año de gestión; Que, según el Decreto Supremo Nº025-2007-PCM determina y detalla los parámetros para el sueldo del Alcalde como ingreso máximo mensual, que debe ser fi jado por el Concejo Municipal de acuerdo a la proporción de la población electoral de su circunscripción según información emitida por la RENIEC; Que, las dietas que corresponden a los regidores municipales por asistencia efectiva a las sesiones de cada mes, en ningún caso el total de las mismas podrán superar el total del 30% de los ingresos mensuales por todo concepto que perciba el Alcalde Provincial; Que, es de opinión de los señores regidores determinar el sueldo de la señora Alcaldesa y la dieta de los señores regidores, proponiéndose que sea igual a lo que venía percibiendo la anterior gestión municipal; Estando a lo expuesto, con las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime de los señores regidores y, con la dispensa del trámite de aprobación del Acta; SE ACORDO: Artículo 1º.- Fijar el sueldo de la señora Alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Cañete, en la cantidad de S/ 7,800.00 (SIETE MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES ) ratifi cando el Acuerdo de Concejo Nº 03-2009-MPC de fecha 09 de enero de 2009, que fi jó la remuneración del señor Alcalde de ese entonces. Artículo 2º.- Fijar el monto por concepto de dieta a los señores Regidores de la Municipalidad Provincial de Cañete, por cada sesión, el monto de S/ 1,170.00 (UN MIL CIENTO SETENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), hasta por dos sesiones al mes que equivalen al monto de S/ 2,340.00 (DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y 00 /100 NUEVOS SOLES), ratifi cando el Acuerdo de Concejo Nº 03-2009-MPC de fecha 09 de enero de 2009. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente acuerdo de concejo, en el diario ofi cial El Peruano por un solo día. Asimismo, encargar a la Gerencia de Administración accionar lo conveniente para el cumplimiento del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARIA M. MONTOYA CONDE Alcaldesa 604720-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL