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El Peruano Lima, domingo 20 de febrero de 2011 437403 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Proyecto de resolución que aprueba la modificación de la norma “Precios a Nivel Generación y Mecanismo de Compensación entre Usuarios Regulados” proyecto de modifi cación; así como la presentación de la propuesta fi nal al Consejo Directivo de OSINERGMIN. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° XXX-2011-OS/CD Lima, … de ……… de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 29º de la Ley N° 28832 se crea el Precio a Nivel Generación para los consumidores fi nales de electricidad localizados en el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) y que son sujetos a regulación de precios por la energía o potencia que consumen. Dicho precio es calculado como el promedio ponderado de los Contratos sin Licitación y los Contratos resultantes de Licitaciones. Asimismo, dispone el establecimiento de un mecanismo de compensación entre Usuarios Regulados del SEIN, con la fi nalidad que el Precio a Nivel Generación sea único, excepto por las pérdidas y la congestión de los sistemas de transmisión; Que, mediante Decreto Supremo N° 019-2007-EM se aprobó el “Reglamento del Mecanismo de Compensación entre los Usuarios Regulados del SEIN”; Que, OSINERGMIN aprobó la norma “Precios a Nivel Generación y Mecanismo de Compensación entre Usuarios Regulados”, mediante la Resolución N° 180- 2007-OS/CD (en adelante “Norma PNG”). Dicha norma fue posteriormente modifi cada por las Resoluciones OSINERGMIN Nº N° 636-2007-OS/CD, 638-2008-OS/CD y 164-2009-OS/CD; Que, mediante Ofi cio Nº 807-2010-GART remitido a las empresas distribuidoras del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional, se les requirió remitir, de considerarlo conveniente, sus sugerencias de mejora a la Norma PNG, toda vez que desde que se publicó dicha norma, han sucedido modifi caciones al marco general para la determinación de las tarifas eléctricas; Quie, dentro del plazo establecido en dicho Ofi cio, las empresas Edelnor S.A.A., Electro Pangoa S.A., Luz del Sur S.A., Electrocentro S.A. y Electro Sur S.A., remitieron sus sugerencias de modifi cación a la Norma PNG; Que, asimismo, atendiendo al numeral 4 del contrato de conseción recibido mediante Ofi cio N° 093/2009/JP- ELEC-DAT-PROINVERSIÓN corresponde efectuar precisiones sobre la aplicación del factor de incentivo a la contratación previsto en la Ley N° 28832 para el caso de los contratos fi rmados como resultado de la “Licitación Pública Internacional para la entrega de Concesiones de Suministro de Energía Eléctrica destinada al Servicio Público de Electricidad” realizada por PROINVERSION en el año 2009; Que, luego del análisis de las sugerencias recibidas, se elaboró el proyecto de resolución que aprueba la modifi cación de la Norma PNG, el cual fue prepublicado mediante Resolución Nº xxx-2011-OS/CD, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. En dicha resolución se estableció un plazo de quince (15) días calendarios a fi n que los particulares presentaran sus opiniones y sugerencias al proyecto de norma; Que, los comentarios y sugerencias presentados al proyecto de norma publicado, han sido analizados en los Informes N° …-2011-GART y N° …-2011-GART, RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° 025-2011-OS/CD Lima, 17 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, constituye requisito para la aprobación de los reglamentos y normas de alcance general que dicte el Organismo Regulador, dentro de su ámbito de competencia, que sus respectivos proyectos hayan sido prepublicados en el Diario Ofi cial El Peruano, por un plazo no menor de 15 días calendario, a fi n de que los interesados presenten sus opiniones y sugerencias a la misma, sin que ello tenga carácter vinculante ni dé lugar a procedimiento administrativo; Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, corresponde publicar en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web de OSINERGMIN el proyecto de resolución que aprueba la modificación de la norma “Precios a Nivel Generación y Mecanismo de Compensación entre Usuarios Regulados”, aprobada con Resolución OSINERGMIN Nº 180-2007-OS/CD; Que, se han emitido el Informe 0056-2011-GART y el Informe N° 060-2011-GART de la División de Generación y Transmisión y de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el numeral 4 del Artículo 3°, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modifi catorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe, del proyecto de resolución que aprueba la modifi cación de la norma “Precios a Nivel Generación y Mecanismo de Compensación entre Usuarios Regulados”, aprobada con Resolución OSINERGMIN Nº 180-2007-OS/CD. Artículo 2°.- Establecer un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, a fi n que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria ubicada en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía fax al número telefónico 2240491, o vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: proyectoPNG@ osinerg.gob.pe. El último día del plazo, sólo se recibirán comunicaciones hasta las 18:00, ya sea de modo físico, vía fax, Internet o cualquier otro medio. La recepción de las opiniones y sugerencias estará a cargo de la Srta. Ana Rosa Vallejos Cordero. Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN, el análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten respecto al PROYECTO