Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2011 (23/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de febrero de 2011

Articulo 36°.- El Gerente Municipal, funcionarios y/o servidores publicos citados tienen la obligacion de asistir a las Sesiones de Concejo correspondiente bajo responsabilidad. El MORDAZA puede hacer participar en la Sesion al Gerente Municipal y/u otro funcionario, quienes tendran derecho a voz pero no a voto; pudiendo el MORDAZA y/o los regidores, con anuencia del Concejo, llamar a los demas servidores, asesores de la Municipalidad y a las personas que, sin pertenecer a MORDAZA, se encuentren en aptitud de coadyuvar a la acertada resolucion de los asuntos en debate, suministrando datos o informes tecnicos, de ser el caso. Articulo 37°.- Cuando un Regidor se apartara del tema, se le invitara a cenirse al punto materia del debate, por parte de quien preside la Sesion, pudiendo a pedido de un Regidor o por propia iniciativa dar por agotado el debate. Articulo 38°.- La Sesion que hubiese sido suspendida, debera ser continuada en un termino no menor de tres (03) dias ni mayor de cinco (05) dias, salvo que exista la necesidad de contar con mayores informes que permitan una mejor apreciacion de los temas en debate, en cuyo caso la continuacion se efectuara en un plazo que no excedera de 15 dias habiles. Articulo 39°.- La Sesion que hubiese sido levantada, por ningun motivo podra continuarse. Articulo 40°.- El publico asistente a las Sesiones Publicas debera guardar silencio y compostura, sin tomar parte en los debates. Los que perturbasen de cualquier modo el orden, seran invitados a dejar la Sala en forma inmediata. Articulo 41°.- El Secretario General de Concejo es un funcionario de confianza con nivel de Gerente designado por el MORDAZA y tiene las siguientes funciones: 1. Citar a las Sesiones de Concejo Municipal. 2. Asistir a las Sesiones de Concejo Municipal. 3. Llevar al dia y conservar las Actas de las Sesiones de Concejo y suscribirlas con el MORDAZA, bajo responsabilidad. 4. Dar forma final a las Ordenanzas, Acuerdos y Resoluciones de Concejo, con estricta sujecion a lo acordado en el Concejo suscribirlas con el MORDAZA, bajo responsabilidad. 5. Tramitar y suscribir el despacho del Concejo. 6. Disponer su atencion inmediata de los pedidos y solicitudes de informes que formulen los Regidores. 7. Dirigir las Unidades que integran la Secretaria General del Concejo, para su mejor funcionamiento y adecuado apoyo al Concejo Municipal, al MORDAZA, las Comisiones y los Regidores. 8. Comunicar a las dependencias municipales, los Acuerdos tomados por el Concejo Municipal. 9. Otorgar copias certificadas y demas actos propios de la naturaleza del cargo. 10. Las que determine el Concejo Municipal y el Alcalde. Articulo 42°.- En caso de ausencia del Secretario General a la Sesion de Concejo convocada, asumira como secretario de la Sesion, un Funcionario del mismo rango. En caso de ser convocada por el MORDAZA de los Regidores de conformidad al Art. 39° de la Ley Organica de Municipalidades, el Secretario General o un funcionario del mismo rango asistira previa comunicacion de los convocantes. CAPITULO II DE LA SESIONES ORDINARIAS Articulo 43°.- En las Sesiones Ordinarias se observaran las siguientes estaciones: a. Lectura y aprobacion del Acta de la Sesion anterior. b. Despacho. c. Informes. d. Pedidos. e. Orden del Dia. Articulo 44°.- Instalada la Sesion, puede ser suspendida solo por fuerza mayor, con cargo a continuarla en la fecha, hora y lugar que se senale al momento de suspenderla; de no ser posible indicarlo en la misma Sesion, el MORDAZA convocara la fecha de reinicio notificando, a traves del Secretario General del Concejo, a todos los miembros con 48 horas de anticipacion.

Articulo 45°.- El Secretario General extendera el Acta por cualquier medio impreso. El Acta contendra la indicacion de los asistentes, el lugar y el tiempo en la que ha sido efectuada, los puntos de deliberacion, un resumen de los debates, cada Acuerdo por separado con indicacion de la forma y sentido de los votos. El Acuerdo debe expresar claramente el sentido de la decision adoptada y su fundamento. El Secretario General podra certificar los Acuerdos aprobados, asi como el Pleno autorizar la ejecucion inmediata de lo acordado. Cada Acta, luego de aprobada, sera firmada por el Secretario, el MORDAZA o quien preside la Sesion, asi como por los Regidores que asi lo soliciten. El Acta registrara integralmente las Ordenanzas y los Acuerdos que expida el Concejo. SUBCAPITULO I DE DESPACHO Articulo 46°.- En la estacion de Despacho se pondra en conocimiento del Concejo la legislacion relativa a la administracion municipal y toda documentacion que debe ser puesta en conocimiento del Concejo, en el siguiente orden : - Oficios. - Proyectos de Ordenanzas y Acuerdos, que cuenten con los respectivos dictamenes. - Informes y dictamenes de Comisiones. - Donaciones. - Pedidos de las Comisiones. - Pedidos de los Regidores. - Informes de la Administracion, y - Otros documentos. En esta estacion no se admitira debate. Articulo 47°.- El MORDAZA o quien preside la Sesion, ordenara el tramite a seguir de cada uno de los documentos, pasando a la Orden del Dia los asuntos que requieran debate o pronunciamiento. Articulo 48°.- Los proyectos que cuenten con informes o dictamenes de comisiones con firmas completas o hayan sido dispensados del tramite de Comisiones, por su caracter de urgentes, pasaran a la Orden del Dia para su debate y votacion. No podran exonerarse del tramite de Comisiones los asuntos que afectan las rentas de la Municipalidad. SUBCAPITULO II INFORMES Articulo 49°.- En esta estacion el MORDAZA y los Regidores podran dar cuenta de las gestiones propias de sus funciones y atribuciones senaladas por Ley y el presente Reglamento, asi como de las que hubieran sido encargadas por el Concejo o el MORDAZA y que se consideren deben ser puestas en conocimiento del Concejo. Articulo 50°.- Los informes deberan ser breves y concretos y no podran exceder de cinco (05) minutos. En esta estacion no se admitira debate alguno. Aquellos temas que por su naturaleza merecieran debate, quien preside la Sesion, o cualquier miembro del Concejo solicitara pase a Orden del Dia. Cuando se trate de Informes o dictamenes de una Comision, lo sustentara su Presidente o el Regidor designado por el. Si hubiera dictamen en minoria, lo sustentara quien lo suscriba. Los informes y pedidos que quedaran pendientes de resolver, se trataran con prioridad en la siguiente sesion correspondiente. Articulo 51°.- Cuando la urgencia o naturaleza del caso lo requiera, el Concejo podra disponer la dispensa del tramite a comisiones para que sea visto en la estacion de Orden del Dia. Articulo 52°.- Los proyectos de Ordenanza y Acuerdos presentados por los Regidores y/o comisiones, MORDAZA de su aprobacion por el Concejo Municipal, deberan contar con la opinion del organo o area municipal que corresponda para el informe tecnico respectivo. SUBCAPITULO III PEDIDOS Articulo 53°.- Sin perjuicio de los pedidos que pudiesen formular por escrito ante la Secretaria General de Concejo,

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