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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (23/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de febrero de 2011 437513 Pago al contado el 28 de febrero del 2011 Pago fraccionado: 1º cuota el 28 de febrero del 2011 2º cuota el 31 de mayo del 2011 3º cuota el 31 de agosto del 2011 4º cuota el 30 de noviembre del 2011 3.- Arbitrios Municipales: 1º y 2º cuota el 28 de febrero del 2011 3º a 12º cuota, el último día hábil de cada mes DISPOSICIONES FINALES Primera.-DERÓGUESE y déjese sin efecto toda norma que se oponga o contradiga a la presente Ordenanza. Segunda.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Subgerencia de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza, a Secretaría General su publicación, y a la Subgerencia de Imagen Institucional la respectiva difusión. Tercera.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, e inclusive la prórroga de su vigencia. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 605155-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Aprueban Reglamento del Comité de Administración del Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla ORDENANZA MUNICIPAL Nº 129-2011-MDC Cieneguilla, 9 de febrero de 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA: POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, en Sesión Extraordinaria de fecha 09 de febrero de dos mil once; CONSIDERANDO: El Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordado con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; Que, según lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2 º de la Ley Nº 27470, modifi cado por la Ley Nº 27712, establece que “El Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa Vaso de Leche será aprobado por dicho Comité y reconocido por el Concejo Municipal”; Que, el Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, requiere de un Reglamento que establezca su régimen interior acorde a la normatividad correspondiente, donde se defi na su organización y funcionamiento, fi nalidad y conformación, así como las funciones y atribuciones del mencionado comité; En ejercicio de las facultades conferidas en el Artículo 9º inciso 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime de sus miembros, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA VASO DE LECHE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Comité de Administración del Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, el que consta de Cinco (05) Capítulos, Diez (10) Artículos y Dos (02) Disposiciones Transitoria y Final. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal y demás órganos encargados. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, en la Página Web de la Municipalidad de Cieneguilla (www. municienguilla.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www.serviciosalciudadano. gob.pe) en estos últimos el íntegro de la ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 605263-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Aprueban marco general de subastas públicas para transferir, ceder y/o disponer la propiedad de bienes inmuebles de dominio privado de la Municipalidad ORDENANZA Nº 199-2011-MDPH Punta Hermosa, 31 de enero del 2011 VISTO: El Recurso de Reconsideración presentado mediante Expediente Nº 0335 de fecha 19 de enero de 2011 contra el Acuerdo de Concejo que aprueba la Ordenanza Nº 196- 2011-MDPH de fecha 17 de enero del presente CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28607. Establece: Las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, emanados de la voluntad popular, con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, es en este contexto el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Establece: Los Gobiernos Locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, son bienes de propiedad municipal, entre otros, los bienes inmuebles de uso público y/o privado, los aportes provenientes de las habilitaciones urbanas, los edifi cios municipales y sus instalaciones y, en general, todos los bienes adquiridos, construidos y/o sostenidos