Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2011 (23/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de febrero de 2011

Que, atendiendo a los pronunciamientos mencionados, la Municipalidad Distrital de Carabayllo emitio la Ordenanza Nº 213-A/MDC, a traves de la cual se regulan los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2011, adecuada a la totalidad de los pronunciamientos emitidos tanto por el Tribunal Constitucional, como por la Defensoria del Pueblo, lo cual fue verificado efectivamente por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, tal como se desprende del contenido del Acuerdo de Concejo Nº 515 MML que ratifica dicha Ordenanza, MORDAZA normas publicadas el 31 de diciembre 2010, en el diario Oficial El Peruano. La citada Ordenanza ratifica los costos y tasas establecidos en la Ordenanza Nº 186/MDC, que regula los Arbitrios del ejercicio 2010, reajustados con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor (IPC al 31 de agosto 2010 que asciende al 2.06%); lo que equivale a decir que desde el ano 2008 hasta el presente ejercicio 2011, en el distrito de Carabayllo, se aplican las tasas de arbitrios establecidas en la Ordenanza 136-A/MDC, aplicando el reajuste de Ley correspondiente; Que, segun Informe Nº 013-2011-GR/MDC, de la Gerencia de Rentas, no obstante que los Arbitrios Municipales de la jurisdiccion de Carabayllo para el ejercicio 2011, se encuentran sustentados debidamente por la Ordenanza Nº 213-A/MDC, la misma que ha seguido el procedimiento de ratificacion cumpliendo con las exigencias legales y constitucionales para su implementacion, el cual concluyo con el Acuerdo de Concejo Nº 515 MML, sin embargo los Informes de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente y el de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social justifican la necesidad de mantener la aplicabilidad para el regimen de Arbitrios 2011, los Beneficios aprobados con Ordenanza 188/MDC; Que, la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente mediante Informe Nº 039-2011-GSCMA/MDC, senala que aun cuando se ha mejorado la implementacion para la atencion de los servicios publicos, estos se concentran en la atencion de las zonas urbanas definidas asi todos los centros poblados del Distrito siendo Carabayllo un Distrito extenso de naturaleza multiple con MORDAZA Areas de Uso MORDAZA, podemos apreciar que se mantienen condiciones objetivas como por ejemplo; la carencia de agua en muchos centros poblados que impiden que se pueda desarrollar el servicio de Parques y Jardines, asi mismo existen zonas rurales de uso MORDAZA, al que no se le brinda ni se le brindara en forma efectiva ni potencial el servicio de recojo de residuos solidos, barrido de calles, ni serenazgo para el periodo 2011, debido al dificil acceso y a la escasa disponibilidad tecnica. Razon por la que considera necesario que los alcances de los Beneficios aprobados con la Ordenanza 188/MDC contemplados en los Articulos MORDAZA, MORDAZA y octavo, MORDAZA aplicables al Regimen de Arbitrios para el ejercicio 2011; Que la Gerencia de Desarrollo Humano y Social mediante Informe Nº 019-2011- GDHS/MDC manifiesta que los altos indices de pobreza y pobreza extrema registrados en el distrito de Carabayllo QUE LLEGA AL 26.3%, como lo demuestran las estadisticas del INEI las que podemos corroborarlo dia a dia con las inspecciones que la DEMUNA realiza ante los pedidos presentados por los vecinos por problemas de precariedad economica y/o enfermedades graves que frecuentemente se presentan en personas con alguna enfermedad terminal y que absorbe la debil economia familiar, o enfermedades u accidentes que limitan las capacidades de la familia para generar ingresos generando extrema pobreza. Considerando oportuno y necesario ademas mantener un regimen especial para las personas mayores de 65 anos que no gozan de Jubilacion, ya que es en este segmento donde se concentran los casos de abandono y pobreza, solicitando que los alcances de los Beneficios aprobados con la Ordenanza 188/MDC contemplados en los Articulos noveno y decimo MORDAZA aplicables al Regimen de Arbitrios para el ejercicio 2011; Que la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 013 -2011- GR/MDC considera ante las deficiencias de Informacion respecto al numero de Habitantes por predio, a los metros lineales del frontis de los predios y corregir distorsiones que se encuentran en nuestra Base de Datos, considera necesario volver a convocar para el presente ejercicio una Declaracion Jurada Masiva mediante el

llenado de la Hoja de Actualizacion de Datos cuyo formato fue aprobado en los Articulos 1° y 2° de la Ordenanza 188/ MDC, ya que la convocatoria realizada el ano precedente no tuvo la respuesta adecuada de parte de la poblacion, en merito al Articulo 14° de la Ley de Tributacion Municipal, asi mismo para poder corregir estas distorsiones de la data en lo referente a los Arbitrios requiere que se mantengan aplicables al Regimen de Arbitrios para el ejercicio 2011, las facultades conferidas en los Articulos MORDAZA y Setimo de la Ordenanza 188/MDC; Que es necesario determinar el Calendario de Vencimientos Tributarios para el Ejercicio 2011, teniendo como base legal la temporalidad indicada en el Articulo 6° de la Ordenanza 136-A/MDC ratificada con Ordenanza 213-A/MDC para los Arbitrios Municipales y el Articulo 15° de la Ley de Tributacion Municipal. La Gerencia de Rentas presenta el proyecto de Ordenanza que propone: Aprobar la actualizacion de datos, aplicar los Beneficios Tributarios establecidos en los articulos: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, setimo, octavo, noveno y decimo, de la Ordenanza Nº 188/MDC al presente ejercicio fiscal 2011, aprobar el Calendario Tributario 2011; Que, el Informe Nº 035-2011-GAJ/MDC, de la Gerencia de Asesoria Juridica, precisa que el proyecto de Ordenanza cumple con los requisitos formales y sustanciales que validan su expedicion y puesta en rigor, los mismos que son mencionados en la base legal del proyecto de Ordenanza, es opinion de esta Gerencia, se eleve el presente proyecto y sus Informes sustentatorios al Pleno del Concejo Municipal para su debate y aprobacion. Que, estando a lo expuesto en el Informe N° 0352011-GAJ/MDC de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe N° 013-2011-GR/MDC de la Gerencia de Rentas, el Informe N° 039 -2011- GSCMA/MDC de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, el Informe Nº 019-2011-GDHS/MDC de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, mediante los cuales se opina por la aprobacion por parte del Concejo Municipal del Proyecto de la mencionada Ordenanza; y, siendo que en el Dictamen N°003-2011-CPP/MDC de la Comision de Economia Planeamiento y Presupuesto expresan su conformidad al Proyecto de Ordenanza; en uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9º numerales 8 y 9; y 40º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, el pleno del Concejo aprobo por Mayoria y con dispensa de la lectura y aprobacion del acta, lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACION DE DATOS CON CARACTER DE DECLARACION JURADA MASIVA, CALENDARIO TRIBUTARIO 2011 Y BENEFICIOS TRIBUTARIOS Articulo Primero.- APROBAR LA ACTUALIZACION DE DATOS con caracter de Declaracion Jurada Masiva mediante el llenado de la "Hoja de Actualizacion de Datos" que se MORDAZA llegar a los vecinos a traves de la cuponera, o que podra solicitarse en la tesoreria de la Municipalidad cuyo formato fuera aprobado con Ordenanza 188/MDC en su Articulo MORDAZA cuya distribucion sera gratuita. Articulo Segundo.- APLICAR LOS BENEFICIOS establecidos en los articulos: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, setimo, octavo, noveno y decimo de la Ordenanza Nº 188/MDC al presente ejercicio fiscal 2011; extendiendose los alcances del articulo decimo a los contribuyentes o responsables tributarios que adolezcan de discapacidad permanente previa opinion favorable del CONADIS, y de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social. Ampliandose para el ejercicio 2011 el porcentaje de exoneracion contemplado en el articulo noveno de 50 % a 70 % de los arbitrios municipales para las personas mayores de 65 anos que no gocen de los beneficios de Jubilacion y/o pensionistas. En ambos casos la Gerencia de rentas emitira la Resolucion correspondiente. Articulo Tercero.- APROBAR EL CALENDARIO TRIBUTARIO 2011, de las fechas de vencimiento de pago, de las obligaciones tributarias, segun detalle: 1.- MORDAZA de Hojas de Actualizacion de Datos con caracter de Declaracion Jurada el 28 de febrero del 2011 2.- Impuesto Predial:

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