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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de febrero de 2011 437510 3º Encargar la Dirección de la Escuela de Post Grado al doctor Juan Adolfo Merino Martijena con código Nº 044008, Director de la Unidad de Post Grado de la Facultad de Odontología, por el período que dure la ausencia del titular. 4º Encargar a la Secretaría General la publicación de la Resolución en el diario Ofi cial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes. 5º Encargar a la Escuela de Post Grado y a la Dirección General de Administración, a través de sus Ofi cinas Generales de Economía y de Recursos Humanos, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS FERNANDO IZQUIERDO VÁSQUEZ Rector 606127-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN Disponen la publicación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de enero de 2011 DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 037-2011-GR-JUNIN/DREM Huancayo, 1 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejercerán funciones específicas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas, asumir las funciones en materia de minas, que específicamente resulta: Otorgar concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; conforme lo señala el inciso f) del artículo 59° de la referida Ley; Que, por Resolución Ministerial N° 550-2006-MEM/ DM, publicada con fecha 18 de noviembre de 2006, se declaró que el Gobierno Regional de Junín, concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de las mismas; Que, mediante Ordenanza Regional N° 095-2009- GRJ/CR y Ordenanza Regional N° 099-2010-GRJ/CR, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y el Cuadro para Asignación de Personal respectivamente, del Gobierno Regional Junín; Que, mediante Ordenanza Regional N° 103- 2011-GRJ/CR, del 14 de enero de 2011, se Deroga la Ordenanza Regional N° 095-2009-GRJ/CR y la Ordenanza Regional N° 099-2010-GRJ/CR respectivamente mediante el cual se Aprobaron los Documentos de Gestión Institucional tales como el Reglamento de Organización y Funciones y el Cuadro para Asignación de Personal; Que, el artículo 3° de la Ordenanza Regional N° 103- 2011-GRJ/CR, Restablece la vigencia de la Ordenanza Regional N° 002-2003-GRJ/CR de fecha 12 de marzo del 2003 y sus modifi catorias Ordenanzas Regionales N° 014-GRJ/CR, N° 040-GRJ/CR y N° 087-2008-GRJ/CR respectivamente; así mismo el Cuadro para Asignación de Personal es aprobado por Resolución Ejecutiva Regional N° 223-2004-GRJ-JUNIN/PR y el Presupuesto Analítico de Personal es aprobado por Resolución Ejecutiva Regional N° 793-2006-GR-JUNIN/PR; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92- EM; el artículo 24° del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo N° 018-92- EM; se publicará mensualmente en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la atribución establecida en el inciso f) del artículo 59 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley N° 27867, asumiendo competencias el Gobierno Regional de Junín; Resolución Ejecutiva Regional de designación N° 113-2011-GR-JUNÍN/PR; y contando con las visaciones correspondientes; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de enero de 2011, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que contraen los artículos 124° del Decreto Supremo N° 014-92-EM y 24° del Decreto Supremo N° 018-92-EM. Regístrese y publíquese. BENJAMIN DE LA CRUZ PALOMINO Director Regional de Energía y Minas 605306-1 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Aprueban Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua ORDENANZA REGIONAL N° 01-2011-CR /GRM Fecha: 01 de febrero de 2011 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA POR CUANTO: El Consejo Regional Moquegua ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 01 de Febrero del 2011 se aprobó el “REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL MOQUEGUA” y en el marco de lo establecido en la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cado por Ley 28968, y Ley 29053 que modifi ca los Art. 11, 13, 21 y 30. El Consejo Regional en pleno y en uso de las funciones y competencias que la ley otorga y : CONSIDERANDO: Que estando a lo dispuesto por Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales de Moquegua es persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; teniendo como estructura orgánica básica: el Consejo Regional, la Presidencia Regional y el Consejo de Coordinación Regional: Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional Moquegua, el cual está integrado por nueve consejeros regionales, elegidos por sufragio directo; el mismo que tiene como finalidad la producción de la normatividad necesaria para fomentar y fiscalizar en el ámbito de su circunscripción, el desarrollo integral sostenido y sostenible, con la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental a través de