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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (26/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de febrero de 2011 437693 Que, conforme a su Ley de Creación, es competencia de la APCI aprobar los Planes de Cooperación Internacional, los mismos que establecen las prioridades específi cas a nivel temático y territorial en el marco de los documentos que forman parte de la Política Nacional de Desarrollo que han sido incorporados en la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 044-2007-RE; Que, por otra parte, el artículo 2º de la Ley Nº 28875, Ley que crea el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable (SINDCINR), establece que la APCI, en su calidad de ente rector de la Cooperación Internacional No Reembolsable, fi jará las atribuciones y responsabilidades de las unidades orgánicas y/o dependencias públicas encargadas de la cooperación internacional no reembolsable; Que, el país se ve confrontado con desafíos como la pobreza y la desigualdad social, sobre todo en las áreas rurales, así como con las consecuencias de la degradación del medio ambiente y del cambio climático, lo que se agrava aún más por causa de la propia población rural, que ante la falta de alternativas y de información, incurre en el uso inadecuado de los recursos naturales; Que, ante dichos desafíos, el objetivo de la cooperación alemana al desarrollo en el área prioritaria “Desarrollo Rural Sostenible, Gestión de Recursos Naturales y Cambio Climático” en el Perú, consiste en contribuir a la disminución de la pobreza en las zonas rurales del Perú y fomentar la gestión sostenible de los recursos naturales, considerando aspectos del cambio climático; Que, en ese sentido, la APCI en el ámbito de sus competencias ha suscrito con la Embajada de Alemania en el Perú, el documento Estrategia para el área prioritaria “Desarrollo Rural Sostenible, Gestión de Recursos Naturales y Cambio Climático” en el Perú (2011 – 2015); Que, por lo expuesto, es necesario comunicar las prioridades y objetivos contenidos en el documento Estrategia para el área prioritaria “Desarrollo Rural Sostenible, Gestión de Recursos Naturales y Cambio Climático” en el Perú (2011 – 2015) que serán de observancia obligatoria para las entidades públicas que integran el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable; Con las visaciones de la Dirección de Gestión y Negociación Internacional, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley de Creación de la APCI – Ley Nº 27692 y sus modifi catorias, y la Ley Nº 28875, Ley que crea el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable (SINDCINR), en concordancia con la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional aprobada por Decreto Supremo Nº 044-2007-RE. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Determinar que el documento Estrategia para el área prioritaria “Desarrollo Rural Sostenible, Gestión de Recursos Naturales y Cambio Climático” en el Perú (2011 – 2015), sea de observancia obligatoria para las entidades públicas que integran el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Diario Ofi cial El Peruano, y conjuntamente con el documento Estrategia para el área prioritaria “Desarrollo Rural Sostenible, Gestión de Recursos Naturales y Cambio Climático” en el Perú (2011 – 2015), en el portal institucional de la APCI: www.apci.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PANDO SÁNCHEZ Director Ejecutivo 607383-1 FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Acuerdos adoptados sobre Directores de Empresas en las que FONAFE participa como accionista ACUERDO DE DIRECTORIO N° 004-2011/007-FONAFE De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24° del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, aprobado por Decreto Supremo N° 072- 2000-EF y normas modifi catorias, la designación de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE es potestad del Directorio de ésta Empresa. Se comunica que mediante Acuerdo de Directorio N° 004-2011/007-FONAFE, correspondiente a la sesión instalada con fecha 24 de febrero de 2011 se aprobó lo siguiente: 1. Dejar sin efecto el numeral 2 del Acuerdo de Directorio No. 001-2011/005-FONAFE. 2. Otorgar al Sr. Genaro Ramón Velez Castro licencia hasta el 11 de abril del 2011, en el cargo de Presidente de Directorio de las empresas ELECTRONORTE S.A., ELECTRONOROESTE S.A., ELECTROCENTRO S.A. e HIDRANDINA S.A., Durante la licencia otorgada, quedan suspendidas sus funciones, deberes y derechos como Presidente de Directorio así como la percepción de dietas. 3. Aprobar la designación como Director, a propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas, de las empresas ELECTRONORTE S.A., ELECTRONOROESTE S.A., ELECTROCENTRO S.A e HIDRANDINA al Sr. Gabriel Peschiera Trujillo 4.Tomar conocimiento de la renuncia al cargo de Director de la Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. – EGESUR presentada por el Sr. JULIO CESAR VILLAFUERTE VARGAS. MARIO GONZALES DEL CARPIO Director Ejecutivo 607663-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia de Aduana de Paita RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 048-2011/SUNAT Lima, 23 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que el Artículo 127° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales