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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de febrero de 2011 437699 obligacionistas; a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. YVONKA ANGELA HURTADO CRUZ Directora de Emisores 606438-1 Autorizan viaje de profesional de CONASEV a Costa Rica para participar en la III Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Acuerdo de Libre Comercio entre Perú y países de Centroamérica RESOLUCIÓN CONASEV Nº 019-2011-EF/94.01.1 Lima, 23 de febrero de 2011 VISTO: El Facsímil Circular Nº 015-2011-MINCETUR/VMCE/ DNINCI, de fecha 01 de febrero de 2011, cursado por el Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, sobre la participación de los representantes acreditados de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores – CONASEV, en la III Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Acuerdo de Libre Comercio entre Perú y países de Centroamérica; CONSIDERANDO: Que, del 28 de febrero al 04 de marzo de 2011 se realizará la III Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Acuerdo de Libre Comercio entre Perú y países de Centroamérica, en la ciudad de San José, Costa Rica; Que, la referida ronda de negociaciones tiene como objetivo continuar con las negociaciones para la creación de una Zona de Libre Comercio entre Perú y Costa Rica, El Salvador, Honduras, Guatemala, Panamá y los países centroamericanos que así lo manifi esten. En este sentido, se espera generar un alto nivel de complementariedad en el intercambio comercial y promover un mayor fl ujo de comercio de bienes, servicios e inversiones entre Perú y dichos países, dando especial énfasis a una oportunidad para las pequeñas y medianas empresas; Que, esta Comisión Nacional considera necesaria la participación del señor Wilson Falen Lara, Profesional 3 de la Dirección de Investigación y Desarrollo, en la III Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Acuerdo de Libre Comercio entre Perú y países de Centroamérica en el equipo de trabajo peruano de la mesa de negociación de Servicios Financieros; Que, en consecuencia, y siendo de interés para el país, es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al Presupuesto de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, y el Decreto Supremo N° 047-2002- PCM; que establecen disposiciones sobre autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del señor Wilson Falen Lara, Profesional 3 de la Dirección de Investigación y Desarrollo de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, a la ciudad de San José, Costa Rica, del 03 al 05 de marzo de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, según se indica, serán con cargo al Presupuesto de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 1 533,00 - Viáticos US$ 400,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario autorizado según el artículo 1º de la presente Resolución, deberá presentar un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. MICHEL CANTA TERREROS Presidente 607051-1 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Asignan montos recaudados por concepto de pago de Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros y por pagos efectuados en el año 2011 por concepto de Derecho de Vigencia en la formulación de petitorios mineros correspondiente al mes de enero RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 024-2011-INGEMMET/PCD Lima, 23 de febrero de 2011 Visto; el Informe Nº 003-2011-INGEMMET/DDV/D de la Dirección de Derecho de Vigencia de fecha 21 de febrero del 2011, respecto a la distribución de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros vigentes formulados al amparo del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; así como, los montos recaudados por los pagos efectuados en el año 2011 por Derecho de Vigencia en la formulación de petitorios mineros durante el mes de enero, conforme el referido Decreto Legislativo; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29169, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 20 de diciembre del 2007, se modifi có el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92- EM, precisando los porcentajes para la distribución de los montos recaudados por los pagos efectuados por concepto de Derecho de Vigencia y Penalidad entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energía y Minas; Que, el artículo 3º de la citada norma dispone que los Gobiernos Regionales recibirán los porcentajes de los ingresos que correspondan a los pagos efectuados por los Pequeños Productores Mineros y los Productores Mineros Artesanales; a partir de los pagos realizados desde el siguiente mes de su publicación, esto es a partir de los pagos realizados en el mes de enero de 2008; Que, la Dirección de Derecho de Vigencia, informa que el monto total a distribuir correspondiente al mes de enero del 2011, es de US$ 11´424,745.19 (Once Millones Cuatrocientos Veinticuatro Mil Setecientos Cuarenta y Cinco y 19/100 Dólares Americanos) y S/. 300,770.94 (Trescientos Mil Setecientos Setenta y 94/100 Nuevos Soles), efectuándose a éste compensaciones por un monto ascendente a US$ 31,145.15 (Treinta y Un Mil Ciento Cuarenta y Cinco y 15/100 Dólares Americanos); resultando un importe neto a distribuir de US$ 11´393,600.04 (Once Millones Trescientos Noventa