Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2011 (26/02/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

437708
ANEXO Nº 2

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de febrero de 2011

GOBIERNOS REGIONALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el articulo 92º del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 0394-EM y lo senalado en el literal "d" del Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, modificado por la Ley Nº 29169, se determina que la distribucion de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de enero del 2011, a los Gobiernos Regionales es el siguiente:
REGION AMAZONAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CALLAO (LIMA) MORDAZA HUANCAVELICA MORDAZA ICA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA PASCO MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA TACNA TUMBES TOTAL GOBIERNOS REGIONALES Nº Gobiernos Regionales S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 23 U.S. $ 43.08 10,755.67 570.21 18,070.35 4,557.15 3,347.46 25.00 5,427.62 581.16 472.50 3,653.99 5,832.02 16,576.03 105.00 6,761.48 24,413.92 1,176.22 766.20 801.46 8,648.88 175.00 4,849.32 12.50 117,622.22

PROCEDENCIA : COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS SOLICITANTE : SAGA FALABELLA S.A. PRODUCTO : TABLAS MORDAZA BODYBOARD Y INVESTIGADO TABLAS MORDAZA KICKBOARD MORDAZA DE ORIGEN : REPUBLICA POPULAR CHINA Y TAIPEI MORDAZA MATERIA : DERECHOS ANTIDUMPING EXAMEN POR CAMBIO DE CIRCUNSTANCIAS PRODUCTO SIMILAR ACTIVIDAD : FABRICACION DE FIBRAS SINTETICAS O ARTIFICIALES SUMILLA: se CONFIRMA la Resolucion 132-2009/ CFD-INDECOPI del 17 de MORDAZA de 2009, en el extremo que mantuvo la vigencia de los derechos antidumping definitivos impuestos mediante Resolucion 007-2000/ CDS-INDECOPI, sobre las importaciones de tablas MORDAZA bodyboard para correr olas y de recreo y tablas MORDAZA kickboard para piscina originarias y/o procedentes de la Republica Popular China, por un periodo de tres (3) anos. MORDAZA, 2 de febrero de 2011 I. ANTECEDENTES 1. Mediante Resolucion 021-99/CDS-INDECOPI 1, la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios (en adelante, la Comision) dispuso, a solicitud de la empresa Belech S.A. (en adelante, Belech), el inicio de la investigacion por supuestas practicas de dumping en las importaciones de tablas MORDAZA bodyboard para correr olas y de recreo y tablas MORDAZA kickboard para piscina originarias y/o procedentes de la Republica Popular China (en adelante, China), asi como sobre las importaciones de tablas MORDAZA bodyboard para correr olas originarias de Taipei MORDAZA (en adelante, Taiwan). 2. Luego del analisis desarrollado en dicho procedimiento, la Comision determino que las importaciones originarias de China y Taiwan ingresaban al Peru a precios dumping y al mismo tiempo causaban dano a la MORDAZA de Produccion Nacional (en adelante, RPN), en los terminos del Acuerdo Relativo a la Aplicacion del Articulo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (en adelante, el Acuerdo Antidumping). En atencion a ello, por Resolucion 007-2000/CDS-INDECOPI del 6 de junio de 2000 2, la Comision impuso derechos antidumping definitivos a dichas importaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Cuadro Nº 1 Derechos antidumping definitivos (en porcentaje sobre el valor FOB) Producto Tablas bodyboard para correr olas Tablas bodyboard de recreo Tablas kickboard para piscina China 120,50% 65,30% 21,10% Taiwan 734,50% -----

606307-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Confirman la Resolucion Nº 132-2009/ CFD-INDECOPI, en el extremo que mantuvo la vigencia de los derechos antidumping definitivos impuestos mediante la Resolucion Nº 007-2000/ CDS-INDECOPI, sobre las importaciones de tablas MORDAZA bodyboard para correr olas y de recreo y tablas MORDAZA kickboard para piscina originarias y/o procedentes de la Republica Popular China, por un periodo de tres anos
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala de Defensa de la Competencia Nº 1 RESOLUCION 0219-2011/SC1-INDECOPI EXPEDIENTE Nº 062-2007/CDS

3. Mediante Resolucion 029-2008/CDS-INDECOPI3, la Comision dispuso, a solicitud de la empresa Saga Falabella

1

2

3

Publicada en el Diario Oficial "El Peruano" los dias 22 y 23 de setiembre de 1999. Publicada en el Diario Oficial "El Peruano" los dias 24 y 25 de junio del mismo ano. Publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 24 de marzo de 2008.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.