Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2011 (05/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Nº ORGANISMO PUBLICO de SIGLAS SUNASA MORDAZA 56 Superintendencia Nacional Aseguramiento en Salud 57 Autoridad Portuaria Nacional 58 Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, de Carga y Mercancias 59 Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal 60 Superintendencia Nacional de Bienes Estatales

NORMAS LEGALES
MINISTERIO MINSA Tecnico Especializado Tecnico Especializado Ejecutor

El Peruano MORDAZA, martes 5 de MORDAZA de 2011

Supremo Nº 002-2005-PCM y por el Decreto Supremo Nº 106-2010-PCM, por el siguiente texto: "Articulo 25º.(...) El Consejo de Oficiales Generales elegira al Comandante General de una terna de candidatos previamente seleccionada entre los Oficiales Generales que cumplan con los requisitos establecidos tanto en el Decreto Supremo Nº 031-99-PCM, en la presente MORDAZA, asi como en la Resolucion Ministerial Nº 198-2010-PCM." Articulo 2º.- Ampliacion del plazo Ampliese en 90 dias calendario el plazo para que el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru elabore y tramite la aprobacion de los siguientes documentos: Cuadro para Asignacion de Personal, Presupuesto Analitico de Personal, Clasificador de Cargos, Manual de Organizacion y Funciones, Escala Remunerativa, Reglamento de Escalafon y Disciplina, el Reglamento de Funcionamiento del Consejo de Oficiales Generales, el Reglamento Interno de Trabajo del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, a fin de adecuarlos a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 106-2010-PCM, asi como a los lineamientos normativos vigentes para cada uno de ellos, el cual se contara a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 661039-3

15. MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES APN SUTRAN MTC MTC

16. MINISTERIO DE VIVIENDA Y CONSTRUCCION COFOPRI SBN Ejecutor Ejecutor MVC MVC

661039-2

Modifican el articulo 25º del Reglamento de la Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 059-2011-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 106-2010-PCM, se modifica los articulos 1º, 4º, 18º y 25º y se incorpora nuevos articulos en el Reglamento de la Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-99-PCM y su modificatoria Decreto Supremo Nº 002-2005-PCM; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 1062010-PCM modifica el articulo 25º del Decreto Supremo Nº 031-99-PCM, senalando en su ultimo parrafo que el Consejo de Oficiales Generales elegira al Comandante General de una terna de candidatos previamente seleccionada entre Brigadieres Generales que cumplan con los requisitos exigidos en el Decreto Supremo Nº 031-99-PCM como en la Resolucion Ministerial Nº 198-2010-PCM; Que, en el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru existe actualmente solo un Brigadier General que cumpliria con los requisitos para ser Comandante General; Que, la Ley Nº 27067, Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru dispone que dicha entidad es dirigida por el Comandante General, cargo que es ejercido por un Oficial General del CGBVP en situacion de actividad; Que, el articulo 13º del Reglamento de la Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-99-PCM, establece que dentro de la estructura jerarquica del CGBVP se denomina Oficiales Generales a los Brigadieres Generales y Brigadieres Mayores; Que, en consecuencia, es necesario modificar el articulo 25º del Reglamento de la Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru aprobado por Decreto Supremo Nº 031-99-PCM sustituyendo el termino Brigadieres Generales por el de "Oficiales Generales"; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27067, Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru; y, el Reglamento de la Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-99-PCM y su modificatoria Decreto Supremo Nº 002-2005-PCM. DECRETA Articulo 1º.- Modificacion del articulo 25º del Decreto Supremo Nº 106-2010-PCM Modificase el ultimo parrafo del articulo 25º del Reglamento de la Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-99-PCM, modificado por el Decreto

Autorizan viaje del Ministro de Transportes y Comunicaciones a Ecuador y encargan su Despacho a la Presidenta del Consejo de Ministros
RESOLUCION SUPREMA Nº 165-2011-PCM MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, con carta del 01 de junio de 2011, el Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Ecuador, ha cursado invitacion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de Transportes y Comunicaciones con la finalidad que presente la conferencia magistral denominada "La Comunidad MORDAZA y Brasil: una vision de Peru", el 21 de MORDAZA de 2011, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Ecuador; Que, asimismo, con carta de fecha 15 de junio de 2011, el coordinador de la Catedra Brasil - Comunidad MORDAZA del Centro MORDAZA de Estudios Internacionales de la Universidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Ecuador, ha indicado que su institucion cubrira los gastos de viaje y estadia durante los dias que dure la conferencia; Que, el citado evento tiene por objeto, incentivar el conocimiento academico entre nuestros paises a traves de programas especializados de estudio a nivel de maestria y doctorado, intercambios de profesores y estudiantes, desarrollo de programas de investigacion y promocion de publicaciones; Que, en tal sentido, resulta importante que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de Transportes y Comunicaciones, participe en el citado evento, el mismo

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