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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2011 (05/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de julio de 2011 445817 Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente (MINAM); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio del Ambiente (MINAM) a efectuar el pago de US$ 17,618.00 (Diecisiete Mil Seiscientos Dieciocho y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), al siguiente organismo internacional: ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Convenio de Basilea Deuda acumulada al 2009 13,325.00 Cuota 2010 4,293.00 Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente (MINAM). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 661039-19 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 263-2011-RE Lima, 4 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se ha previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el Artículo 67º, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 071-2011-RE, que modifi ca el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2011 de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de US$ 125,868.00 (Ciento Veinticinco Mil Ochocientos Sesenta y Ocho y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) a los siguientes organismos internacionales: ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL (OMI) Pago de cuota 2011 37,000.00 CONSEJO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA DEL PACÍFICO (PECC) Pago de Cuota 2010 8,200.00 CENTRO REGIONAL DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA PAZ, EL DESARME Y EL DESARROLLO EN AMÉRICA LATINA (UNLIREC) Pago de Cuota 2011 30,000.00 ORGANIZACIÓN DEL TRATADO DE COOPERACIÓN AMAZÓNICA (OTCA) Pago parcial de la cuota 2011 27,800.00 SECRETARÍA DEL TRATADO ANTÁRTICO (STA) Pago de la cuota 2010 22,868.00 Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 02, Programa Funcional 002, Subprograma Funcional 0002, Actividad 1.046589, Componente 3.122499, Meta 00565, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Específi ca de Gasto 2.4.12.1 99 A Otros Organismos Internacionales del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio 2011. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 661039-20 Dan término a designación de Consejero Económico Comercial del Consulado General del Perú en Shanghai, República Popular China RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 615/RE Lima,1 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, el artículo 18° del Reglamento de Operaciones de las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior, señala que la designación de los Consejeros y Agregados Económico Comerciales se efectúa por períodos de cinco años renovables. Pondrán su cargo a disposición al término de la gestión de Gobierno que los designó; Que, el artículo 77° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, señala que la designación consiste en el desempeño de un cargo de responsabilidad directiva o de confi anza por decisión de la autoridad competente en la misma o diferente entidad; en este último caso se requiere del conocimiento previo de la entidad de origen y del consentimiento del servidor, si el designado es un servidor de carrera, al término de la designación reasume funciones en el grupo ocupacional