Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2011 (05/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de julio de 2011 445811 Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 5º.- El Ofi cial subalterno comisionado revistará en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, por el período que dure la Comisión Especial en el Exterior. Artículo 6º.- El Sub Teniente EP BERNAOLA MEZA Luis Fidel, no podrá solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido a la Institución el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duración de la Comisión en el Exterior. Artículo 7º.- El Ofi cial subalterno comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno del país. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 661039-11 Autorizan ampliación de autorización de permanencia de Oficial EP en los EE.UU., como Subdirector de la Subsecretaría de Asesoramiento de la Junta Interamericana de Defensa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 277-2011-DE/ Lima, 4 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 147-2009- DE/EP del 6 de mayo de 2009, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio, al Coronel EP Walter Octavio SUAREZ GOMEZ, para que se desempeñe como Subdirector de la Subsecretaría de Asesoramiento de la Junta Interamericana de Defensa, ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, en el período comprendido del 8 de mayo de 2009 al 7 de mayo de 2011; Que, con Resolución Suprema Nº 213-2010 DE del 15 de mayo de 2010, se autorizó con efi cacia anticipada, la ampliación de permanencia en Comisión Especial en el Exterior, al Coronel EP Walter Octavio SUAREZ GOMEZ, para que continúe desempeñando la función de Subdirector de la Subsecretaría de Asesoramiento de la Junta Interamericana de Defensa, ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010; Que, atendiendo a la autorización de viaje en Comisión Especial al Exterior, tiene una duración de veinticuatro (24) meses y comprende los años fi scales 2009, 2010 y 2011, por lo que procede expedir la ampliación de la autorización de permanencia en el extranjero del mencionado Ofi cial Superior, aplicando el gasto en el respectivo período presupuestal; Que, la citada ampliación se encuentra incluida en el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa AF 2011, Anexo 01, rubro 7.- Representación Nacional en Organismos Internacionales, ítem 01, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011- DE/SG del 13 de enero de 2011; Que, la presente autorización de la ampliación de permanencia en el extranjero, debe expedirse con efi cacia anticipada a partir del 1 de enero de 2011, al amparo de lo normado en el numeral 17.1 del Artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General; Que, la Resolución Suprema Nº 213-2010 DE del 15 de mayo de 2010, autoriza el pago de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero a favor del Coronel EP Walter Octavio SUAREZ GOMEZ, sólo por el período fi scal 2010 que culminó el 31 de diciembre pasado; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil de este sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento por concepto de Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad de los referidos viajes, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE-SG; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de fecha 5 de junio de 2002, y Cuarta Disposición Final del reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar con efi cacia anticipada, la ampliación de la autorización de permanencia en Comisión Especial en el Exterior al Coronel EP Walter Octavio SUAREZ GOMEZ, identifi cado con CIP 109882900 y DNI 44358469, para que continúe desempeñando la función de Subdirector de la Subsecretaría de Asesoramiento de la Junta Interamericana de Defensa, ciudad de Washington DC - Estados Unidos de América, en el período comprendido del 1 de enero al 7 de mayo de 2011. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que corresponden, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Washington DC EUA - Lima (Clase económica) US$ 1,130.625 x 4 personas Gastos de traslado (vuelta) US$ 6,930.00 x 2 Compensaciones Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago de la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero, que corresponda de acuerdo a la modalidad de la misión, por días reales y efectivos de servicios en el exterior, de conformidad con el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG del 25 de julio de 2008, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de 26 de enero de 2004 y sus modifi caciones. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder