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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de julio de 2011 445813 efectos de que el Instituto Nacional Penitenciario - INPE contrate cuatrocientos noventa y nueve (499) agentes penitenciarios de seguridad, formados en el Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios (CENECP), en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el numeral 2 de la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorizar al Pliego Instituto Nacional Penitenciario - INPE, para contratar cuatrocientos noventa y nueve (499) agentes penitenciarios de seguridad, formados en el Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios (CENECP), en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011. Artículo 2º.- Financiamiento Las acciones previstas en el artículo 1º de la presente norma se fi nanciarán íntegramente con cargo al presupuesto institucional del Pliego Instituto Nacional Penitenciario - INPE, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 661039-4 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Aceptan renuncia y encargan funciones de Directora General de la Dirección General de la Familia y la Comunidad RESOLUCIÓN MINISTERIAL ʋ 206-2011-MIMDES Lima, 4 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial ʋ 827-2010- MIMDES del 30 de diciembre de 2010, se designó a la señora Rosario Susana del Solar Ponce en el cargo de confi anza de Directora General de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se acepte la misma y se encargue dicho puesto en tanto se designe al titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley ʋ 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley ʋ 29597 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo ʋ 011-2004-MIMDES, y el Decreto Supremo ʋ 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la señora ROSARIO SUSANA DEL SOLAR PONCE al cargo de confi anza de Directora General de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES. Artículo 2º.- Encargar a la señorita CARLA SANDRA ROJAS-BOLÍVAR BORJA, Directora de la Dirección de Apoyo y Fortalecimiento a la Familia de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, el puesto de Directora General de la indicada Dirección General, en tanto se designe a su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 660913-1 PRODUCE Disponen publicación de Decreto Supremo con el que se establecería un régimen transitorio y de excepción para el procesamiento de los descartes y/o residuos de recursos hidrobiológicos en los lugares en donde las plantas de reaprovechamiento no logren procesarlos, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 200-2011-PRODUCE Lima, 4 de julio de 2011 VISTOS: el Memorando Nº 2775-2011-PRODUCE/ DVP, de fecha 20 de junio de 2011, del Despacho Viceministerial de Pesquería y el Informe Nº 106-2011- PRODUCE/OGAJ-rzarate del 21 de junio de 2011 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria y comercio interno. Es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero, pesquería industrial, acuicultura de mayor escala; y de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, según corresponda, en materia de pesquería artesanal, acuicultura de menor escala y de subsistencia, promoción de la industria y comercio interno en el ámbito de su jurisdicción, conforme a lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1047 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2011- PRODUCE se aprobó el Reglamento del Procesamiento de Descartes y/o Residuos de Recursos Hidrobiológicos, estableciéndose el marco jurídico regulador de la actividad pesquera de procesamiento de descartes y/o residuos de recursos hidrobiológicos generados durante las operaciones de desembarque y actividades de procesamiento pesquero artesanal e industrial de consumo humano directo;