Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2011 (06/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
a.

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de MORDAZA de 2011

Por excepcion, se exonera de los derechos arancelarios que graven la importacion de la mercancia que se obtenga como resultado de los procesos productivos de las actividades de industria, agroindustria, maquila, ensamblaje, reparacion, reacondicionamiento o mantenimiento de maquinaria, motores y equipos para la actividad minera, y otras que generen valor agregado, siempre y cuando figuren en la lista aprobada por resolucion ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas en coordinacion con los ministerios de la Produccion y de Comercio Exterior y Turismo. Dicha lista debe ser propuesta por el Comite de Administracion de la Zofratacna." Articulo 3. Sustitucion del articulo 11 de la Ley 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, y modificatorias Sustituyese el articulo 11 de la Ley 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, y modificatorias por el siguiente texto: "Articulo 11. Prohibicion de ingreso Se prohibe el ingreso a la Zofratacna y a la MORDAZA Comercial de Tacna de lo siguiente: a. b. c. Bienes cuya importacion al MORDAZA se encuentre prohibida. MORDAZA y sus partes accesorias, repuestos o municiones, explosivos o insumos conexos de uso civil. Las mercancias que atenten contra la salud, el medio ambiente y la seguridad o moral publicas."

b. c.

Terceros paises y MORDAZA ingresadas por las aduanas de Ilo y Matarani, asi como por el aeropuerto de Tacna, por el muelle peruano en MORDAZA --de acuerdo al Protocolo Complementario del Tratado de 1929-- y por los puntos de ingreso aduanero autorizados en la frontera con Brasil y Bolivia. Terceros paises y MORDAZA ingresadas por otras zonas especiales de desarrollo economico: ceticos y zonas francas. La MORDAZA MORDAZA, incluida su MORDAZA de extension, y MORDAZA resultantes de los procesos productivos de las actividades de industria, agroindustria, maquila y ensamblaje.

Asimismo, los usuarios de la MORDAZA Comercial pueden realizar la venta de mercancias nacionales o nacionalizadas, con el pago de los tributos correspondiente a dicha operacion, correspondiendo a la Sunat verificar su cumplimiento y el control de dichas mercancias." Articulo 6. Modificacion del articulo 22 de la Ley 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, y modificatorias Modificase el articulo 22 de la Ley 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, y modificatorias con el siguiente texto: "Articulo 22. Servicios auxiliares Se denomina servicios auxiliares a las actividades de servicio realizadas al interior de la Zofratacna, tales como el expendio de comida, cafeterias, bancos y actividades no contempladas en el articulo 7." Articulo 7. Modificacion del articulo 24 de la Ley 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, y modificatorias Modificase el articulo 24 de la Ley 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, y modificatorias con el texto siguiente: "Articulo 24. Ingreso de bienes y prestacion de servicios El ingreso de bienes nacionales y nacionalizados, asi como la prestacion de servicios provenientes del resto del territorio nacional hacia la Zofratacna, se considera como una exportacion definitiva o temporal, segun corresponda. Si esta tiene el caracter de definitiva, le son aplicables las normas referidas a la restitucion simplificada de los derechos arancelarios y del impuesto general a las ventas (IGV), asi como cualquier otra que, en materia tributaria, se dicte vinculada a las exportaciones. Si tiene el caracter de temporal, se puede optar por un internamiento temporal para perfeccionamiento pasivo a traves de la solicitud de traslado. Estas operaciones no se encuentran gravadas con derechos arancelarios que graven su reimportacion al pais. Los bienes (maquinarias y equipos) procedentes del resto del territorio, nacionales o nacionalizados que intervengan en el desarrollo de las actividades establecidas en la presente Ley, pueden internarse temporalmente en la Zofratacna amparados en una solicitud de traslado numerada por la aduana de Tacna." Articulo 8. Modificacion del articulo 26 de la Ley 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, y modificatorias Modificase el primer parrafo del articulo 26 de la Ley 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, y modificatorias con el texto siguiente: "Articulo 26. Importacion de maquinarias y equipos, herramientas, repuestos y materiales de construccion a la Zofratacna La importacion de maquinarias y equipos, herramientas, repuestos y materiales de construccion de origen extranjero hacia la Zofratacna goza de un

Articulo 4. Modificacion del articulo 14 de la Ley 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, y modificatorias Derogase el MORDAZA parrafo y modificanse el primer y el octavo parrafos del articulo 14 de la Ley 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, y modificatorias con los textos siguientes: "Articulo 14. Ingreso y salida de mercancias El ingreso y la salida de mercancias de la Zofratacna procedentes del exterior se efectuan por cualquier aduana autorizada en el territorio nacional, con la sola MORDAZA de la solicitud de traslado de mercancia a la Zofratacna o acogiendose a los tratados, convenios o acuerdos internacionales de transporte de carga. (...) Los documentos de embarque deben indicar que las mercancias tienen como destino la Zofratacna y que estan consignadas a un usuario; y, en el caso de existir un contrato de arrendamiento financiero entre una entidad financiera y un usuario, son consignadas a nombre de la entidad financiera con la que el usuario MORDAZA suscrito dicho contrato. En este caso, las mercancias deben ser utilizadas por los usuarios en las actividades que estan autorizados para realizar." Articulo 5. Modificacion del articulo 18 de la Ley 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, y modificatorias Modificase el articulo 18 de la Ley 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, y modificatorias con el texto siguiente: "Articulo 18. MORDAZA Comercial Para los efectos de la presente Ley, se entiende como MORDAZA Comercial el area geografica determinada en el articulo 4, en la que las mercancias que en MORDAZA se internen, que se encuentran en la relacion de bienes susceptibles de ser comercializados en dicha MORDAZA y que se han internado a traves de los depositos francos de la Zofratacna, estan exoneradas del impuesto general a las ventas (IGV), impuesto de promocion municipal (IPM) e impuesto selectivo al consumo (ISC), asi como de todo impuesto creado o por crearse, incluso de los que requieren de exoneracion expresa, pagando unicamente un arancel especial, siempre y cuando procedan de:

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