Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2011 (06/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Visto, el Memorandum Nº 276-2011-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo. CONSIDERANDO: Que, el articulo 27º de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, senala que son prestadores de servicios turisticos las personas naturales o juridicas que participan en la actividad turistica, con el objeto principal de proporcionar servicios turisticos directos de utilidad basica e indispensable para el desarrollo de las actividades de los turistas; asimismo, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo reglamenta en cada caso, a traves de decretos supremos, los requisitos, obligaciones y responsabilidades especificas que deben cumplir los prestadores de servicios turisticos; Que, el literal i) del Anexo Nº 1 de la Ley Nº 29408, senalan que son prestadores turisticos los que realizan las actividades de servicios de centros de turismo termal y/o similares; Que, asimismo, la Ley Nº 28868, faculta al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a tipificar infracciones por via reglamentaria en materia de prestacion de servicios turisticos y establece las sanciones aplicables; Que, siendo los Centros de Turismo Termal, polos de atraccion del turismo tanto interno como receptivo, el Viceministerio de Turismo considera conveniente regular los servicios turisticos que prestan los Centros de Turismo Termal y/ o similares; Que, en atencion al MORDAZA de Transparencia que rige la actuacion de la Administracion Publica y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, es conveniente prepublicar el Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de los servicios turisticos que prestan los Centros de Turismo Termal y/o similares; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del MINCETUR, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General; De acuerdo con el documento del Visto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la prepublicacion en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe) del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de los servicios turisticos que prestan los Centros de Turismo Termal y/o similares, durante el plazo de treinta (30) dias, para conocimiento y sugerencias por parte de las entidades publicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, asi como de las personas naturales interesadas. Articulo 2º.- El Viceministerio de Turismo queda encargado de recibir, procesar, evaluar e incluir, de ser el caso, las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de los servicios turisticos que prestan los Centros de Turismo Termal y/o similares al que se refiere el articulo anterior, para posteriormente elaborar el texto definitivo del citado documento. Las propuestas y opiniones seran remitidas al siguiente correo electronico: centrostermales@mincetur.gob. pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 660552-1

CULTURA
Otorgan la distincion de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 222-2011-MC MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personeria juridica de derecho publico, estableciendo entre sus funciones "conceder reconocimientos al merito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del pais"; Que, el articulo 11º de la Directiva Nº 001-2011/MC, Directiva sobre la declaratoria de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como patrimonio cultural de la Nacion y el otorgamiento de reconocimientos, aprobada por la Resolucion Ministerial Nº 080-2011-MC y modificada por Resolucion Ministerial Nº 103-2011-MC, establece que "el Ministerio de Cultura, mediante Resolucion Ministerial, reconoce a personas naturales y/o juridicas, previo estudio en cada caso en particular, con alguna de las distinciones siguientes: Personalidad Meritoria de la Cultura, otorgada en el MORDAZA de la investigacion, transmision, conservacion, rescate y salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, asi como la creacion academica, intelectual y en el MORDAZA de la creacion e interpretacion artistica diversa (...)"; Que, el historiador y artista MORDAZA W. Reid, por mas de cuatro decadas ha difundido, en 17 publicaciones y numerosas conferencias, a nivel nacional e internacional, el valioso aporte del arte precolombino peruano sobre el arte moderno. Para esta tarea, ha profundizado en el estudio de textiles e iconografia de las culturas prehispanicas locales, tales como Chavin, Paracas, Nazca, Moche, Tiahuanaco, Wari, Chimu, Chancay e MORDAZA, destacando caracteristicas paralelas con el arte moderno del siglo XX, tales como el uso de elementos fantasticos, misticos, y neo surrealistas, asi como tecnicas expresionistas, distorsion intencional, simbologia, entre otros; Que, la Direccion de Arqueologia, por Informe Nº 0081-2011-DA-DGPC/MC remite el Informe Tecnico Nº 1056-2011-DA-DGPC/MC, a traves del cual se indica que el senor MORDAZA W. Reid se ha convertido en uno de los principales difusores y defensores del arte precolombino peruano, en especial de los textiles, y no solo por su estetica, sino por el tratamiento que los artesanos andinos le han estampado a sus disenos. Asi, consideran que el senor MORDAZA W. Reid ha demostrado su plena y total identificacion con el arte textil MORDAZA y la defensa de nuestro patrimonio cultural; Que, mediante Informe Nº 002-2011-DAAC-DGIAVMPCIC/MC, la Direccion de Artes y Acceso a la Cultura de la Direccion General de Industrias Culturales y Artes senala que el senor MORDAZA W. Reid ha tenido un rol importante en la comprension del arte precolombino peruano, por su esencia artistica e innovadora, escribiendo articulos en revistas especializadas en arte de gran prestigio como Art News, MORDAZA, Latin American Art, Art and Antique, Tribal, entre otros. En ese sentido, su trayectoria genera un valioso aporte para el rescate y difusion de los valores plasticos del arte precolombino peruano; por lo que, recomiendan se le otorgue la distincion de "Personalidad Meritoria de la Cultura"; Estando a lo visado por el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Director General de Industrias Culturales y Artes, y la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-MC, y la Directiva Nº 001-2011/MC, aprobada por la Resolucion Ministerial Nº 080-2011-MC y modificada por la Resolucion Ministerial Nº 103-2011-MC;

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