Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2011 (06/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

445860
GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 2.5 Otros Gastos SUBTOTAL TOTAL EGRESOS

NORMAS LEGALES
500 000.00 2 238 827.00 ------------------2 738 827.00 =========== 2 738 827.00 ===========

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de MORDAZA de 2011

Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la misma sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1º del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 661659-6

Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio y la APN, para establecer terminos y condiciones para la utilizacion de recursos derivados de operacion de endeudamiento aprobada por D.S. Nº 271-2010-EF
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 482-2011-EF/52 MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 271-2010-EF se aprobo la operacion de endeudamiento interno acordada entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, hasta por la suma de S/. 150 000 000,00 (Ciento Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles), destinada a financiar parcialmente, el Proyecto Mejoramiento de la Av. MORDAZA Gambetta - Callao, a ser ejecutado por el Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao;

Que, el Articulo 4° del acotado Decreto Supremo establece que el servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la citada operacion de endeudamiento interno, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con los recursos que para tal efecto proporcione la Autoridad Portuaria Nacional - APN; Que, asimismo, de acuerdo con la Decimo Sexta Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28563 y sus modificatorias, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, el reembolso a favor del Gobierno Nacional, correspondiente a compromisos generados en el MORDAZA de las operaciones realizadas bajo el ambito del Sistema Nacional de Endeudamiento, es efectuado a traves de la constitucion de un fideicomiso; Que, en el MORDAZA del Contrato de Concesion celebrado el 24 de MORDAZA de 2006, entre la Republica del Peru, representada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, actuando a traves de la Autoridad Portuaria Nacional, y DP World Callao S.A. (hoy dia DP World Callao S.R.L.), para la ejecucion del MORDAZA Terminal de Contenedores en el Terminal Portuario del Callao ­ MORDAZA Sur; se constituyo un fideicomiso con el objeto de administrar los recursos provenientes de la Inversion Complementaria Adicional a cargo del Concesionario para la ejecucion de las inversiones del fideicomiso, que incluian el Proyecto Mejoramiento de la Av. MORDAZA Gambetta - Callao; Que, en el contrato del fideicomiso MORDAZA mencionado se preve que el patrimonio MORDAZA puede ser usado en garantia del financiamiento que la APN gestione y negocie para ejecutar el citado proyecto, y que, de ser el caso, las Partes lo pueden modificar de mutuo acuerdo, asimismo contempla la atencion del servicio de deuda de la operacion de endeudamiento aprobada por el Decreto Supremo N° 271-2010-EF destinada a financiar la ejecucion del proyecto MORDAZA mencionado, precisando que el Proyecto forma parte de la Inversion Complementaria Adicional, especificamente de las inversiones denominadas Mejoras de Accesos Terrestres; Que, de otro lado, el Articulo 26º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias, establece que en el caso de las operaciones de endeudamiento acordadas por el Gobierno Nacional cuya ejecucion este a cargo de una entidad publica que no pertenece al Gobierno Nacional, el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico (hoy Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico), y dicha entidad publica, suscribiran un Convenio de Traspaso de Recursos en el cual se estableceran los terminos y condiciones relativos a su utilizacion y, cuando corresponda, los referidos a la atencion del servicio de la deuda; Que, asimismo, la Resolucion Directoral Nº 011-2007EF/75.01 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de octubre de 2007, dispone que en el caso de las operaciones de endeudamiento que acuerde el Gobierno Nacional, cuyo servicio de deuda sea atendido con cargo a los fondos de la Unidad Ejecutora, provenientes de una fuente de financiamiento distinta a la de "Recursos Ordinarios", dicha entidad y la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico (hoy Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico) del Ministerio de Economia y Finanzas deberan suscribir un Convenio de Traspaso de Recursos donde se establezcan los terminos y condiciones del correspondiente traslado de fondos para la atencion del servicio de la deuda; Que, en consecuencia, debido a que la citada operacion de endeudamiento ha sido concertada por el Gobierno Nacional, que los recursos provenientes de la misma seran transferidos por la APN al Gobierno Regional del Callao, para que los utilice en ejecutar el referido Proyecto, y que los recursos del servicio de la deuda seran proporcionados por la APN al Ministerio de Economia y Finanzas; corresponde la suscripcion de un Convenio de Traspaso de Recursos; Que, en virtud al Articulo 21º de la "Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico", aprobada por la Resolucion Directoral Nº 05-

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