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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de julio de 2011 445858 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nº 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin armas de guerra, al Capitán de Corbeta de la República de Colombia, Joaquin Adolfo Urrego, para participar en el “Curso Internacional para expertos en Misiones de Operaciones de Paz - CECOPAZ”, del 7 al 22 de julio de 2011. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese,. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 661526-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan crédito suplementario a favor del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 DECRETO SUPREMO Nº 131-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28939, Ley que aprueba un Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, dispone la creación de Fondos y dicta otras medidas, creó el Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad - FIDECOM, cuya fi nalidad es promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación productiva con participación empresarial que sean de utilización práctica para el incremento de la competitividad; Que, la Ley Nº 29152, Ley que establece la Implementación y el Funcionamiento del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad - FIDECOM, dicta las normas que regulan su implementación y funcionamiento, determinándose en el numeral 5.3 del artículo 5° de la citada Ley que la Secretaría Técnica estará a cargo de la administración del FIDECOM y será designada por el Consejo Directivo; Que, el numeral 1.3 del artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 030-2008, dispone que los recursos del FIDECOM se incorporan anualmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas en la Fuente de Financiamiento “Recursos Determinados” del presupuesto institucional del pliego en donde se encuentra su Secretaría Técnica, a solicitud de la misma; Que, el Decreto Supremo Nº 003-2009-PRODUCE aprueba el reglamento de la Ley 29152, estableciendo las funciones del Consejo Directivo y de la Secretaria Técnica del FIDECOM, así como los criterios para la asignación de los recursos del Fondo; Que, mediante Acta de la Segunda Sesión del Consejo Directivo del FIDECOM del 26 de marzo de 2009, se designó como Secretaría Técnica del FIDECOM a la Unidad Coordinadora del Programa de Ciencia y Tecnología de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de las competencias atribuidas en el artículo 6º, numeral 6.2, literal a), de su Reglamento; Que, a través del Acta de la Vigésima Primera Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo del FIDECOM del 13 de enero de 2011 se aprobó, entre otros, el presupuesto para el presente año y se autorizó a la Secretaría Técnica del FIDECOM gestionar la incorporación de los recursos del citado Fondo a la Unidad Coordinadora del Programa de Ciencia y Tecnología por la suma de VEINTISEIS MILLONES CUATROCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS DIECISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 26 403 317,00); Que, la Unidad Coordinadora del Programa de Ciencia y Tecnología de la Presidencia del Consejo de Ministros ha priorizado las actividades urgentes de atención del FIDECOM, como son el pago del personal CAS, la ejecución de 33 proyectos que cuentan con contratos suscritos desde el año 2010, el proceso de evaluación de los proyectos que se han presentado al mes de marzo de 2011 y los gastos de funcionamiento administrativo del FIDECOM que asciende a la suma de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 403 232,00); De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28939, la Ley Nº 29152 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2009-PRODUCE y el Decreto de Urgencia N° 030-2008; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 403 232,00), provenientes del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM, para el fi nanciamiento de proyectos de innovación productiva y los gastos administrativos urgentes de la Secretaría Técnica, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS: En Nuevos Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados 1.4.1.3.1.5 De Fondos Públicos 4 403 232,00 (Recursos provenientes del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM) ------------------ TOTAL INGRESOS: 4 403 232,00 =========== EGRESOS: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 012 : Unidad Coordinadora del Programa de Ciencia y Tecnología FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA 009 : Ciencia y Tecnología SUBPROGRAMA 0017 : Innovación Tecnológica ACTIVIDAD 1.106904 : Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados Gastos Corrientes 2.3. Bienes y Servicios 1 263 890,00 Gastos de Capital 2.5. Otros Gastos 3 139 342,00 ------------------ TOTAL EGRESOS: 4 403 232,00 ========== Artículo 2º.- Procedimientos para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en el presente Crédito Suplementario aprueba mediante Resolución, la