Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2011 (14/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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necesaria su actualizacion a fin de fortalecer y ordenar de mejor modo la produccion normativa de las diferentes instancias del Ministerio de Salud; Estando a lo propuesto por la Secretaria General; Con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con el inciso I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar las "Normas para la Elaboracion de Documentos Normativos del Ministerio Salud", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Encargar a la Secretaria General la difusion, supervision y evaluacion de las precitadas normas. Articulo 3º.- Las presentes normas son de observancia obligatoria para las Direcciones Generales, Oficinas Generales, Organos Desconcentrados y Organismos Publicos del Ministerio de Salud. Articulo 4°.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 826-2005/MINSA. Articulo 5º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion Ministerial en la direccion electronica http://www.minsa. gob.pe/transparencia/dge_normas.asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 664393-2

De conformidad con lo previsto en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la "Guia Tecnica para la Evaluacion de la Satisfaccion del Usuario Externo en los Establecimientos de Salud y Servicios Medicos de Apoyo", la misma que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- La Direccion General de Salud de las Personas, a traves de la Direccion de Calidad en Salud, queda encargada de la difusion, supervision y evaluacion de lo dispuesto en la citada Guia Tecnica. Articulo 3°.- Las Direcciones de Salud de MORDAZA y las Direcciones Regionales de Salud o quien haga sus veces en el ambito regional, son responsables de la implementacion, supervision y aplicacion de la presente Guia Tecnica. Articulo 4°.- La Oficina General de Comunicaciones dispondra la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, en la direccion: http://www.minsa.qob.pe/transparencia/ dqe normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 664393-3

Aprueban la "Guia Tecnica para la Evaluacion de la Satisfaccion del Usuario Externo en los Establecimientos de Salud y Servicios Medicos de Apoyo"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 527-2011/MINSA MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2011

Aprueban el Documento Tecnico "Promocion de Practicas y Entornos Saludables para el Cuidado Infantil"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 528-2011/MINSA MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2011 Visto el Expediente Nº 11-042211-001, que contiene el Informe Nº 18-2011-/ET:MEFR/DPVS/DGPS/MINSA, de la Direccion General de Promocion de la Salud; CONSIDERANDO:

Visto el Expediente N°10-109338-001, que contiene los memorandos Nºs. 6293-2010-DGSP/MINSA y 28482011-DGSP/MINSA, de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, el numeral II del Titulo Preliminar de la Ley N° 26842 "Ley General de Salud" establece que la proteccion de la salud es de interes- publico. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el articulo 41° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, senala que la Direccion General de Salud de las Personas, es el organo tecnico normativo en los procesos relacionados a la atencion integral, servicios de salud, calidad, gestion sanitaria y actividades de salud mental; Que, mediante Memorandum N° 6293-2010-DGSP/ MINSA, la Direccion General de Salud de las Personas propone para su aprobacion el proyecto de Guia Tecnica para la Evaluacion de la Satisfaccion del Usuario Externo en los Establecimientos de Salud y Servicios Medicos de Apoyo, cuya finalidad es contribuir a identificar las principales causas del nivel de insatisfaccion del usuario externo para la implementacion de acciones para la mejora continua en los establecimientos de salud y servicios medicos de apoyo, basados en la satisfaccion del usuario externo; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas; Con las visaciones del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; y,

Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su MORDAZA hasta su muerte natural; Que, el articulo 60º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, senala que la Direccion General de Promocion de la Salud es el organo tecnico ­ normativo, responsable de la conduccion del MORDAZA de Promocion de la Salud, asi como de contribuir al desarrollo integral de la persona, familia y comunidad cuyas acciones inciden en los determinantes sociales que influyen en la salud de la poblacion; Que, en virtud de ello, la Direccion General de Promocion de la Salud, ha propuesto para su aprobacion el Documento Tecnico: Promocion de Practicas y Entornos Saludables para el Cuidado Infantil, con la finalidad de contribuir con la mejora de la salud y nutricion de la gestante, ninas y ninos menores de 36 meses en el MORDAZA de los objetivos sanitarios de reducir la desnutricion cronica infantil, disminuir la mortalidad materna y neonatal; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Promocion de la Salud; Con las visaciones del Director General de la Direccion General de Promocion de la Salud, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; De conformidad con lo previsto en el literal I) del Articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;

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