Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2011 (14/07/2011)
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TEXTO DE LA PÁGINA 39
El Peruano MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2011
NORMAS LEGALES
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necesaria su actualizacion a fin de fortalecer y ordenar de mejor modo la produccion normativa de las diferentes instancias del Ministerio de Salud; Estando a lo propuesto por la Secretaria General; Con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con el inciso I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar las "Normas para la Elaboracion de Documentos Normativos del Ministerio Salud", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Encargar a la Secretaria General la difusion, supervision y evaluacion de las precitadas normas. Articulo 3º.- Las presentes normas son de observancia obligatoria para las Direcciones Generales, Oficinas Generales, Organos Desconcentrados y Organismos Publicos del Ministerio de Salud. Articulo 4°.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 826-2005/MINSA. Articulo 5º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion Ministerial en la direccion electronica http://www.minsa. gob.pe/transparencia/dge_normas.asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 664393-2
De conformidad con lo previsto en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la "Guia Tecnica para la Evaluacion de la Satisfaccion del Usuario Externo en los Establecimientos de Salud y Servicios Medicos de Apoyo", la misma que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- La Direccion General de Salud de las Personas, a traves de la Direccion de Calidad en Salud, queda encargada de la difusion, supervision y evaluacion de lo dispuesto en la citada Guia Tecnica. Articulo 3°.- Las Direcciones de Salud de MORDAZA y las Direcciones Regionales de Salud o quien haga sus veces en el ambito regional, son responsables de la implementacion, supervision y aplicacion de la presente Guia Tecnica. Articulo 4°.- La Oficina General de Comunicaciones dispondra la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, en la direccion: http://www.minsa.qob.pe/transparencia/ dqe normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 664393-3
Aprueban la "Guia Tecnica para la Evaluacion de la Satisfaccion del Usuario Externo en los Establecimientos de Salud y Servicios Medicos de Apoyo"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 527-2011/MINSA MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2011
Aprueban el Documento Tecnico "Promocion de Practicas y Entornos Saludables para el Cuidado Infantil"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 528-2011/MINSA MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2011 Visto el Expediente Nº 11-042211-001, que contiene el Informe Nº 18-2011-/ET:MEFR/DPVS/DGPS/MINSA, de la Direccion General de Promocion de la Salud; CONSIDERANDO:
Visto el Expediente N°10-109338-001, que contiene los memorandos Nºs. 6293-2010-DGSP/MINSA y 28482011-DGSP/MINSA, de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, el numeral II del Titulo Preliminar de la Ley N° 26842 "Ley General de Salud" establece que la proteccion de la salud es de interes- publico. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el articulo 41° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, senala que la Direccion General de Salud de las Personas, es el organo tecnico normativo en los procesos relacionados a la atencion integral, servicios de salud, calidad, gestion sanitaria y actividades de salud mental; Que, mediante Memorandum N° 6293-2010-DGSP/ MINSA, la Direccion General de Salud de las Personas propone para su aprobacion el proyecto de Guia Tecnica para la Evaluacion de la Satisfaccion del Usuario Externo en los Establecimientos de Salud y Servicios Medicos de Apoyo, cuya finalidad es contribuir a identificar las principales causas del nivel de insatisfaccion del usuario externo para la implementacion de acciones para la mejora continua en los establecimientos de salud y servicios medicos de apoyo, basados en la satisfaccion del usuario externo; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas; Con las visaciones del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; y,
Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su MORDAZA hasta su muerte natural; Que, el articulo 60º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, senala que la Direccion General de Promocion de la Salud es el organo tecnico normativo, responsable de la conduccion del MORDAZA de Promocion de la Salud, asi como de contribuir al desarrollo integral de la persona, familia y comunidad cuyas acciones inciden en los determinantes sociales que influyen en la salud de la poblacion; Que, en virtud de ello, la Direccion General de Promocion de la Salud, ha propuesto para su aprobacion el Documento Tecnico: Promocion de Practicas y Entornos Saludables para el Cuidado Infantil, con la finalidad de contribuir con la mejora de la salud y nutricion de la gestante, ninas y ninos menores de 36 meses en el MORDAZA de los objetivos sanitarios de reducir la desnutricion cronica infantil, disminuir la mortalidad materna y neonatal; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Promocion de la Salud; Con las visaciones del Director General de la Direccion General de Promocion de la Salud, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; De conformidad con lo previsto en el literal I) del Articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;