Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2011 (14/07/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

446453

Aprueban el formulario electronico de solicitud de acreditacion o renovacion de la condicion de Pequeno Productor Minero y Productor Minero Artesanal, asi como el formato de la MORDAZA respectiva
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 947-2011-MEM/DGM MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, el articulo 91º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y modificado por el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 1040, define al Pequeno Productor Minero (en adelante PPM) y al Productor Minero Artesanal (en adelante PMA); Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2002-EM, se aprobo el Reglamento de la Ley de Formalizacion y Promocion de la Pequena Mineria y la Mineria Artesanal, Ley Nº 27651; senalando en su articulo 3º que los derechos y beneficios de la ley estan sujetos a la acreditacion de la condicion de PPM y PMA y su registro ante la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas, segun el procedimiento establecido en el mismo reglamento; Que, los articulos 5º y 8º del reglamento citado senalan los requisitos para acreditar y renovar, respectivamente, la condicion de PPM; detallandose en los articulos 12º y 15º los requisitos para acreditar y renovar, respectivamente, la condicion de PMA; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM y sus modificatorias, senala en el Item IM06 los requisitos para solicitar la acreditacion o renovacion de la condicion de PPM o PMA;

Que, por Resolucion Directoral Nº 136-02-EM/DGM se aprobo los formularios de Declaracion Jurada Bienal para la acreditacion de PPM y PMA; Que, se ha disenado el formulario para la MORDAZA, a traves de la pagina web del Ministerio de Energia y Minas, de la solicitud de acreditacion o renovacion de la condicion de Pequeno Productor Minero y Productor Minero Artesanal, que incluye la Declaracion Jurada Bienal y la MORDAZA de pago por Derecho de Tramite, asi como el formato de la MORDAZA respectiva, por lo que debe emitirse la resolucion aprobatoria correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el literal w) del articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el formulario electronico de solicitud de acreditacion o renovacion de la condicion de Pequeno Productor Minero y Productor Minero Artesanal, que incluye la Declaracion Jurada Bienal y la MORDAZA de pago por Derecho de Tramite y disponer su publicacion en la extranet del Ministerio de Energia y Minas. Articulo 2º.- Aprobar el formato de MORDAZA que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolucion, la cual se expedira cuando se cumpla las condiciones y requisitos establecidos en el articulo 91º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modificado por el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 1040, y el Decreto Supremo Nº 013-2002-EM, Reglamento de la Ley de Formalizacion y Promocion de la Pequena Mineria y la Mineria Artesanal, Ley Nº 27651. Articulo 3º.- El procedimiento para la MORDAZA de la solicitud de acreditacion o renovacion de la condicion de Pequeno Productor Minero y Productor Minero Artesanal se realizara en los formularios electronicos MORDAZA mencionados, de acuerdo a lo indicado en el Anexo II de la presente resolucion. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Mineria

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos: 1.- Junto a toda disposicion, con o sin anexos, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete o cd rom con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. 2.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 3.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar, si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de Helvetica-Narrow 7 puntos. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete o cd rom o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.