Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2011 (21/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2011

Decreto Supremo que establece el Area de Conservacion Regional Bosques Secos de Salitral- Huarmaca
DECRETO SUPREMO Nº 019-2011-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica y de las Areas Naturales Protegidas; Que, la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0382001-AG, establecen que las Areas Naturales Protegidas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorias y zonificaciones, para conservar la diversidad biologica y demas valores asociados de interes cultural, paisajistico y cientifico, asi como por su contribucion al desarrollo sostenible del pais; asimismo, refieren que las Areas Naturales Protegidas conforman en su conjunto el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, a cuya gestion se integran las instituciones publicas del Gobierno Central, Gobiernos Descentralizados de nivel Regional y Municipalidades, instituciones privadas y las poblaciones locales que actuan, intervienen o participan, directa o indirectamente en la gestion y desarrollo de estas areas; Que, el articulo 3º de la referida Ley y el articulo 5º de su Reglamento, establecen que las Areas Naturales Protegidas de administracion regional, se denominan Areas de Conservacion Regional, las cuales complementan el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE, establecidas sobre areas que tienen una importancia ecologica y regional significativa; Que, el Ministerio del Ambiente tiene como funcion especifica dirigir el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE, de conformidad con lo establecido en el literal h) del articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; funcion que ejecuta a traves del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, organismo publico tecnico especializado adscrito al Ministerio del Ambiente y que absorbiera las funciones de la Intendencia de Areas Naturales Protegidas del ex Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; Que, asimismo, en virtud a lo establecido en el literal i) del articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013 modificado por Decreto Legislativo Nº 1039; corresponde al Ministerio del Ambiente, evaluar las propuestas de establecimiento de Areas Naturales Protegidas y proponerlas al Consejo de Ministros para su aprobacion; previo analisis y gestion por parte del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP conforme se establece en el Reglamento de Organizacion y Funciones del SERNANP; Que, mediante Oficio Nº 443-2010/GOB.REG. PIURA-100000, el Gobierno Regional de MORDAZA remite al SERNANP, el expediente tecnico justificatorio para el establecimiento del Area de Conservacion Regional Bosques Secos de Salitral ­ Huarmaca; Que, la propuesta del Area de Conservacion Regional Bosques Secos de Salitral ­ Huarmaca presenta una superficie total de veintiocho mil ochocientos once hectareas y ocho mil seiscientos metros cuadrados (28 811,86 ha), dividida en dos sectores: el Sector Norte con veinticinco mil ciento treinta y siete hectareas y tres mil seiscientos metros cuadrados (25 137,36 ha) ubicado en los distritos de Salitral, provincia de Morropon y el distrito de Huarmaca de la provincia de Huancabamba en el departamento de MORDAZA y el Sector Sur con tres mil seiscientos setenta y cuatro hectareas y cinco mil metros cuadrados (3 674,50 ha), ubicado en el distrito de Huarmaca en la provincia de Huancabamba en el departamento de Piura; Que, asimismo, la propuesta de Area de Conservacion Regional Bosques Secos de Salitral ­ Huarmaca revela una singular importancia debido a que tiene como objetivo conservar las poblaciones de pava aliblanca (Penelope albipennis) y una muestra representativa de los bosques secos de colina y MORDAZA del departamento de MORDAZA,

garantizando el uso de los recursos de MORDAZA y fauna por las poblaciones locales bajo practicas sostenibles. Que, el establecimiento del Area de Conservacion Regional constituye un reconocimiento al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien redescubrio a la pava aliblanca, luego de que se creyera extinta, encargandose de volver esta especie en un emblema de la conservacion en el Peru. Asimismo consideraba que una parte importante de su proteccion estaba ligada a la conservacion de su habitat, el bosque seco de colina; Que, mediante Informe Nº 074-2011-SERNANPDDE-OAJ de fecha 15 de MORDAZA de 2011, la Direccion de Desarrollo Estrategico y la Oficina de Asesoria Juridica del SERNANP efectuan el analisis tecnico legal sobre el establecimiento del Area de Conservacion Regional Bosques Secos de Salitral ­ Huarmaca, concluyendo que la propuesta cuenta con los valores biologicos suficientes que le confieren importancia para su establecimiento como Area de Conservacion Regional, y que se encuentra conforme con las disposiciones legales establecidas; Que, las Areas Naturales Protegidas actualmente desempenan un rol fundamental para el MORDAZA de mitigacion a los efectos del cambio climatico y contribuyen significativamente a reducir sus impactos; la biodiversidad que estas conservan constituyen un componente necesario para una estrategia de adaptacion al cambio climatico y sirven como amortiguadores naturales contra los efectos del clima y otros desastres, estabilizando el suelo frente a deslizamientos de tierra, servicios como regulacion del clima, y absorcion de los gases de efecto invernadero, entre otros; y mantienen los recursos naturales sanos y productivos para que puedan resistir los impactos del cambio climatico y seguir proporcionando servicios ambientales a las comunidades que dependen de ellos para su supervivencia; Que, sobre la base de los estudios tecnicos, asi como del MORDAZA participativo desarrollado, se concluye que el Area de Conservacion Regional Bosques Secos de Salitral ­ Huarmaca, cuenta con los requisitos para ser considerada como un Area Natural Protegida de nivel regional, constituyendo un espacio natural orientado a la conservacion de la diversidad biologica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013 y el Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, y; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1°.- Establecimiento del Area de Conservacion Regional Bosques Secos de Salitral ­ Huarmaca Establecer el Area de Conservacion Regional Bosques Secos de Salitral ­ Huarmaca, en una superficie total de veintiocho mil ochocientos once hectareas y ocho mil seiscientos metros cuadrados (28 811,86 ha), la misma que se encuentra dividida en dos sectores: el Sector Norte con veinticinco mil ciento treinta y siete hectareas y tres mil seiscientos metros cuadrados (25 137,36 ha) ubicado en los distritos de Salitral, provincia de Morropon y el distrito de Huarmaca de la provincia de Huancabamba en el departamento de MORDAZA y el Sector Sur con tres mil seiscientos setenta y cuatro hectareas y cinco mil metros cuadrados (3 674,50 ha), ubicado en el distrito de Huarmaca en la provincia de Huancabamba en el departamento de MORDAZA, delimitados de acuerdo a lo senalado en la memoria descriptiva, listado de puntos y mapas detallados en el Anexo que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2°.- Objetivos del Area de Conservacion Bosques Secos de Salitral ­ Huarmaca Son objetivos del Area de Conservacion Regional Bosques Secos de Salitral ­ Huarmaca, los siguientes: 2.1 Objetivo General: Conservar las poblaciones de pava aliblanca (Penelope albipennis) y una muestra representativa de los bosques secos de colina y MORDAZA del departamento de MORDAZA, garantizando el uso de los recursos de MORDAZA y fauna por las poblaciones locales bajo practicas sostenibles. 2.2 Objetivos Especificos: a) Conservar el habitat y las poblaciones de la distribucion norte de la pava aliblanca (Penelope

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