Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (05/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de junio de 2011 443947 que integran el patrimonio fi deicometido, lo que debe incluir todos los ingresos y/o benefi cios derivados de la restitución del principal de los préstamos, del pago de los intereses, comisiones y gastos a cargo de los respectivos obligados así como los rendimientos, privilegios, garantías hipotecarias y mobiliarias y derechos accesorios de cualquier clase, seguros de desgravamen y multiriesgos contratados, así como los benefi cios derivados de éstos que hayan sido otorgados o contratados para respaldar el cumplimiento de los referidos préstamos. 2.4. Los certifi cados de participación deberán ser emitidos de acuerdo a lo siguiente: certifi cados de participación preferentes que representen no más del 70 por ciento del valor facial de los derechos de crédito que integran el patrimonio fi deicometido al inicio de su constitución y certifi cados de participación subordinados por el saldo restante de los referidos derechos de crédito. Cuando por cualquier causa se liquide el fi deicomiso, primero se cancelarán íntegramente los certifi cados de participación preferentes y sólo después de ello, se procederá con el remanente y hasta donde alcance, a cancelar los certifi cados de participación subordinados. Los certifi cados de participación se emitirán por múltiplos de S/. 100 000,00. 2.5.El derecho de los titulares de los certifi cados de participación preferentes, a requerir la culminación anticipada del contrato de fi deicomiso y su liquidación cuando la ESF no efectúe la recompra o se incurra en alguna causal de vencimiento anticipado. 2.6.La obligación de la ESF de asumir y cumplir, bajo su responsabilidad y cargo, todas y cada una de las obligaciones que le correspondan conforme a ley y a los contratos de préstamo correspondientes a los derechos de crédito que integran el patrimonio fi deicometido. 2.7. Las siguientes obligaciones mínimas para las empresas que se desempeñan como fi duciaria: a. Realizar las actividades y gestiones para verifi car que los créditos de los que emanan los derechos de crédito que integren el patrimonio fi deicometido, cumplan con las condiciones establecidas en el numeral 2.1. al menos durante la vigencia de las operaciones con el Banco Central. b. Cumplir con las obligaciones de registro del fi deicomiso, tanto en el Registro Público correspondiente como en la Central de Riesgos de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. c. Mantener la custodia y registro de los certifi cados de participación preferentes emitidos con cargo a los fi deicomisos. d. Certifi car y registrar la transferencia de propiedad de los certifi cados de participación, la cual se realizará mediante endoso, cesión o cualquier otro medio válido. El Banco Central publicará en su portal institucional un modelo de contrato referencial. Artículo 3.- De las entidades participantes Para efectos de la presente Circular son consideradas ESF, y por lo tanto, podrán participar en las operaciones reguladas por ésta, las empresas de operaciones múltiples del sistema fi nanciero que se refi ere el literal A del artículo 16° de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP (Ley General), que se encuentren autorizadas a captar depósitos del público, y el Banco Agropecuario. Artículo 4.- Del Procedimiento de la compra con compromiso de recompra mediante subasta 4.1. Requisitos previos a. En caso que los títulos a ofrecer en la subasta correspondan a certifi cados de participación preferentes, la ESF, antes de participar en las referidas operaciones, deberá remitir al Banco Central una copia legalizada del contrato de fi deicomiso y una certifi cación del fi duciario en la que manifi este que el mismo cumple con los requisitos señalados en la presente Circular. b. Cuando el Banco Central autorice, podrán presentarse uno o más tipos de títulos (certifi cados de participación preferentes en fi deicomisos, instrumentos hipotecarios u otro título) en una misma subasta o compra directa. En estos casos, las propuestas deben ser presentadas por separado según el título que se incluya. 4.2. Anuncio de la subasta El anuncio se realizará mediante el portal institucional del Banco Central y los medios que considere conveniente utilizar, como el servicio de mensajes de Datos Técnicos S. A. (DATATEC), Reuters, Bloomberg, entre otros. El anuncio incluirá el monto a subastar, la fecha de inicio de la operación, el plazo, el número máximo de propuestas por institución, la hora límite para la recepción de éstas y los medios para el envío de propuestas. Asimismo, podrá determinar los títulos que se acepten en la operación, así como los montos o porcentajes máximos de asignación por ESF. En el caso que la subasta comprenda instrumentos hipotecarios u otros títulos negociables, se publicarán los precios y márgenes respectivos. Cualquier información adicional relativa a cada subasta, podrá ser obtenida por las entidades participantes en la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera. 4.3. Presentación de propuestas Las propuestas deberán ser presentadas a la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, mediante el Módulo de Subastas Electrónicas (MSE) de DATATEC, en sobres cerrados, por facsímil con clave de seguridad u otro medio autorizado por el Banco Central. El importe total de las propuestas de una ESF no deberá exceder el monto máximo permitido o los montos a subastar. Si tal exceso ocurriese, el Banco Central retirará el excedente. Los participantes deberán indicar en sus propuestas la tasa de interés implícita a ofertar, los títulos que serán incluidos en la operación y los montos expresados en múltiplos de S/. 100 000,00. Las propuestas presentadas serán irrevocables y la entidad participante será responsable de su cumplimiento si fuese favorecida con la adjudicación. 4.3.1 Envío de propuestas mediante el MSE La presentación de propuestas mediante el MSE de DATATEC deberá efectuarse siguiendo el procedimiento establecido por esa empresa. La entidad participante es responsable de adoptar las medidas de seguridad que permitan un uso adecuado de las claves de acceso al MSE de DATATEC con arreglo a sus procedimientos internos, pues queda obligada a vender los títulos. Los participantes podrán presentar, modifi car o retirar sus propuestas hasta la hora límite de recepción indicada en la convocatoria, a partir de la cual, las propuestas que aparezcan vigentes tendrán el carácter de irrevocables y serán consideradas en el proceso de adjudicación. 4.3.2 Envío de propuestas por otros medios En el caso que la entidad participante tuviese problemas para el envío de propuestas mediante el MSE de DATATEC, podrá enviar sus propuestas a través de los medios autorizados por el BCRP, siguiendo los procedimientos establecidos por la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera y que serán publicados en el portal institucional del Banco Central. Estas propuestas deberán enviarse dentro del horario autorizado y sustituirán completamente las propuestas que se hubiesen enviado por el MSE de DATATEC. 4.4. Recepción de las propuestas El MSE de DATATEC dará conformidad a la recepción de las propuestas enviadas por su intermedio. El Banco Central no será responsable de las fallas de comunicación en el envío de las propuestas o de los resultados de la subasta. La recepción de propuestas remitidas por otros medios autorizados por el Banco Central podrá confi rmarse por teléfono en el Departamento de Operaciones Monetarias y Cambiarias de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera. 4.5.Procedimiento de Adjudicación Las propuestas serán ordenadas de mayor a menor,