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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de junio de 2011 443959 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Prorrogan beneficios otorgados a contribuyentes mediante la Ordenanza Nº 173-MDPP DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2011-MDPP Puente Piedra, 30 de mayo del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA; VISTO: El Informe Nº 071-2011-MDPP/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, y el Proveído Nº 875-2011-GM/MDPP de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 173-MDPP se otorgaron benefi cios para los contribuyentes que paguen al contado las 12 cuotas, o que paguen de manera adelantada hasta 6 cuotas, los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2011, hasta el 31 de mayo del 2011; Que, mediante los documentos del vistos, la Gerencia de Administración Tributaria solicita se amplíe la fecha de vencimiento de los benefi cios señalados en el considerando precedente con la fi nalidad de asegurar el cumplimiento de los objetivos de dichas disposiciones y benefi ciar a un mayor número de contribuyentes en el Distrito; Que, la Ordenanza Nº 173-MDPP faculta expresamente al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para su adecuada aplicación; En uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 6º y 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades, y con el visto bueno de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de Junio del 2011 los benefi cios otorgados mediante la Ordenanza Nº 173-MDPP. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- Disponer a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Participación Vecinal y Comunicaciones su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. ESTEBAN F. MONZON FERNANDEZ Alcalde 649070-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Declaran en estado de abandono diversos vehículos particulares y otorgan plazo para su retiro bajo apercibimiento de ser internados en el Depósito Municipal GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA SUBGERENCIA DE POLICIA MUNICIPAL RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 001-2011-GCS-MDS Surquillo, 12 de mayo del 2011 VISTO: Que, mediante el Informe Nº 256 -2011-SGPM-GSC- MDS, de fecha 11 de Mayo del 2011, la Sub Gerencia de Policía Municipal y Serenazgo pone de conocimiento sobre los detalles de las verifi caciones realizadas en diversas lugares dentro del distrito de Surquillo, con la fi nalidad de constatar la existencia de vehículos en estado de abandono por más de 15 días calendarios de manera consecutiva, estacionados en la vía pública sin tener conocimiento alguno, sobre los nombres y los domicilios fi scales de los propietarios y: CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanzas Municipales se crean y regulan los procedimientos, requisitos y cotos administrativos siendo su naturaleza de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se regula entre otras materias, las que la Municipalidad tenga competencia normativa, conforme lo señala el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Que la Municipalidad de Surquillo tiene regulado el procedimiento referido al internamiento de vehículos, carrocerías, chasis y/o autopartes abandonados en la vía pública y, su disposición a terceros. El mismo que al establecer la prohibición de dejar vehículos, carrocería, chasis y/o autopartes abandonados en la vía pública establece su internamiento en el Depósito Municipal , procedimiento aprobado mediante la Ordenanza Nº 126 -MDS, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 05 de Noviembre del 2004 . Que dentro de este contexto, se encuentra prohibido en el distrito dejar vehículos, chasis y/o autopartes en estado de abandono en la vía publica por más de 15 días calendarios consecutivos con signos de no estar en condiciones de movilizarse o sin que el propietario demuestre interés en utilizar tales bienes conforme al detalle y consideraciones que se señala en el artículo nº 4 de la Ordenanza Nº 126-MDS Que la Sub Gerencia de Policía Municipal, mediante el documento de visto, informe sobre la existencia de vehículos abandonados ubicados por más de 15 días calendarios consecutivos en un mismo sitio, con signos de no estar en condiciones de movilizarse o que los propietarios no demuestren interés en utilizar tales bienes conforme al detalle y consideraciones que ahí se señala. Que al verifi carse la existencia de vehículos en estado de abandono que se encuentran en la vía pública, sin que los propietarios de los mismos tomen conciencia e interés a fi n de retirarlos, debe procederse a emitir la resolución respectiva que los declara en abandono, dado que dicha circunstancia atenta contra la seguridad y ornato del Distrito de Surquillo y especialmente el bienestar de los vecinos del Distrito. De conformidad a las normas señaladas en que faculta a la Gerencia de Seguridad Ciudadana declarar mediante resolución el abandono de un vehículo encontrado en la vía pública debidamente identifi cado y señalando el lugar donde se encuentra. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR, en estado de abandono la cantidad de (19) vehículos particulares cuyo detalle y características se encuentran adjuntadas en el anexo Nº1 que forma parte integrada de la presente, los mismos que se encuentran debidamente identifi cados en el documento de vistos, los cuales permanecen por más de 15 días calendarios consecutivos en un mismo lugar, sin tener signos de no estar en condiciones de movilizarse o que sus propietarios no demuestren interés en utilizar tales bienes, en mérito a los considerados expuestos. Artículo Segundo.- UNA VEZ CONSENTIDA LA PRESENTE RESOLUCION, OTORGAR EL PLAZO DE CINCO (5) DIAS HABILES, para que los propietarios de los vehículos declarados en abandono cumplan con retirar sus vehículos bajo apercibimiento de ser internados en el Depósito Municipal. Así mismo, dichos vehículos estarán internados en el Deposito Municipal por un plazo de 30 días hábiles, vencido, el cual la Municipalidad procederá a sus disposición conforme a las facultades otorgadas en la Ordenanza Nº 126 –MDS, Art. Nº 12.