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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (08/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de junio de 2011 444088 adelante La Empresa, que solicita autorización como Escuela de Conductores Integrales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 2011-0004673, de fecha 11 de marzo de 2011, la empresa VSP INVERSIONES S.A.C., en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre autorización para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos y prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III y Clase B Categorías II- c; Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención de la autorización y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el artículo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el artículo 51º del referido texto legal, que señala los requisitos documentales; los cuales fueron cumplidos por La Empresa; Que, el artículo 38º de El Reglamento indica que: “Las Escuelas de Conductores tienen por objetivo brindar conocimientos teóricos y prácticos a los postulantes para obtener una licencia de conducir, para garantizar la conducción segura y responsable de los vehículos que circulan dentro del territorio nacional”; Que, mediante Memorando Nº 1074-2011-MTC/15, de fecha 20 de abril de 2011, remitido a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se adjunta el Informe Nº 015-2011-MTC/15.HHS. y el acta de inspección ocular realizada a la empresa denominada VSP INVERSIONES S.A.C., de los cuales se advierte que la inspección fue realizada en el local ubicado en Jirón Venancio Ávila Nº 1971-1975, Urbanización Chacra Ríos Sur- Lima, y en el circuito de manejo Circuitos Conchán ubicado en la Autopista Panamericana Sur en el Km. 21 margen derecha (rumbo Lima-Pucusana), en el Distrito de Villa el Salvador, concluyendo que dicha empresa cumple con todo lo señalado en la declaración jurada de equipamiento e infraestructura; Que, es preciso indicar que el artículo 117º de El Reglamento dispone que las Escuelas de Conductores son responsables administrativamente ante la autoridad competente por el incumplimiento de las obligaciones administrativas a su cargo, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. En tal sentido, en caso de incumplimiento de dichas obligaciones administrativas, se aplicarán las sanciones administrativas correspondientes, señaladas en el Cuadro de Tipifi cación y Califi cación de Infracciones e Imposición de Sanciones, lo cual conllevará a la ejecución de la Carta Fianza, conforme el numeral 43.6 del artículo 43º de El Reglamento; Que, con el Informe Nº 122-2011-MTC/15.03. EC.MCCHR, la abogada informante de la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, concluye que La Empresa cumple con presentar los requisitos establecidos en El Reglamento, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada VSP INVERSIONES S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoría II y III y Clase B Categoría II-c; en consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de : ESCUELA DE CONDUCTORES la Escuela INTEGRALES VSP INVERSIONES S.A.C. Clase de Escuela : Escuela de Conductores Integrales Ubicación del : OFICINAS ADMINISTRATIVAS, Establecimiento AULAS DE ENSEÑANZA Y TALLER DE INSTRUCCIÓN TEÓRICO – PRÁCTICO DE MECÁNICA - ÁREA DE RECEPCIÓN E INFORMACIÓN JIRÓN VENANCIO ÁVILA Nº 1971-1975, URBANIZACIÓN CHACRA RÍOS SUR- LIMA. CIRCUITO DE MANEJO Circuitos Conchán ubicado en Autopista Panamericana Sur en el Km. 21 margen derecha (rumbo Lima- Pucusana), en el Distrito de Villa el Salvador Plazo de Autorización : Cinco (5) años, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Flota Vehicular: Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa 1 SKYMOTOR YC4E160-20 OMNIBUS (M3) LNYFEKA499- HN00562 E04NA900019 2009 A2J-779 2 VOLVO FH12 REMOLCADOR (N3) YV2A4DAA1- YA518248 D12C196769A 2000 YQ-3042 3 KIA MOTORS BESTA VAN STD CMTA RURAL (M2) KNHTP7352- V6343339 TD27076653 1997 A5E-756 4 HYUNDAI H350- ST45001998 CAMION (N2) KMFHA17- EPWC112860 D4AEW038449 1998 WC-7599 5 NISSAN MARCH AUTOMOVIL (M1) AK12741518 CR12156677 2003 COL-290 6 RTM CHT 125 VEH-AUT-MENOR CIIT 2705 LAM A03 156 FMI 41904535 2004 MCQ- 13899 Horario de Atención: Lunes a Domingo de 07:00 a.m. a 10:00 p.m. Programa de Estudios: Cursos generales: a) Enseñanza de las normas del Reglamento Nacional de Tránsito. b) Técnicas de conducción a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conducción de un vehículo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como: clima, tipo de camino, geografía, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehículo motorizado que corresponda a la respectiva clasifi cación de licencia de conducir. d) Sensibilización sobre accidentes de tránsito, que debe de incluir la información estadística sobre accidentalidad, los daños que estos ocasionan y la forma de prevenirlos así como la proyección fílmica o documental de casos sobre accidentes de tránsito y sus secuelas.