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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de junio de 2011 444352 Autorizan viaje de personal militar que integra la delegación de la Federación Deportiva Militar del Perú para participar en los 5º Juegos Mundiales Militares, a realizarse en Brasil RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 233-2011-DE/ Lima, 10 de junio del 2011 CONSIDERANDO: Que, la Federación Deportiva Militar del Perú (FEDEMILPE) como ente rector de las actividades físicas y deportivas de las Fuerzas Armadas a nivel nacional, ha recibido del Jefe de la Delegación Deportiva Militar de Brasil, una invitación ofi cial para participar en los 5º Juegos Mundiales Militares, auspiciado por el Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM), al haberse confi ado al Ministerio de Defensa y las Fuerzas Armadas del Brasil la organización de los referidos Juegos Mundiales Militares; Que, de acuerdo a las actividades internacionales programadas para el presente año por la Federación Deportiva Militar del Perú, por ser conveniente para los intereses institucionales del Sector Defensa, está considerada la asistencia de una delegación de las Fuerzas Armadas al evento deportivo referido en el considerando precedente, a realizarse en la ciudad de Río de Janeiro - Brasil, del 14 al 25 de julio del presente año, conformada por Ofi ciales, Subofi ciales y Cadetes de las Instituciones Armadas; Que, conforme a la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, la Federación Deportiva Militar del Perú está subvencionada por el Ministerio de Defensa, contando con una partida presupuestal institucional de Seiscientos trece mil, setecientos treinta y ocho y 00/100 nuevos soles (S/. 613,738.00), que le permitirá asumir el costo de sus actividades programadas en el presente Año Fiscal; Que, la actividad propuesta no ha sido incluida en el Plan Anual de Comisiones al Exterior del Sector Defensa Año Fiscal 2011, aprobado por Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG del 13 de enero de 2011 y modificado por Resolución Suprema Nº 135-2011-DE del 12 de abril de 2011, en tanto la Federación Deportiva Militar del Perú como entidad subvencionada rige su Presupuesto por sus propios acuerdos, conforme a sus necesidades; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, así como el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 que lo reglamenta; Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan las autorizaciones de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Presidente de la Federación Deportiva Militar del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicio del personal militar que integra la delegación de la Federación Deportiva Militar del Perú, cuyos nombres se detallan a continuación, para que participen en los 5º Juegos Mundiales Militares auspiciado por el Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM), a realizarse en la ciudad de Río de Janeiro - Brasil, del 14 al 25 de julio del presente año: 1. Jefe de Misión: Contralmirante AP José Luis PAREDES LORA 2. Delegado: Capitán de Fragata AP Renzo CORVETTO DEL ALAMO 3. Jefe de Equipo de Pentatlón Militar: Teniente Coronel EP Jaime CACHO RONCAL 4. Jefe de Equipo de Paracaidismo: Teniente Coronel EP Víctor VOLTAIRE OLIVOS 5. Jefe de Equipo de Vela: Capitán de Fragata AP Gianfranco POLAR FIGARI 6. Jefe de Equipo de Judo: Capitán de Corbeta Giovanni MIÑAN PROTTO 7. Jefe de Equipo de Taekwondo: Mayor FAP Oswald SIGUEÑAS ALVARADO 8. Jefe de Equipo de Tiro: Teniente Segundo AP Arturo ARENAZA FLORES 9. Entrenador de Pentatlón Militar: Mayor (r) EP Miguel VELEZMORO ROJAS 10. Entrenador de Tiro: Señor Raúl DIAZ DE LA PEÑA 11. Entrenador de Taekwondo: Señor Alejandro ZUÑIGA PORTALES 12. Entrenador de Judo: señor Henry VILLENA CHAVEZ. Deportistas: 13. Coronel FAP Martín Iván GALVEZ BOLUARTE 14. Capitán de Fragata Enrique ARNAEZ BRASCHI 15. Mayor EP Víktor PRECIADO ROJAS 16. Teniente 1º AP Wilfredo LAFOSSE VASQUEZ- SOLIS 17. Capitán EP Guido FARFÁN MORETTI 18. Teniente 1º Giancarlo MARTINELLI VARGAS 19. Alférez EP Frank ALVARADO ALEGRÍA 20. Subteniente EP Richard CENEPO REATEGUI 21. Subteniente EP Helder BELLIDO TORRES 22. Subteniente EP Clara GOMEZ PISSANO 23. Subteniente EP María NAVARRETE NUÑEZ 24. Subteniente EP Luciana SANCHEZ ARIANSEN 25. Cadete ENP Junior DIAZ SAKAGUCHI 26. Cadete EP Hildemaro CENEPO REATEGUI 27. Cadete EP Leydi CAMPOS PEREZ 28. Cadete ENP Luis SIBINA BORIA 29. Cadete EOFAP Igor ARAUCO ACOSTA 30. Cadete EP César Martín REYES TAUMA 31. Cadete ENP Franco Alvaro TABINI PRIETO 32. Cadete ENP Gonzalo Hugo VERAN LEIGH 33. Cadete ENP Renato LERMO BOGGIO 34. Técnico 2º AP César RAMOS MEDRANDA 35. Técnico 2º AP Rafael GUTARRA PANDO 36. Técnico 3º EP José ZAMBRANO BARRUTIA 37. Subofi cial 1º EP Roger NEYRA ROMÁN 38. Subofi cial 1º EP Richard SANCHEZ AVALOS 39. Ofi cial de Mar 2º AP Denis PEREZ MORALES 40. Alumno EP Aldo HUAMANI HUALLCA Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Federación Deportiva Militar del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos en clase económica: (Lima-Río de Janeiro-Lima): US$ 923.50 x 40 personas (incluye TUUA) Viáticos: US$ 50.00 x 12 días x 40 personas. Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y/o término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de su retorno al país. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros o de ninguna clase o denominación.