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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de junio de 2011 444368 ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 15 al 17 de junio de 2011, para que participe en la I Reunión de Coordinadores Nacionales y Responsables de cooperación en el marco de la XXI Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 33855: Participación en Organismos Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Luzmila Esther Zanabria Ishikawa 1,299.26 200.00 3+1 800.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 651654-2 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 197-2011-RE Mediante Ofi cio N° 376-2011-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema N° 197-2011-RE, publicada en la edición del 9 de junio de 2011. DICE: “Artículo 1°.- Nombrar al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Zósimo Roberto Morillo Herrada,...” DEBE DECIR: “Artículo 1°.- Nombrar al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Zósimo Roberto Morillo Herrada,...” 652192-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban tasaciones de predios afectados por Derechos de Vía de la Red Vial Nº 6 y por ejecución de obras en los departamentos de La Libertad y Apurímac RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 356-2011-MTC/02 Lima, 23 de mayo de 2011 Visto: la Nota de Elevación Nº 133-2011-MTC/20, sobre modifi cación del Anexo de la Resolución Ministerial Nº 773-2007-MTC/02, respecto a un (01) predio afectado por el Derecho de Vía de la Red Vial Nº 6; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo con los artículos 2 y 3 de la citada Ley Nº 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por el Consejo Nacional de Tasaciones – CONATA-, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, el cual será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y que el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios vía trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se fusionó el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; mientras que por la Resolución Ministerial Nº 010-2007-VIVIENDA, se dispuso que la Dirección Nacional de Construcción, (DNC), del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 23337 y en el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, sea el órgano responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas públicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutados por privados; Que con Resolución Ministerial Nº 773-2007-MTC/02 se aprobaron las tasaciones de cuatrocientos cincuenta y dos (452) predios afectados por el Derecho de vía de la Red Vial Nº 6: Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica, tramos 2, 3, 4 y 6; Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, PROVIAS NACIONAL, y el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, COFOPRI, suscribieron el Convenio Nº 021-2007- MTC/20, de Prestación de Servicios para el Saneamiento Físico Legal de los predios en las provincias de Cañete- Chincha – Pisco - Ica, afectados por el Derecho de vía de la Red Vial Nº 6, con el objeto de que COFOPRI desarrolle las acciones y tareas durante el proceso de saneamiento físico legal de ochocientos sesenta y dos (862) predios urbanos y rurales, incluyendo el diagnóstico técnico legal de los predios afectados por el indicado Derecho de vía; Que, por otro lado, PROVIAS NACIONAL y la DNC, suscribieron el Convenio Marco Nº 037-2009-MTC/20, de Cooperación Interinstitucional para que en aplicación de las Leyes Nos. 27117, Ley General de Expropiaciones, y 27628, Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, la DNC efectúe la valuación comercial de los predios afectados por el Derecho de Vía de la obra pública en referencia; Que, la Cláusula Sexta del citado Convenio Marco, dispone que para todos los servicios cuyos costos sean menores a tres (03) UIT, no se requerirá de la suscripción de un Convenio Específi co, lo cual deberá ser solicitado y aceptado mediante Ofi cios; Que, mediante Ofi cio Nº 1330-2010-MTC/20.6, PROVIAS NACIONAL, solicitó a la DNC, las tasaciones correspondientes a quince (15) predios afectados por el Derecho de vía de la Red Vial Nº 6: Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica; y, mediante Ofi cio Nº 056-2011/VIVIENDA- VMCS-DNC, la Dirección Nacional de Construcción remitió a PROVÍAS NACIONAL los quince (15) informes técnicos respectivos, dentro de los cuales se encuentra un (01) predio cuya anterior valuación fue aprobada mediante la citada Resolución Ministerial Nº 773-2007-MTC/02; Que, con Memorándum Nº 2079-2011-MTC/20.6 el Gerente de la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL, remite a la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL, el Informe Nº 015-2011/CSP de la Asistente Legal de la Red Vial Nº